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101 NORMAS LEGALES Sábado 28 de mayo de 2022 El Peruano / CAPÍTULO III (PRESIDENCIA DE LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN) - Presidencia. - Funciones de la Presidencia.- Elección de la Presidencia. CAPÍTULO IV (SECRETARIA TÉCNICA DE LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN) - Secretaria Técnica. - Funciones de la Secretaria Técnica.- Aportes de la Cooperación.- Grupos de Trabajo.- Plan Anual de Trabajo.- Relación con la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción.- Reporte de Actividades. b. TÍTULO VI (COMISIONES LOCALES ANTICORRUPCIÓN) - De la instalación y funcionamiento de comisiones locales anticorrupción. - Financiamiento.- Refrendo. c. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES - Adecuación Normativa. - Difusión de acciones de la Comisión Regional Anticorrupción. d. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA. - Derogación del art. 16 del Reglamento de la Ley 29976. 4. Es decir, a la fecha se tiene que se ha MODIFICADO el Reglamento de la Ley Nro. 29976 Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, aprobado con D.S. Nro. 089 – 2013 PCM; básicamente INCORPORÁNDOSE los Capítulos V y VI conforme al detalle realizado en el punto anterior del presente informe; dicha situación CONLLEVA a que la Ordenanza Regional Nro. 336-2013 de igual forma sea MODIFICADA, INCORPORÁNDOSE dentro de la misma, en cuanto corresponda y no contradiga el sentido de la Ordenanza Regional, lo establecido en el art. 1 del D.S. 169-2021 PCM referente a la INCORPORACIÓN de los Titulo V y VI de la referida norma, por lo que se sugiere realizar dicha modi fi cación a la ordenanza Regional 336-2013. 5.6. El literal a) del artículo 15 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece expresamente que es atribución del Consejo Regional el APROBAR, MODIFICAR O DEROGAR las normas que regulen o reglamentes los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. IV. CONCLUSIONES:Que, contando con el Dictamen Nro. 003- 2022 evacuado por la Comisión Ordinaria DE FISCALIZACIÓN, ANTICORRUPCIÓN Y ÉTICA, mediante el cual concluye en APROBAR la MODIFICACIÓN de la Ordenanza Regional Nro. 336-2013-G.R.P. PASCO/CR, en el extremo de INCORPORARSE dentro de la misma, en cuanto corresponda y no contradiga el sentido de la Ordenanza Regional, lo establecido en el art. 1 del D.S. 169-2021 PCM referente a la INCORPORACIÓN de los Titulo V y VI de la referida norma; asimismo, observándose que la misma fue sometida al Consejo Regional con fecha 15.02.22 siendo debidamente APROBADA. Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por la Ley Nº 27902, señala que las Ordenanzas Regionales expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 37º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modi fi catorias y el Reglamento Interno; el magno Consejo Regional de Pasco determina la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL:Primero: MODIFICAR la Ordenanza Regional Nro. 336-2013-G.R.P. PASCO/CR, en el extremo de INCORPORARSE dentro de la misma, en cuanto corresponda y no contradiga el sentido de la Ordenanza Regional, lo establecido en el art. 1 del D.S. 169-2021 PCM referente a la INCORPORACIÓN de los Titulo V y VI de la referida norma. Segundo.- DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta Tercero.- DELEGUESE a Secretaria del Gobierno Regional de Pasco la publicación de la Ordenanza Regional en el diario O fi cial El Peruano y por el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco, para el cumplimiento y conocimiento en toda la Región Pasco. Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Provincia de Pasco, de fecha uno de marzo del dos mil veintidós. BISMARK ALFONSO RICALDI NANO Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los dos días del mes de marzo del dos mil veintidós. PEDRO UBALDO MOLINAR Gobernador Regional 2071191-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban el Reglamento de la Ordenanza Nº 2384, Ordenanza que establece condiciones edificatorias y parámetros urbanísticos y edificatorios especiales en la provincia de Lima, para promover la puesta en valor de inmuebles del Centro Histórico de Lima DECRETO DE ALCALDÍA N° 08-2022 Lima, 23 de mayo de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAVISTO: Los Informes N° D000038-2022-MML-GDU-AL y N° D000058-2022-MML-GDU-AL del Área de Asesoría Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano, los Memorandos