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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2022 (28/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Lunes 28 de marzo de 2022 El Peruano / de la estructura de las Cortes Superiores de Justicia, el procedimiento de inscripción y reinscripción de los Martilleros Públicos en cada Distrito Judicial, el mismo que debe realizarse anualmente. Quinto. El artículo 131.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley 27444, señala que los plazos y términos son intermedios como máximos y se computan independientemente de cualquier formalidad, y obligan por igual a la administración y a los administrados. Asimismo, en el numeral 136.1 de la citada ley, se establece que los plazos fi jados por norma expresa son improrrogables, salvo disposición habilitante en contrario. Sexto. Bajo ese contexto, corresponde establecer como plazo máximo para la inscripción y reinscripción de los Martilleros Públicos en el Distrito Judicial del Santa, previo pago por derecho de revalidación, siendo este de quince (15) días hábiles, a partir del 28 de marzo al 19 de abril de 2022. Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER el inicio del Proceso de Inscripción y Reinscripción de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia del Santa; debiendo presentar las solicitudes conforme a los requisitos señalados en el TUPA vigente del Poder Judicial, el mismo que será por el lapso de 15 días hábiles, contados desde el 28 de marzo al 19 de abril de 2022. Artículo Segundo.- ENCARGAR el proceso de inscripción y todo lo concerniente a la nómina de Martilleros Públicos a la Jefatura de la Unidad de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Tercero.- DISPONER que la Unidad de Servicios Judiciales realice la publicación de la presente resolución a través del Diario O fi cial “El Peruano” y que la Ofi cina de Imagen Institucional haga lo propio en el Diario Judicial “La República”. Artículo Cuarto.- PONGASE de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, Unidad de Servicios Judiciales, O fi cina de Imagen Institucional, Magistrados y demás áreas administrativas, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO MAYA ESPINOZA Presidente de la CSJ del Santa 2051213-1 Aprueban cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias en los diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, durante el año judicial 2022 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura Jefatura RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 007-2022-J-ODECMA-CSJLN/PJ Independencia, veinticuatro de marzo de dos mil veintidós.- VISTOS Y CONSIDERANDO, y; Primero: Conforme lo establecido en el artículo 12 numeral 2 del ROF de OCMA, aprobado por Resolución Administrativa N° 242-2015-CE-PJ, es función de Jefatura de Odecma programar las visitas judiciales ordinarias en las diferentes dependencias jurisdiccionales. Segundo: Que, en ejercicio de dicha función, corresponde a Jefatura de Odecma de Lima Norte, establecer el cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias a los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, correspondiente al año judicial 2022. Tercero: Mediante Resolución Administrativa N° 000263-2022-P-CSJLIMANORTE, del 02 de marzo del 2022, la Presidencia de esta Corte, resolvió (…) “ Artículo Tercero.- DISPONER , a partir del 3 al 31 de marzo de 2022, en los órganos jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, las siguientes medidas administrativas (…) 3.23. DISPONER que las audiencias deberán ser virtuales aplicándose la normativa impartida para tal efecto y bajo ningún concepto se suspenderán las audiencias y vistas de causa programadas , pues estás deben llevarse a cabo a través del aplicativo Google Meet. Cuando no se cuente con las condiciones tecnológicas o de conectividad indispensables, podrán realizarse de modo presencial, debiéndose dotar a los/las magistrados/as y servidores/as de las medidas de bioseguridad necesarias, conforme a lo dispuesto en el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Trabajo del Poder Judicial (V.04)” aplicado en esta Corte Superior con Resolución Administrativa N° 035-2022-P-CSJLIMANORTE-PJ” 1. Cuarto: Con Resolución de Jefatura N° 0025-2022-J-OCMA/PJ, del 01 de marzo del 2022, la Jefatura Suprema de la OCMA resolvió (…) “ Artículo Tercero.- Los/as Jefes/as de la O fi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura del Poder Judicial de las Cortes Superiores del país, deberán adoptar las medidas pertinentes de acuerdo a las disposiciones emitidas por los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país, procurando el normal funcionamiento de atención a los usuarios judiciales (…)”. Quinto: Bajo este contexto, la O fi cina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Lima Norte (ODECMA-Lima Norte) a efectos de resguardar el derecho fundamental a la salud de los usuarios judiciales (quejosos), de los servidores judiciales y de los Jueces, acatando las disposiciones legales y administrativas ya citadas, dispone llevar a cabo las “Visitas Judiciales Ordinarias” a través del aplicativo tecnológico “Google Hangouts Meet” (videoconferencia), en caso de no contar con las condiciones tecnológicas o de conectividad indispensables, podrían realizarse de modo presencial, debiéndose dotar a los/las magistrados/as y servidores/as de las medidas de bioseguridad necesarias. Sexto : Las visitas judiciales ordinarias, tienen la fi nalidad de evaluar conducta y desempeño funcional de los jueces y auxiliares jurisdiccionales, por lo que se deben efectuarse atendiendo al Reporte de escritos pendientes de dar cuenta de los secretarios judiciales visitados, Reporte de Procesos pendientes de sentenciar por el magistrado visitado, Cumplimiento de las audiencias programadas en el Dietario electrónico, informe de la Productividad (cumplimiento de metas). Asimismo, cumplimiento del uso obligatorio de las herramientas informáticas, como son: a) “El Juez Te Escucha, Programa Tu Cita” (R.A Nº 000077-2021-CE-PJ), b) Sentido de las decisiones judiciales (Resolución Administrativa Nº 000011-2021-CE-PJ) y c) La publicidad de las resoluciones judiciales en el casillero digital individual, cuyo uso es de cumplimiento obligatorio (Resolución Administrativa Nº 000183-2021-CE-PJ), el cumplimiento de las noti fi caciones electrónicas y otros que el magistrado contralor considere pertinente a fi n de detectar posibles irregularidades en la gestión judicial y casos de demoras en el trámite de los expedientes judiciales. Debiendo ponerse a conocimiento la presente resolución a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, a fi n que disponga a quien corresponda remitan oportunamente los informes y/o reportes solicitados ante la Administración del NCPP, Coordinación