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32 NORMAS LEGALES Sábado 26 de marzo de 2022 El Peruano / Que, mediante Ley N° 30841 se modi fi ca el párrafo 2.1 del artículo 2° de la Ley N° 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales, señalando que se prioriza preferentemente el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y ejecución, a los acreedores mayores de sesenta y cinco (65) años de edad y/o a los acreedores con enfermedad en fase avanzada y/o terminal debidamente diagnosticada y acreditada por especialistas del Ministerio de Salud y/por ESSALUD, según la clasi fi cación de las deudas en grupo laborales, previsionales, víctimas en actos de defensa del estado y víctimas por violación de derechos humanos y, otras deudas de carácter social; Que, en ese contexto, con Decreto Supremo N° 003- 2020-JUS se aprueba el nuevo Reglamento de la Ley N° 30137, considerando las condiciones preferentes incorporadas a dicha Ley, para que se determine el orden de prelación de pago de estos adeudos a favor de los citados acreedores; asimismo, el numeral 9.1 del artículo 9° del citado Reglamento dispone que cada pliego debe contar con un Comité Permanente para la elaboración y aprobación del listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa Juzgada y en ejecución de acuerdo a los criterios de priorización y metodología establecidos en la Ley N° 30137 Que, en el párrafo 10.1 del Artículo 10 del referido Reglamento, menciona que, el Comité está integrado por: a) El o La titular de la O fi cina de Administración y Finanzas o quien haga sus veces, quien lo presidirá, b) El o la titular de la Gerencia General o quien haga sus veces, c) El o la titular de la Procuraduría Pública de la entidad, d) El o la titular de la O fi cina de Planeamiento o Presupuesto o quien haga sus veces, e) Un representante designado por el Titular del Pliego. Que, no obstante, a lo indicado en el considerando anterior, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 9.1 del Artículo 9 del Reglamento, menciona que, las entidades que no cuenten con Procurador Público, el jefe de Asesoría Jurídica o quien haga sus veces, realiza las acciones establecidas en este Reglamento; Que, en el párrafo 10.2 del artículo 10° del Reglamento de la Ley N° 30137, precisa que, en caso de ausencia de los miembros titulares del Comité, los reemplazan los miembros alternos que pertenecen a los mismos órganos administrativos, pudiendo ser los sub directores sub gerentes, adjuntos o, quienes hagan sus veces, u otros servidores públicos propuestos por sus titulares y; respecto al miembro alterno del literal e), será designado a discrecionalidad por el Titular del Pliego. Que, mediante documento del visto, resulta necesario, la reconformación de la designación del Comité permanente para la elaboración y aprobación del listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada y en ejecución del Centro de Formación en Turismo -CENFOTUR, quedando así, sin efecto la Resolución N° 004-2016-CENFOTUR/DN. Con la visación de Gerente General y de la O fi cina de Asesoría Jurídica. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 22155, Ley Orgánica del CENFOTUR; el Reglamento de Organización y funciones del CENFOTUR, la Ley 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales, y su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 003-2020-JUS. SE RESUELVE:Artículo Primero . – Reconformar el Comité Permanente encargado de elaborar y aprobar el Listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada y en ejecución del Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR, que estará conformada por los siguientes integrantes: MIEMBRO TITULAR MIEMBRO ALTERNO El jefe de la O fi cina de Administración y Finanzas- quien lo presidirá.Jefe (a) de la Unidad de contabilidadMIEMBRO TITULAR MIEMBRO ALTERNO Gerente GeneralEspecialista en Calidad de la Gerencia General El o la titular de la Procuraduría Pública de la entidad.El o la adjunta de la Procuraduría Pública del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo El jefe de la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y DesarrolloCoordinador en Temas Presu- puestales Representante del Titular de Pliego: El jefe de la Unidad de Recursos HumanosEspecialista en Gestión Académica IV Artículo Segundo .- El comité designado debe cumplir las funciones establecidas en el Artículo 11 del Decreto Supremo 003-2020-JUS de la Ley N° 30137. Artículo Tercero .- DÉJESE sin efecto la Resolución Directoral N° 004-2016-CENFOTUR/DN Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución a los miembros de la comisión indicada en el Artículo primero Regístrese y publíquese.VICTOR FERNANDO SOTELO CANALES Director NacionalCentro de Formación en Turismo 2052097-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0187-2022-DE Lima, 24 de marzo de 2022 VISTOS: El O fi cio Nº 1497/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00604-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00333-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio Nº 0327/MAAG/NAVSEC, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos remite, al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, la Carta Nº 5710 Ser N5/0377, a través de la cual el Comandante de la Fuerza de Submarinos del Atlántico hace extensiva la invitación para que un (1) O fi cial Superior participe como O fi cial Enlace de Submarinos ante la Comandancia de la Fuerza de Submarinos del Atlántico; Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 014- 2022, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones del Pací fi co opina que es procedente la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Corbeta Franz Alexander VILLENA PEÑA, para que participe como Ofi cial de Enlace de Submarinos ante la Comandancia de la Fuerza de Submarinos del Atlántico, en la ciudad de Norfolk, Estados Unidos de América, del 1 de abril al 31 de diciembre de 2022; Que, con O fi cio Nº 561/51, la Dirección General del Personal de la Marina remite, a la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, la documentación pertinente para la tramitación de la autorización del viaje del mencionado O fi cial Superior, en comisión de servicio, para que participe como O fi cial de Enlace de Submarinos