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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2022 (07/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2022 El Peruano / Santos Apolinar Cerna Quispe, en su condición de alcalde de la entidad edil. iii) Informe documentado del área o funcionario competente, del registro de la copia autenticada del O fi cio N° 098-2020-MDP/A, expedida el 27 de abril de 2020, por la fedataria titular de dicha entidad edil. iv) Otra documentación que el concejo municipal considere pertinente y que se encuentre relacionada con la causa invocada. 3. REQUERIR a don Alan Villalobos Hernández, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad, conforme a lo señalado en el literal a del considerando 2.18. de la presente resolución, que convoque a sesión extraordinaria en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, luego de la devolución del presente expediente, a la que sus miembros deberán asistir obligatoriamente y deliberar respecto a los documentos recabados en el numeral 2 de la parte resolutiva, y emitir su voto correspondiente; con la salvedad de la abstención en la que esté incursa la autoridad cuestionada, señalada en el literal g del considerando 2.18. de la presente resolución; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, con el objeto de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial penal de turno, para que evalúe la conducta de los integrantes de dicho concejo, de acuerdo con sus competencias. 4. REQUERIR que el Concejo Distrital de Pacanga, provincia de Chepén, departamento La Libertad, evalúe la pertinencia de acumular los Expedientes N. os JNE.2021068375 y JNE.2021009226, teniendo en lo cuenta lo expuesto en el literal f del considerando 2.18. de la presente resolución. 5. REQUERIR al Ministerio Público, conforme lo señalado en el considerando 2.20. de la presente resolución, remita información sobre el estado actual del Caso N° 2306015500-2021-16-0. 6. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE, asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVASánchez Corrales Secretario General (e) 1 Los hechos imputados se realizaron cuando don Alan Villalobos Hernández mantenía el cargo de regidor distrital, ya que por la Resolución N.º 0185-2020-JNE se le otorgaron las credenciales de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacanga. 2 Aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. 3 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 2064947-1Convocan a ciudadanos para que asuman el cargo de alcalde y regidora de la Municipalidad Provincial de Lauricocha, departamento de Huánuco RESOLUCIÓN N° 0439-2022-JNE Expediente N° JNE.2022004617 LAURICOCHA - HUÁNUCORENUNCIAELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022 Lima, veinticinco de abril de dos mil veintidós.VISTO: el O fi cio N° 001-2022-MPL/GM, recibido el 8 de abril de 2022, mediante el cual don José Daimler Dueñas Santillán, gerente municipal de la Municipalidad Provincial de Lauricocha, departamento de Huánuco, remitió la documentación relacionada con la renuncia presentada por don Edison Eufracio Díaz Esquivel, alcalde de dicha comuna (en adelante, señor alcalde). PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Con el O fi cio N° 001-2022-MPL/GM, el gerente municipal de la Municipalidad Provincial de Lauricocha elevó los actuados del expediente administrativo, tramitado a raíz de la renuncia del señor alcalde, a fi n de que se convoque al reemplazo correspondiente, de conformidad con el artículo 24 de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). 1.2. De la documentación anexada al o fi cio referido, se advierte que, en fecha 28 de marzo de 2022, el señor alcalde presentó la Carta N° 001-2022-EEDE, mediante la cual renuncia a su cargo con el propósito de postular como candidato a gobernador regional de Huánuco, en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. Dicha carta de renuncia fue puesta en conocimiento de los miembros del concejo provincial en la sesión extraordinaria de concejo, del 1 de abril de 2022, quienes, luego del debate respectivo, decidieron aceptar, por unanimidad, la renuncia presentada; esta decisión fue plasmada en el Acuerdo de Concejo N° 008-2022-MPL/CM, de la misma fecha. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El cuarto párrafo del artículo 194 de la Constitución Política del Perú señala lo siguiente: Artículo 194.- Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local […] Para postular a Presidente de la República, Vicepresidente, Congresista, Gobernador o Vicegobernador del Gobierno Regional; los Alcaldes deben renunciar al cargo seis (6) meses antes de la elección respectiva. En la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales (LER) 1.2. El numeral 2 del artículo 14 prescribe lo siguiente: Artículo 14.- Impedimentos para postular No pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los siguientes ciudadanos: […]2. Salvo que renuncien de manera irrevocable ciento ochenta (180) días antes de la fecha de elecciones, los alcaldes que deseen postular al cargo de presidente regional. En la LOM 1.3. El artículo 24 preceptúa lo siguiente: