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76 NORMAS LEGALES Jueves 26 de mayo de 2022 El Peruano / RESUELVE: 1. Declarar VÁLIDA el Acta Electoral Nº 101406-37-T. 2. CONSIDERAR en el Acta Electoral Nº 101406-37-T, en los distritos y provincias indicados las siguientes cifras: MUNICIPAL VOTOS NULOS TOTAL DE VOTOS ALTO AMAZONAS 54 59 ALTO AMAZONAS-BALSAPUERTO 54 59 ALTO AMAZONAS- JEBEROS 57 59 ALTO AMAZONAS-LAGUNAS 57 59 ALTO AMAZONAS-SANTA CRUZ 58 59 ALTO AMAZONAS-TENIENTE CESAR LOPEZ ROJAS58 59 DATEM DEL MARAÑON 58 59 DATEM DEL MARAÑON-ANDOAS 58 59 DATEM DEL MARAÑON- CAHUA- PANAS58 59 DATEM DEL MARAÑON-MAN- SERICHE58 59 DATEM DEL MARAÑON-MORONA 58 59 DATEM DEL MARAÑON-PASTAZA 58 59 MARISCAL RAMON CASTILLA 58 59 MARISCAL RAMON CASTILLA- PEBAS58 59 MARISCAL RAMON CASTILLA- SAN PABLO58 59 MARISCAL RAMON CASTILLA- YAVARI58 59 MAYNAS 5 59 MAYNAS-PUNCHANA 14 59 MAYNAS-SAN JUAN BAUTISTA 57 59 PUTUMAYO 58 59 PUTUMAYO-ROSA PANDURO 58 59 PUTUMAYO-YAGUAS 58 59 3. PRECISAR que las demás cifras del Acta Electoral Nº 101406-37-T se mantienen invariables. 4. REMITIR la presente resolución a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y DEVOLVER el ejemplar del Acta Electoral Nº 101406-37-T. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR SÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Ley que modi fi ca la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del Año 2022 en el marco de la Lucha contra la COVID-19. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0927-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 30 de noviembre de 2021. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0981-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 6 de enero de 2022. 4 De acuerdo con el numeral 3.3.5 del Informe Nº 000061-2022-GITE/ONPE del 17 de mayo de 2022, la ONPE determina que la redacción correcta de las descripciones señaladas es: R: Total de votos es menor que el total de ciudadanos que votaron Y: Total de votos es menor que sufragantes calculados 2070973-1Modifican la Resolución N° 0473-2022-JNE, en el extremo referido a la conformación de los Jurados Electorales Especiales de Cangallo, Espinar y Lima Este 1, correspondiente al proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022 RESOLUCIÓN Nº 0755-2022-JNE Lima, veinticuatro de mayo de dos mil veintidósVISTOS: los O fi cios N° 0002-2022-CANG/JNE, N° 003-2022-JEE-ESPINAR/JNE y N° 002-2022-JEE-LIMAESTE1/JNE, y las actas de instalación de los Jurados Electorales Especiales de Cangallo, Espinar y Lima Este 1, respectivamente; en los cuales se informa sobre la ausencia de uno de sus miembros; y CONSIDERANDO QUE:1. Para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022, convocado mediante el Decreto Supremo N° 001-2022-PCM, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), a través de la Resolución N° 0009-2022-JNE, del 11 de enero de 2022, determinó la creación de 93 Jurados Electorales Especiales (JEE) como órganos de justicia electoral de primera instancia, de los cuales, el JEE de Lima Centro se instaló el 7 de febrero de 2022, y los otros 92 JEE se instalaron el 16 de mayo de 2022, con la conformación prevista en la Resolución N° 0473-2022-JNE, del 13 de mayo de 2022. 2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 33 de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), los JEE se conforman con un juez superior elegido por la Sala Plena de su respectiva Corte Superior de Justicia, quien ejerce el cargo de presidente; así como por un segundo miembro, que es un fi scal superior elegido por la correspondiente Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal; y por un ciudadano, como tercer miembro, designado a través de un procedimiento de selección aleatoria llevada a cabo por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, y posterior sorteo en acto público realizado por el JNE. Conformación del Jurado Electoral Especial de Cangallo 3. El JEE de Cangallo fue conformado de la siguiente manera: JEEDISTRITO SEDETITULAR SUPLENTE CANGALLO CANGALLOPRESIDENTE LUCIA ISABEL PALO- MINO PEREZPRESIDENTE VLADIMIRO OLARTE ARTEAGA SEGUNDO MIEMBRO: MACEDONIO AMADO ARENAS NEYRASEGUNDO MIEMBRO: LOURDES DEL PILAR PROAÑO CHUCHON TERCER MIEMBRO: IRMA QUISPE FER- NANDEZTERCER MIEMBRO: JOSE ANTONIO HUAL- LANCA AYALA De acuerdo con lo consignado en el acta de instalación del JEE, la tercer miembro, doña Irma Quispe Fernández, no concurrió a dicho acto. Es así que, mediante el O fi cio N° 0002-2022-CANG/ JNE, la presidenta del JEE de Cangallo informa que doña Irma Quispe Fernández, con el escrito del 17 de mayo de 2022, presentó su declinación al cargo bajo el sustento de que no puede asumirlo debido a compromisos laborales a los que no puede renunciar. Conformación del Jurado Electoral Especial de Espinar 4. El JEE de Espinar fue conformado de la siguiente manera: