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107 NORMAS LEGALES Sábado 28 de mayo de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE LURÍN Aprueban la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del Distrito de Lurín hasta el Año 2025, siendo su Nueva denominación “Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2025 Ampliado del Distrito de Lurín” ORDENANZA MUNICIPAL N°450-2022/MDL Lurín, 16 de mayo del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE LURINVISTOS:El Acuerdo de Concejo N° 032-2022/MDL aprobado en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de mayo del 2022, el Dictamen de la Comisión Permanente de Administración, Rentas, Planeamiento y Presupuesto N°008-2022-CPARPP-REG/MDL-REG/MDL, de fecha 05 de mayo del 2022, sobre aprobar la “Ordenanza que amplía el Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del Distrito de Lurín hasta el año 2025”, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley N°30305, establece que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que según lo dispuesto por el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N°27972 – Ley Orgánica de Municipalidades establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modi fi car o derogar ordenanzas; Que, el artículo 39°, de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, señala que: Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que: Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley de creación del Sistema Nacional Estratégico – SINAPLAN y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, dispone que el CEPLAN es el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y que sus competencias son de alcance nacional, teniendo como funciones desarrollar metodologías e instrumentos técnicos para asegurar la consistencia y coherencia del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, el numeral 3 del artículo 10° del Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, señala como una de sus funciones asesorar a las Entidades del Estado y a los Gobiernos Regionales y orientar a los Gobiernos Locales en la formulación, seguimiento y evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollo, con la fi nalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, el Decreto Supremo N° 089-2011-PCM autoriza al CEPLAN iniciar el proceso de actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN); dispone además que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional vigente, conforme a las directivas y normas que expida con tal propósito el CEPLAN; Que, con Ordenanza Municipal N° 320/ML de fecha 25 de julio de 2016, se aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del distrito de Lurín, siendo que con O fi cio N°212-2016-CEPLAN/DNCP la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, nos remite el Informe Técnico N°01-2016-CEPLAN-DNCP/RQC en el que emiten opinión favorable respecto al proyecto de Plan de Desarrollo Local Concertado presentado por la Municipalidad de Lurín, concluyendo que cumple de manera satisfactoria lo establecido en la Directiva N°1-2014-CEPLAN/PCD, Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico, por lo que recomienda proseguir con la aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del Distrito de Lurín; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, se aprobó la versión modi fi cada de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, que establece los lineamientos para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, dentro del marco de una visión compartida y concertada del país con prospectiva de mediano y de largo plazo; Que, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00008-2022/CEPLAN/PCD, autoriza ampliar de forma excepcional el horizonte temporal hasta el año 2025 de los Planes de Desarrollo Regional Concertado y los Planes de Desarrollo Local Concertado (provincial y distrital) que tienen su horizonte temporal hasta el año 2021, siendo aplicable a los Planes de Desarrollo Concertado que hayan sido aprobados debidamente y cuenten con informe técnico del CEPLAN; Que, con O fi cio N° D000272-2022-CEPLAN-DNCP de fecha 19 de abril del 2021, se nos remite el Informe Técnico N° D000028-2022-CEPLAN-DNCPPDLC en el que indica que luego de la revisión y evaluación de la ampliación del horizonte del Plan de Desarrollo Local Concertado al 2025 presentado por la Municipalidad de Lurín, en el marco de la veri fi cación del cumplimiento de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00008-2022/CEPLAN/PCD la Municipalidad Distrital de Lurín, Sí cumple con los requisitos establecidos; recomendando el inicio de la Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado 2022-2030 del Distrito de Lurín, en un plazo de hasta 06 meses; En uso de las facultades que con fi ere el numeral 3) del artículo 9º, artículo 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el Voto por unanimidad de los Señores Regidores; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal en ejercicio de sus facultades, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE AMPLÍA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO 2017-2021 DEL DISTRITO DE LURÍN HASTA EL AÑO 2025 Artículo Primero.– APROBAR la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del Distrito de Lurín hasta el Año 2025, siendo su Nueva denominación “Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2025 Ampliado del Distrito de Lurín”, que en anexo forma parte del presente, conforme a los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.– FACÚLTESE al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas