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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2022 (28/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Sábado 28 de mayo de 2022 El Peruano / MUNICIPALTOTAL DE VOTOS (suma de votos)TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON CARABAYA-SAN GABAN 39 CARABAYA-USICAYOS 39 CHUCUITO 39 CHUCUITO-DESAGUADERO 39 CHUCUITO-HUACULLANI 39 CHUCUITO-KELLUYO 39 CHUCUITO-PISACOMA 39 CHUCUITO-POMATA 39 CHUCUITO-ZEPITA 39 EL COLLAO 39 EL COLLAO-CAPASO 39 EL COLLAO-CONDURIRI 39 EL COLLAO-PILCUYO 39 EL COLLAO-SANTA ROSA 39 HUANCANE 39 HUANCANE-COJATA 39 HUANCANE-HUATASANI 39 HUANCANE-INCHUPALLA 39 HUANCANE-PUSI 39 2.8. Así, se observa que: El total de votos (suma de votos) de los los distritos y provincias de Azángaro, Carabaya, Chucuito, El Collao, Huancané es la cifra 39. El total de ciudadanos que votaron es la cifra 39. Por lo tanto, siendo que la suma de votos, en las cuarenta y dos circunscripciones, coincide con el total de ciudadanos que votaron, no se aprecia los errores materiales por los cuales el acta fue observada. En consecuencia, corresponde declarar su validez y remitirla a la ONPE para su procesamiento tomando en cuenta las cifras precitadas. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE:1. Declarar VÁLIDA el Acta Electoral Nº 401027-37-H. 2. CONSIDERAR en el Acta Electoral Nº 401027-37- H, en los distritos y provincias indicados las siguientes cifras: MUNICIPAL VOTOS EN BLANCO AZANGARO 39 AZANGARO-ACHAYA 39 AZANGARO-ARAPA 39 AZANGARO-ASILLO 39 AZANGARO-CAMINACA 39 AZANGARO-CHUPA 39 AZANGARO-JOSÉ DOMINGO CHOQUEHUANCA39 AZANGARO-MUÑANI 39 AZANGARO-POTONI 39 AZANGARO-SAMAN 39 AZANGARO-SAN ANTON 39 AZANGARO-SAN JOSÉ 39 AZANGARO-SAN JUAN DE SALINAS 39 AZANGARO-SANTIAGO DE PUPUJA 39 AZANGARO-TIRAPATA 39 CARABAYA 39MUNICIPAL VOTOS EN BLANCO CARABAYA-AJOYANI 39 CARABAYA-AYA PATA 39 CARABAYA-COASA 39 CARABAYA-CORANI 39 CARABAYA-CRUCERO 39 CARABAYA-ITUATA 39 CARABAYA-OLLACHEA 39 CARABAYA-SAN GABAN 39 CARABAYA-USICAYOS 39 CHUCUITO 39 CHUCUITO-DESAGUADERO 39 CHUCUITO-HUACULLANI 39 CHUCUITO-KELLUYO 39 CHUCUITO-PISACOMA 39 CHUCUITO-POMATA 39 CHUCUITO-ZEPITA 39 EL COLLAO 39 EL COLLAO-CAPASO 39 EL COLLAO-CONDURIRI 39 EL COLLAO-PILCUYO 39 EL COLLAO-SANTA ROSA 39 HUANCANE 39 HUANCANE-COJATA 39 HUANCANE-HUATASANI 39 HUANCANE-INCHUPALLA 39 HUANCANE-PUSI 39 3. PRECISAR que las demás cifras del Acta Electoral Nº 401027-37-H se mantienen invariables. 4. REMITIR la presente resolución a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y DEVOLVER el ejemplar del Acta Electoral Nº 401027-37-H. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENAS MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAR SÁNCHEZ VILLANUEVA Gómez Valverde Secretario General (e) 1 Ley que modi fi ca la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del Año 2022 en el marco de la Lucha contra la COVID-19. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0927-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 30 de noviembre de 2021. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0981-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 6 de enero de 2022. 4 De acuerdo con el numeral 3.3.5 del Informe Nº 000061-2022-GITE/ONPE del 17 de mayo de 2022, la ONPE determina que la redacción correcta de las descripciones señaladas es: R: Total de votos es menor que el total de ciudadanos que votaron Y: Total de votos es menor que sufragantes calculados 2071853-1