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87 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2022 El Peruano / Artículo 24.- Reemplazo en caso de vacancia o ausencia En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza:1. Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. 2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo N° 001-2022-PCM1.4. Mediante este decreto supremo, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 4 de enero de 2022, el presidente de la República convocó a Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022) para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y la Provincia Constitucional del Callao, así como alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República. En la Resolución N° 0918-2021-JNE, sobre renuncias y licencias de funcionarios 1.5. El numeral 3 de la parte resolutiva dispone: 3. DISPONER que los gobernadores y vicegobernadores que presenten su renuncia para participar como candidatos a alcaldes y los alcaldes que presenten su renuncia con el propósito de participar como candidatos a gobernador o vicegobernador, en las Elecciones Regionales y Municipales 2022, procedan de acuerdo con las siguientes disposiciones: 3.1. Las renuncias tienen que ser presentadas ante el consejo regional o concejo municipal, según corresponda, hasta el 4 de abril de 2022 (seis meses antes de las elecciones), conforme a los fundamentos expuestos en el considerando 1.10. de la presente resolución. […] En la Resolución N° 0919-2021-JNE, sobre disposiciones para el reemplazo de alcaldes renunciantes 1.6. El numeral 2 de la parte resolutiva establece las disposiciones para el reemplazo de los alcaldes que renuncien: 2. ESTABLECER las siguientes disposiciones para el reemplazo de los alcaldes que renuncien con el propósito de participar como candidatos a gobernadores o vicegobernadores regionales en las Elecciones Regionales y Municipales 2022: 2.1. La presentación de la renuncia del alcalde ante el respectivo concejo municipal tiene como consecuencia que, a partir de la efectividad de su renuncia, el primer regidor o en su defecto el que corresponda en el orden de prelación, asume las funciones del titular. 2.2. El regidor que asume la alcaldía debe solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la expedición de la credencial que formalice su designación en el cargo de alcalde, así como la del accesitario que asumirá la función de regidor para completar el número de miembros del concejo municipal, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha en la que se hace efectiva la renuncia. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del JNE 1 (en adelante, Reglamento) 1.7. El artículo 16 establece lo siguiente: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación . [resaltado agregado]. […]SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de la documentación remitida con el Ofi cio N° 001-2022-MPL/GM, se advierte que, mediante la Carta N° 001-2022-EEDE, de fecha 28 de marzo de 2022, el señor alcalde presentó su renuncia al cargo ante el Concejo Provincial de Lauricocha, con el propósito de postular como candidato a gobernador regional de Huánuco, en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.2. Dicha carta de renuncia fue puesta en conocimiento de los miembros del concejo provincial en la sesión extraordinaria de concejo, del 1 de abril de 2022, quienes, luego del debate respectivo, decidieron aceptar, por unanimidad, la renuncia presentada. Esta decisión fue plasmada en el Acuerdo de Concejo N° 008-2022-MPL/CM, de la misma fecha. 2.3. Así, dado que el señor alcalde presentó su renuncia dentro del plazo legal establecido —28 de marzo de 2022— (ver SN 1.1., 1.2. y 1.5.), en aplicación del artículo 24 de la LOM (ver SN 1.3.), concordante con el numeral 2 de la parte resolutiva de la Resolución N° 0919-2021-JNE (ver SN 1.6.), corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada y convocar a don Beder Bustamante García, identi fi cado con DNI N° 22515288, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Lauricocha, departamento de Huánuco, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Yarowilca, con ocasión de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.4. Además, con la fi nalidad de completar el número de regidores, corresponde convocar a doña Sunilda Avilés Sebastián, identi fi cada con DNI N° 73414013, candidata no proclamada de la organización política Avanza País - Partido de Integración Social, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Lauricocha, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Yarowilca, con ocasión de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 (ver SN 1.3.). 2.5. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Edison Eufracio Díaz Esquivel en el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Lauricocha, departamento de Huánuco, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2. CONVOCAR a don Beder Bustamante García, identi fi cado con DNI N° 22515288, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Lauricocha, departamento de Huánuco, a fi n de que complete el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a doña Sunilda Avilés Sebastián, identi fi cada con DNI N° 73414013, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Lauricocha, departamento de Huánuco, a fi n de completar el periodo