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37 NORMAS LEGALES Sábado 26 de marzo de 2022 El Peruano / General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 2052256-14 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 DECRETO SUPREMO Nº 047-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el numeral 47.1 del artículo 47 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional del Año Fiscal 2022, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de S/ 691 502 062,00 (SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS DOS MIL SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), para fi nanciar, entre otras fi nalidades, lo dispuesto en el literal h) del citado numeral, referido, entre otros, al fi nanciamiento de las plazas nuevas, creadas y validadas en el marco del proceso de racionalización efectuado en virtud al artículo 74 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; Que, asimismo, el numeral 47.2 del citado artículo 47 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas en el referido artículo, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último, y de conformidad con las disposiciones establecidas por el Ministerio de Educación, en el marco de la normatividad de la materia, debiendo publicarse hasta el 26 de noviembre de 2022 y ser presentados ante el Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 02 de noviembre de 2022; Que, adicionalmente, el numeral 47.4 del artículo 47, señala que, para la aplicación de lo establecido en el citado artículo, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto por los artículos 6 y 8 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, mediante el O fi cio Nº 127-2022-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, hasta la suma de S/ 40 230 625,00 (CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES), a favor de diversos Gobiernos Regionales, para el fi nanciamiento de las plazas nuevas, creadas y validadas en el marco del proceso de racionalización efectuado en virtud al artículo 74 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, conforme a lo dispuesto en el literal h) del numeral 47.1 del artículo 47 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00246-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; así como los O fi cios Nº 00207-2022-MINEDU/SPE-OPEP y Nº 00202-2022-MINEDU/SPE-OPEP de la citada O fi cina, que adjunta el Informe Nº 00405-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, con información complementaria; Que, mediante Memorando Nº 0636-2022-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a la información remitida por el Ministerio de Educación, señala el costo que implica el fi nanciamiento de la creación de 1625 plazas docentes y 17 plazas de profesor coordinador de Programa No Escolarizado de Educación Inicial (PRONOEI), en Instituciones Educativas Públicas de los pliegos Gobiernos Regionales, por un periodo de abril a diciembre de 2022; el cual asciende a la suma de S/ 40 230 625,00 (CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES); Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 40 230 625,00 (CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES), a favor de diversos Gobiernos Regionales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los numerales 47.1, 47.2 y 47.4 del artículo 47 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 40 230 625,00 (CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES), del Ministerio de Educación, a favor de diversos Gobiernos Regionales, para el fi nanciamiento de las plazas nuevas, creadas y validadas en el marco del proceso de racionalización efectuado en virtud al artículo 74 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, conforme a lo dispuesto en el literal h) del numeral 47.1 del artículo 47 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5001254 : Transferencia de recursos para la ejecución de actividades FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios