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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2022 (28/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Sábado 28 de mayo de 2022 El Peruano / Distrito Fiscal de Cañete, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete. Artículo Cuarto.- Designar al abogado Anderson Manuel Rondón Ruiz, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cañete, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (i) 2071783-1 Dan por concluida designación de Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativo) de Tumbes, Distrito Fiscal de Tumbes, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 959-2022-MP-FN Lima, 27 de mayo de 2022VISTO:El ofi cio Nº 201-2022-P-JNJ, cursado por Henry José Ávila Herrera, Presidente de la Junta Nacional de Justicia. CONSIDERANDO: Que, a través del o fi cio de visto, se remiten las Resoluciones de la Junta Nacional de Justicia Nros. 005-2022-PLENO-JNJ y 486-2022-JNJ, de fechas 07 de enero y 25 de abril de 2022, respectivamente, mediante las cuales se dispuso, entre otros, destituir al señor José Jaime Mestas Ponce, Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes y declarar improcedente por extemporáneo el recurso de reconsideración interpuesto por el referido abogado, al haberse presentado fuera del término de ley previsto en la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia. Que, el artículo 2º de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, Ley Nº 30916, publicada el 19 de febrero del año 2019, establece la competencia material de la citada institución, pudiéndose apreciar entre ellas que el literal f) señala: “Aplicar la sanción de destitución a los jueces y fi scales, titulares y provisionales de todos los niveles (…)”. Asimismo, sobre la sanción disciplinaria de destitución, el artículo 45.1 de la referida Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, especí fi camente sus literales d) y e), indica “d) Contra la resolución que pone fi n al procedimiento solo cabe recurso de reconsideración, siempre que se acompañe nueva prueba instrumental dentro de un plazo de cinco (5) días útiles contados a partir del día siguiente de recibida la noti fi cación; e) Las resoluciones de destitución se ejecutan en forma inmediata, para que el miembro no desempeñe función judicial o fi scal alguna, desde el día siguiente de la publicación de la resolución en la página web institucional de la Junta Nacional de Justicia o la noti fi cación en forma personal en el domicilio consignado o en el correo electrónico autorizado por el miembro destituido, lo que ocurra primero. La interposición del recurso de reconsideración no suspende la ejecución de la resolución de destitución. El plazo para resolver el recurso de reconsideración es de sesenta días calendario”. Que, mediante Resolución Nº 008-2020-JNJ, de fecha 22 de enero del año 2020, se aprobó el Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia, cuyo artículo 67º señala: “Procede aplicar la sanción de destitución de los/las jueces/juezas y Fiscales Supremos; y, de o fi cio o a solicitud de la autoridad que corresponda, a los/las jueces/juezas y Fiscales de los demás niveles, especialidades y condición (…)”. El artículo 68º indica: “La destitución conlleva la cancelación del título de juez/jueza o Fiscal, según corresponda. El/la magistrado(a) destituido no puede reingresar a la carrera judicial o fi scal”. Que, conforme a las disposiciones glosadas, se establece que la Junta Nacional de Justicia, como organismo constitucionalmente autónomo, tiene entre sus atribuciones la de emitir actos de gravamen, como son las sanciones disciplinarias a magistrados, potestad que tiene rango constitucional reconocida en el artículo 154º de la Constitución Política, y dentro de ellas, tiene atribución especí fi ca (conforme el numeral 3) de imponer la sanción más gravosa, como es la destitución de magistrados de todas las instancias. Dicho dispositivo constitucional ha merecido rápidamente su desarrollo constitucional a través de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, Ley Nº 30916, la cual establece en su artículo 45.1, literal e), que la ejecución de dicha sanción es inmediata, sin que la interposición del recurso de impugnatorio de reconsideración resulte óbice para su ejecución. En ese sentido, corresponde dar por concluida la designación del abogado José Jaime Mestas Ponce, en el Despacho Fiscal que ocupa. Estando a lo expuesto y en atribución a las facultades conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado José Jaime Mestas Ponce, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativo) de Tumbes, Distrito Fiscal de Tumbes, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1846-2018-MP-FN, de fecha 06 de junio de 2018, conforme a la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 005-2022-PLENO-JNJ. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (i) 2071785-1 Designan Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 2º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 960-2022-MP-FN Lima, 27 de mayo de 2022VISTOS Y CONSIDERANDO:Que, mediante o fi cios Nros. 4052 y 4203-2022-MP- FN-PJFSLIMA, el abogado Luis Alberto Germaná Matta, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, solicita y rati fi ca su pedido de rotación del personal fi scal de su Distrito Fiscal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.