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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2022 (07/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2022 El Peruano / 2. ESTABLECER las siguientes disposiciones para el reemplazo de los alcaldes que renuncien con el propósito de participar como candidatos a gobernadores o vicegobernadores regionales en las Elecciones Regionales y Municipales 2022: 2.1. La presentación de la renuncia del alcalde ante el respectivo concejo municipal tiene como consecuencia que, a partir de la efectividad de su renuncia, el primer regidor o en su defecto el que corresponda en el orden de prelación, asume las funciones del titular. 2.2. El regidor que asume la alcaldía debe solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la expedición de la credencial que formalice su designación en el cargo de alcalde, así como la del accesitario que asumirá la función de regidor para completar el número de miembros del concejo municipal, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha en la que se hace efectiva la renuncia. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del JNE 1 (en adelante, Reglamento) 1.7. El artículo 16 establece lo siguiente: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación . [resaltado agregado]. […]SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de la documentación remitida con el O fi cio N° 142/2022-MPL-A, se advierte que, en fecha 1 de abril de 2022, el señor alcalde presentó su renuncia al cargo ante el Concejo Provincial de Lambayeque, con el propósito de postular como candidato a gobernador regional, en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.2. Dicha carta de renuncia fue puesta en conocimiento de los miembros del concejo provincial en la sesión extraordinaria de concejo, en la misma fecha, quienes, luego del debate respectivo, decidieron aceptar, por unanimidad, la renuncia presentada. Esta decisión fue plasmada en el Acuerdo de Concejo N° 019/2022-MPL, del 4 de abril de 2022. 2.3. Así, dado que el señor alcalde presentó su renuncia dentro del plazo legal establecido —1 de abril de 2022— (ver SN 1.1., 1.2. y 1.5.), en aplicación del artículo 24 de la LOM (ver SN 1.3.), concordante con el numeral 2 de la parte resolutiva de la Resolución N° 0919-2021-JNE (ver SN 1.6.), corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada y convocar a don José Antonio Eneque Soraluz, identi fi cado con DNI N° 17526886, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, departamento de Lambayeque, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, con ocasión de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.4. Además, con la fi nalidad de completar el número de regidores, corresponde convocar a don Ysaac Ramírez Lucero, identi fi cado con DNI N° 27849968, candidato no proclamado de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Lambayeque, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, con ocasión de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 (ver SN 1.3.). 2.5. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Alexander Rodríguez Alvarado en el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, departamento de Lambayeque, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2. CONVOCAR a don José Antonio Eneque Soraluz, identi fi cado con DNI N° 17526886, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, departamento de Lambayeque, a fi n de que complete el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a don Ysaac Ramírez Lucero, identi fi cado con DNI N° 27849968, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Lambayeque, departamento de Lambayeque, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVASánchez Corrales Secretario General (e) 1 Aprobado mediante Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 2065082-1 Convocan a ciudadanos para que asuman el cargo de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco RESOLUCIÓN N° 0443-2022-JNE Expediente N° JNE.2022004645 AMARILIS - HUÁNUCO - HUÁNUCORENUNCIAELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022 Lima, veinticinco de abril de dos mil veintidós VISTO: el O fi cio N° 120-2022-MDA/A, recibido el 8 de abril de 2022, mediante el cual don Kerling Alex Celestino Vásquez, alcalde encargado de la Municipalidad Distrital de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco, remitió