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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2022 (26/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Jueves 26 de mayo de 2022 El Peruano / Que, los artículos I y IX del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias, establecen que los gobiernos locales son canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, y que el sistema de plani fi cación local tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, entre otros; Que, los artículos 112º, 121º y 148º de la citada Ley, señalan que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la gestión, para tal fi n deberá garantizarse el acceso de todos los vecinos a la información, y que ejercen el derecho de control, a través de la demanda de rendición de cuentas, así como que los gobiernos locales están sujetos a las normas de transparencia y a otras conexas en su manejo de los recursos públicos; y que dichas normas constituyen un elemento fundamental para la generación de con fi anza de la ciudadanía en el accionar del Estado, así como para alcanzar un manejo e fi ciente de los recursos públicos; Que, asimismo, los artículos 20º, numeral 36, y 119-A de la misma Ley, modi fi cados por la Ley Nº 31433, establecen que es atribución del alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales, conforme a la circunscripción de gobierno local; y, que las audiencias públicas municipales constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las difi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, así como que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal; Que, a su vez, los artículos 39° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades señalan que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de Gobierno, mediante Decretos de Alcaldía, los que resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, en este contexto, de acuerdo con las funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria, mediante los informes del visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, a través de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite propuesta de Decreto de Alcaldía que convoca a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil de San Isidro, y vecinos en general, a la Audiencia Pública del distrito de San Isidro a llevarse a cabo el 30 de mayo de 2022, así como aprueba el cronograma respectivo y la conformación y funciones del Equipo Técnico de las Audiencias Públicas del distrito de San Isidro Que, por tales consideraciones, de conformidad con la facultad de convocar a audiencia pública distrital en el mes de mayo, prevista en la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde aprobar, mediante Decreto de Alcaldía, la convocatoria a la Audiencia Pública del distrito de San Isidro, a llevarse a cabo el 30 de mayo de 2022; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 057-2022-0400-GAJ/MSI; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil de San Isidro, y vecinos en general, a la Audiencia Pública del Distrito de San Isidro, según cronograma que se indica a continuación: AUDIENCIA PÚBLICA FECHA Convocatoria Pública y difusión Diario ofi cial y portal web)27 de mayo de 2022 Inscripción y registro de participantes de acuerdo al Anexo N° 1 Del 27 al 29 de mayo de 2022 Publicación de inscritos en portal web 30 de mayo de 2022 Audiencia Pública 30 de mayo de 2022 3:30 P.M. Articulo Segundo.- APROBAR la conformación del “Equipo Técnico de las Audiencias Públicas del Distrito de San Isidro”, que estará integrado por:- Gerente Municipal.- Gerente de Participación Vecinal.- Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional.- Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo.- Gerente de Desarrollo Urbano y Económico.- Gerente de Inversiones Públicas y Mantenimiento Urbano.- Gerente de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Gestión del Riesgo de Desastres.- Gerente de Educación, Cultura y Turismo.- Gerente de Desarrollo Ambiental Sostenible.- Gerente de Salud y Bienestar Social.- Gerente de Rentas.- Gerente de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.- Gerente de Administración y Finanzas.- Gerente de Gestión de Personas. El titular y los integrantes del Equipo Técnico asumen las siguientes funciones: Alcalde o su representante: Presidir la Audiencia Pública. Gerencia Municipal: Aprobar la agenda de realización de la Audiencia Pública. Liderar la difusión de la convocatoria a la Audiencia Pública. Disponer la participación de los funcionarios de la entidad en la Audiencia Pública e instalar la Mesa directiva. Presentar a la ciudadanía la rendición de cuentas en la Audiencia Pública. Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Desarrollo Corporativo: Proponer la convocatoria y agenda de la Audiencia Pública. Coordinar y recabar la información para la elaboración del informe de rendición de cuentas. Sistematizar la información para la exposición de la Audiencia Pública. Elaboración del Acta de la Audiencia Pública. Gerencia de Participación Vecinal: Promover la participación ciudadana.Procurar la participación de las organizaciones e instituciones. Conducir, organizar y dirigir la audiencia vecinal de rendición de cuentas. Efectuar el listado general de participantes inscritos para su publicación en el portal. Coordinar y establecer orden de intervención de los participantes que harán uso de la palabra. Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional: Efectuar la difusión por los canales respectivos para la participación de la ciudadanía en las audiencias públicas. Elaboración del material de difusión de la Audiencia Pública. Demás integrantes del Equipo Técnico: Brindar la información sobre las acciones efectuadas por las unidades orgánicas y órganos de manera oportuna. Participar en la organización y desarrollo de la audiencia pública. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal la organización de la Audiencia Pública y al Equipo Técnico los demás roles de acuerdo a su competencia establecida en el presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen su publicación en el Portal Institucional (www.munisanisidro.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO CACERES VIÑAS Alcalde