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115 Sábado 28 de mayo de 2022 El Peruano / determinar las medidas que garanticen la viabilidad económica-financiera de la empresa, hasta el inicio de su próximo periodo regulatorio. Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Procedimiento de Revisión Tarifaria establece que la DRT elabora un informe que contiene la justi fi cación de la propuesta de medidas que garanticen la viabilidad económica- fi nanciera de la empresa, en función a su capacidad fi nanciera y la capacidad de pago de sus usuarios. Que, el numeral 7.3. del referido artículo 7 prevé que las medidas antes señaladas comprenden: a) la determinación de nuevos porcentajes de depósito mensual al fondo de inversiones y reservas; b) la determinación de metas de gestión y c) la determinación de ajustes tarifarios, y reordenamiento tarifario de ser el caso, hasta que la empresa prestadora culmine su periodo regulatorio vigente. Que, de acuerdo con el Procedimiento de Revisión Tarifaria , se cumplió con: i ) publicar en el diario o fi cial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba las m etas de gestión que deberá cumplir EPS BARRANCA en el cuarto y quinto año del periodo regulatorio 2019-2024 y los nuevos porcentajes le corresponderá depositar en los meses restantes del tercer año regulatorio, así como en el cuarto y quinto año regulatorio del referido periodo al fondo de inversiones y reservas señalados en el proyecto de resolución y ii) recibir los comentarios realizados por EPS BARRANCA y por los interesados tanto al proyecto de resolución y como al informe. Que, la DRT evaluó los comentarios realizados por EPS BARRANCA y los interesados conforme se aprecia en el I nforme (…)-2022-SUNASS-DRT-ESP que sustenta la propuesta fi nal d e revisión tarifaria para EPS BARRANCA . Que, sobre la base del referido Informe (…)-2022-SUNASS-DRT-ESP corresponde aprobar las metas de gestión y porcentajes a transferir a los fondos y reservas que serán de aplicación a EPS BARRANCA. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.11 del artículo 7 del Procedimiento de Revisión Tarifaria como consecuencia de la aplicación de las medidas dispuestas en el título III del Decreto de Urgencia N.º 036-2020; y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del (…) de (…) de 2022. RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar las metas de gestión que deberá cumplir EPS BARRANCA S.A. en el cuarto y quinto año del quinquenio regulatorio 2019-2024, las cuales se encuentran contenidas en el Anexo Nº 1 de la presente resolución. Artículo 2°.- Ap robar lo s nuevos porcentajes que EPS BARRANCA S.A. deberá depositar en los meses restantes del tercer año regulatorio, así como en el cuarto y quinto año del periodo regulatorio 2019-2024 al fondo de inversiones y para las reservas de: i) formulación del plan de control de calidad (PCC) y del programa de adecuación sanitaria (PAS); ii) mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE); iii) gestión de riesgo de desastres (GRD) y adaptación al cambio climático (ACC) y iv) pago de servicio de deuda, conforme con lo establecido en el Anexo Nº 2 de la presente resolución. Artículo 3°.- La presente resolución no genera variación tarifaria ni reordenamiento tarifario para la estructura tarifaria vigente. Artículo 4°.- La presente resolución, sus anexos y el Informe Nº (…)-2022-SUNASS-DRT-ESP deberán publicarse en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe) y en el diario o fi cial El Peruano . Regístrese, comuníquese y publíquese. 1 Recibido por la Sunass el 15 de julio de 2020. 2 Conforme a lo dispuesto en la Resolución de Consejo Directivo 082-2021-SUNASS-CD.ANEXO N° 1 METAS DE GESTIÓN BASE DE EPS BARRANCA S.A. PARA EL CUARTO Y QUINTO AÑO DEL QUINQUENIO REGULATORIO 2019-2024 Corresponde a las metas de gestión de las inversiones o actividades fi nanciadas con recursos internamente generados por la empresa. Cabe precisar que, el informe de revisión tarifaria Informe Nº (…)-2022-SUNASS-DRT-ESP indica los montos y fuentes de fi nanciamiento para el cumplimiento de las metas de gestión. A. A NIVEL DE EPS Metas de GestiónUnidad de MedidaValor Meta Año 4 Año 5 Relación de trabajo % 79 78 Porcentaje de avance fi nanciero del programa de inversiones de la EPS 1/ % 74 100 Porcentaje de la ejecución de la reserva PCC y PAS 2 /46 100 Porcentaje de la ejecución de la reserva MRSE3/ % - 100 Porcentaje de la ejecución de la reserva GRD y ACC 4 /% 79 100 Notas: 1/ Se re fi ere a la ejecución fi nanciera acumulada del monto total de inversiones programadas para los años regulatorios 4 y 5 del periodo regulatorio vigente. 2/ Se re fi ere a la ejecución acumulada del monto total de inversiones programadas de la reserva PCC y PAS para los años regulatorios 4 y 5 del periodo regulatorio vigente. 3/ Se refiere a la ejecución acumulada del monto total de inversiones programadas de la reserva MRSE para el año regulatorio 5 del periodo regulatorio vigente. 4/ Se re fi ere a la ejecución acumulada del monto total de inversiones programadas de la reserva GRD y ACC para los años regulatorios 4 y 5 del periodo regulatorio vigente. B. Localidad de Barranca Metas de GestiónUnidad de MedidaAño 4 Año 5 Incremento anual de nuevos medidores N° - 300 Continuidad promedio (C) 1/ Horas/ díaCC Actualización de catastro técnico de agua potable y alcantarillado 2/ % 100 100 Mantenimiento de la planta de tratamiento de aguas residuales (PTAR) Santa Catalina 3/% 100 100 Notas: 1/ Los criterios para la evaluación de la meta de gestión continuidad se encuentran establecido en el Anexo V del Estudio Tarifario. 2/ La actualización del catastro técnico de agua potable y alcantarillado se ejecutará con los recursos prevenientes de la transferencia de OTASS realizada mediante Resolución Directoral N° 64-2019-OTASS/DE de fecha 15 de setiembre 2019. Los criterios para la evaluación de la meta de gestión se encuentran establecido en el Anexo V del Estudio Tarifario. 3/ Se re fi ere a actividades de mantenimiento de la PTAR. Los criterios para la evaluación de la meta de gestión se encuentran establecido en el Anexo V del Estudio Tarifario.PROYECTO