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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2022 (26/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Jueves 26 de mayo de 2022 El Peruano / EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO, en la Sesión Ordinaria de la fecha, y; EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 04 de mayo de 2022, el Dictamen Nº 04-2022-CAJEyR-MDL de la Comisión de Asuntos Juridicos, Economia y Rentas, el Dictamen N.º 03-2022-CCFTYMA-MDL de la Comisión de Fiscalización, Transporte y Medio Ambiente, el Informe Nº 0140-2022/MDL-SG de la Secretaría General, el Memorándum Nº 396-2022/GM-MDL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 277-2022-MDL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 021-2022-MDL/GSP de la Gerencia de Servicios Publicos; sobre la aprobación del proyecto de ordenanza que aprueba el “Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales Lurigancho – Chosica 2021-2025”; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley, conforme al Artículo 200º inciso 4) de la Carta Fundamental; Que, de acuerdo con el numeral 3.1 del artículo 80º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función especí fi ca exclusiva de las municipalidades distritales “Proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios”; Que, conforme los literales a) y d) del artículo 24º del Decreto Legislativo Nº 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, las Municipalidades Distritales en materia de manejo de residuos sólidos son competentes para “Asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición fi nal de los mismos” y “Aprobar y actualizar el plan distrital de manejo de residuos, para la gestión e fi ciente de los residuos de su jurisdicción, en concordancia con los planes provinciales y el plan nacional”.; Que, el artículo 10º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, prescribe que el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales es un instrumento de plani fi cación en materia de residuos sólidos de gestión municipal. Tiene por objetivo “generar las condiciones necesarias para una adecuada, e fi caz y e fi ciente gestión y manejo de los residuos sólidos, desde la generación hasta la disposición fi nal.” Este plan se actualiza cada cinco (05) años; Que, de conformidad con lo establecido en la Guía para elaborar el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos, aprobada por Resolución Ministerial Nº 100-2019-MINAM, la elaboración del Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales (PMR) “se realiza a través de cuatro (04) etapas: Organización y plani fi cación, diagnóstico, formulación y seguimiento y monitoreo. Dichas etapas buscan conducir un proceso ordenado, técnico y participativo.”; Que, mediante Informe N.º 160-2022/MDL/GSP/ SGLP de la Sub Gerencia de Limpieza Publica, solicita la aprobación del Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales Lurigancho – Chosica 2021-2025 a través de una Sesión de Concejo Municipal; Que, mediante Informe N.º 021-2022-MDL/GSP de la Gerencia de Servicios Públicos, se solicita aprobar mediante Ordenanza Municipal el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales de Lurigancho 2021 – 2025; Que, mediante Informe N.º 277-2022-MDL-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera viable la aprobación mediante Ordenanza Municipal del “Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales 2021-2025”; Que, mediante Memorándum N.º 396-2022/GM/MDL de la Gerencia Municipal, solicita la aprobación del “Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales del distrito de Lurigancho 2021-2025”; Que, mediante Dictamen Nº 04-2022-CAJEyR-MDL de la Comisión de Asuntos Juridicos, Economia y Rentas, declaró en forma favorable elevar al Concejo Municipal proyecto de ordenanza que aprueba el Plan Distrital de Manejo de Residuos Solidos Municipales del Distrito de Lurigancho 2021-2025; Que, mediante el Dictamen N.º 03-2022-CCFTYMA- MDL de la Comisión de Fiscalización, Transporte y Medio Ambiente, declaró en forma favorable elevar al Concejo Municipal proyecto de ordenanza que aprueba el Plan Distrital de Manejo de Residuos Solidos Municipales del Distrito de Lurigancho 2021-2025; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el VOTO POR UNANIMIDAD del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente norma: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DISTRITAL DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES DEL DISTRITO DE LURIGANCHO 2021-2025 Artículo Primero.- APROBAR EL PLAN DISTRITAL DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES DEL DISTRITO DE LURIGANCHO 2021-2025, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Publicos, el cumplimiento y monitoreo de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER, a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica la publicación de la Ordenanza y del íntegro del PLAN DISTRITAL DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES DEL DISTRITO DE LURIGANCHO 2021-2025, en el Portal Web y en el Portal de Transparencia - PTE y a la Subgerencia de Prensa y Relaciones Públicas, la publicidad de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 2070712-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Convocan a organizaciones y vecinos a la Audiencia Pública del Distrito de San Isidro; asimismo, aprueban conformación del “Equipo Técnico de las Audiencias Públicas del Distrito de San Isidro” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2022-ALC/MSI San Isidro, 25 de mayo del 2022 EL ALCALDE DE SAN ISIDROVISTOS: El Informe Nº 067-2022-0510-SPP-GPPDC/ MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 017-2022-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y, CONSIDERANDO:Que, los artículos 194° y 197° de la Constitución Política del Perú establecen que las municipalidades son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como, que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, prescribe que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la gestión pública, para lo cual deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas;