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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2022 (07/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2022 El Peruano / De manera concordante con ello, en el numeral 223.1 del artículo 223 del Reglamento de la citada Ley, se dispone que “controversias que surjan entre las partes sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, inefi cacia o invalidez del contrato se resuelven mediante conciliación, junta de resolución de disputas o arbitraje institucional, según corresponda y por acuerdo de las partes. Al respecto, nótese que uno de los aspectos de la ejecución contractual que es resuelto mediante los mecanismos de solución de controversias, es la inexistencia del contrato; supuesto que está vinculado con la conclusión del vínculo contractual, toda vez que esta tiene como consecuencia la inexistencia del contrato. En tal sentido, considerando que, de manera expresa, la normativa ha otorgado a instancias distintas al Tribunal, la competencia para dilucidar cuándo un contrato es válido o cuándo este no existe (eventualmente por haber concluido el vínculo), los vocales que suscriben el presente voto consideran que no es posible que en el Acuerdo de Sala Plena, se establezca una regla general que, sin conocer las particularidades de cada caso, establezca que, cuando se veri fi quen resoluciones de contrato recíprocas o paralelas, siempre el vínculo contractual concluye con la primera noti fi cación de la decisión de resolver el contrato; toda vez que cabría la posibilidad de que en un proceso arbitral se determine lo contrario, generando con ello una afectación a la seguridad jurídica y a la competencia que la normativa ha otorgado expresamente al arbitraje. Héctor Marín Inga HuamánMaría del Guadalupe Rojas Villavicencio de GuerraOlga Evelyn Chávez SueldoCAROLA PATRICIA CUCAT VILCHEZ Secretaria del Tribunal 1 Modi fi cado por el Acuerdo Nº 006-2009. 2 “Dicho procedimiento tiende, fundamentalmente, a cumplir dos objetivos. En primer lugar , constituye un mecanismo de corrección de la actividad administrativa, desde que permite al órgano con potestad sancionadora comprobar fehacientemente si se ha cometido algún ilícito; en segundo término es el medio que asegura al presunto infractor, ejercer su derecho de defensa, alegando y probando lo que le resulte favorable y controlando a la par, la actuación inquisitiva de la Administración”, Morón Urbina, Juan Carlos, Comentario a la Ley del Procedimiento Administrativo General, Editorial Gaceta Jurídica Novena Edición, pág. 687 2064610-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de magistrados y magistradas para participar en la Pasantía Internacional a Tribunales Especializados de España con competencia en delitos complejos de crimen organizado y corrupción, a realizarse en España Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000045-2022-P-CE-PJ Lima, 27 de abril del 2022VISTOS: Las Resoluciones Corridas Nros. 000053 y 000063-2022-P-CE-PJ de la Presidencia del Poder Judicial; y el O fi cio Nº 000275-2022-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que mediante Resoluciones Corridas Nº 000053 y 000063-2022-P-PJ la Presidencia del Poder Judicial designó a magistrados y magistradas Inés Felipa Villa Bonilla, José Antonio Neyra Flores y Elizabeth Grossman Casas, Presidenta, Juez y Jueza provisionales de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República; así como a los señores Octavio César Sahuanay Calsín y Víctor Raúl Zúñiga Urday, Presidente y Juez Especializado de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, respectivamente, para que participen en la Pasantía Internacional a Tribunales Especializados de España con competencia en delitos complejos de crimen organizado y corrupción, que se realizará del 7 al 14 de mayo del presente año, en las ciudades de Madrid y Barcelona, Reino de España. Segundo. Que, el objetivo de la citada actividad es brindar conocimiento sobre los tribunales especializados españoles que tienen competencia en el enjuiciamiento de delitos complejos de crimen organizado, trá fi co de drogas y corrupción; así como sobre las fi scalías especializadas con competencia en los citados delitos; y aportar insumos para la elaboración de los planes de estudios de la Comisión de la Capacitación de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada; y de los distintos centros de formación, fi scales y policiales. Tercero. Que resulta de interés para este Poder del Estado participar en el citado evento el cual permitirá a jueces y juezas que puedan conocer otros modelos jurisdiccionales y su gestión; lo que contribuirá a incorporar nuevas habilidades, capacidades y conocimientos en el desarrollo de sus funciones, mejorando los niveles de e fi cacia y e fi ciencia. Por tal motivo es pertinente la participación de magistrados y magistradas Inés Felipa Villa Bonilla, José Antonio Neyra Flores y Elizabeth Grossman Casas, Presidenta, Juez y Jueza provisionales de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República; así como de los señores Octavio César Sahuanay Calsín y Víctor Raúl Zúñiga Urday, Presidente y Juez Especializado de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, respectivamente. En consecuencia; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus facultades delegadas mediante Resolución Administrativa Nº 003-2009-CE-PJ, de fecha 9 de enero de 2009. RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de magistrados y magistradas Inés Felipa Villa Bonilla, José Antonio Neyra Flores y Elizabeth Grossman Casas, Presidenta, Juez y Jueza provisionales de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República; así como los señores Octavio César Sahuanay Calsín y Víctor Raúl Zúñiga Urday, Presidente y Juez Especializado de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, respectivamente, del 7 al 14 de mayo del año en curso, para que participen en la Pasantía Internacional a Tribunales Especializados de España con competencia en delitos complejos de crimen organizado y corrupción, que se llevará a cabo en las ciudades de Madrid y Barcelona, Reino de España; concediéndoseles licencia con goce de haber por las referidas fechas. Artículo Segundo.- Los gastos de assist card estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: • Inés Felipa Villa Bonilla US$ 56.00 dólares americanos. • José Antonio Neyra Flores US$ 56.00 dólares americanos.• Elizabeth Grossman Casas US$ 56.00 dólares americanos.• Octavio César Sahuanay Calsín US$ 56.00 dólares americanos.• Víctor Raúl Zúñiga Urday US$ 56.00 dólares americanos.