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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (04/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Viernes 4 de noviembre de 2022 El Peruano / DEFENSA Aprueban norma que regula el material y las medidas de la bandera nacional a ser izado en el palo más alto de las naves y artefactos navales con matrícula o pasavante peruano RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 829-2022 MGP/DICAPI 17 de octubre del 2022Visto, el Informe Técnico Nº 010-2022 del Director de Administración Marítima de fecha 26 de julio del 2022, mediante el cual remitió el proyecto de norma complementaria que regula el material y la medida de la bandera nacional. CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo Nº 1147, que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional - Dirección General de Capitanías y Guardacostas, tiene por objeto la administración de áreas acuáticas, las actividades que se realizan en el medio acuático, las naves, artefactos navales, instalaciones acuáticas y embarcaciones en general, las operaciones que éstas realizan y los servicios que prestan o reciben, con el fi n de velar por la seguridad de la vida humana en el mar, ríos y lagos navegables, la protección del medio ambiente acuático y reprimir las actividades ilícitas en el ámbito de su jurisdicción, en cumplimiento de las normas nacionales e instrumentos internacionales de los que el Perú es parte; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1147 aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2014-DE de fecha 26 de noviembre del 2014 (en adelante Reglamento), en su Primera Disposición Complementaria Final, faculta a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en su condición de Autoridad Marítima Nacional, a expedir normas complementarias que requiera la aplicación de lo dispuesto en el citado Reglamento descrito en el artículo precedente, aprobada mediante Resolución Directoral; Que, el artículo 626 del Reglamento, establece que toda nave y artefacto naval con matrícula o pasavante peruano, debe llevar izada en el palo más alto la bandera nacional, la cual tiene que ser del material y medidas establecidas por la Dirección General; así como, encontrarse en buen estado de aseo y conservación; Que, el artículo 627 del Reglamento, señala que se encuentran exceptuadas del uso de la bandera nacional las naves con un arqueo bruto inferior a 6.48, excepto en las zonas fronterizas en que sí están obligadas a su uso; asimismo, las naves y los artefactos navales que no cuenten con superestructura deben de llevar la bandera nacional pintada en ambas amuras; Que, mediante el Informe Técnico Nº 010-2022 del Director de Administración Marítima de fecha 26 de julio del 2022, luego de la evaluación realizada, recomienda aprobar la norma que regula el material y la medida de la bandera nacional a ser izado en el palo más alto de las naves y artefactos navales con matrícula o pasavante peruano; Que, con la fi nalidad de dar cumplimiento al artículo 626 del Reglamento, corresponde aprobar mediante Resolución Directoral la norma complementaria que regule las medidas y el material de la bandera nacional a ser izada en las naves con matrícula o pasavante peruano; Que, en el inciso (20), artículo 12 del Reglamento, señala que es función de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, emitir resoluciones administrativas sobre asuntos de su competencia; De conformidad a lo propuesto por el Jefe del Departamento de Normativa y Doctrina, a lo evaluado por el Director de Administración Marítima, el visto bueno del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica y a lo recomendado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la norma que regula el material y las medidas de la bandera nacional a ser izado en el palo más alto de las naves y artefactos navales con matrícula o pasavante peruano, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- La presente Resolución Directoral será publicada en el Portal Electrónico de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas - Autoridad Marítima Nacional (http://www.dicapi.mil.pe). Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral entra en vigencia a los DIEZ (10) días hábiles de su publicación en el Portal Electrónico de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas - Autoridad Marítima Nacional. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese como documento público. CÉSAR ERNESTO COLUNGE PINTO Director General de Capitanías y Guardacostas 2121472-1 ECONOMIA Y FINANZAS Resolución Directoral que modifica la Directiva N° 0002-2021-EF/54.01 “Directiva que regula los Actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles”, la Directiva N° 0003-2021-EF/54.01 “Disposiciones previas al arrendamiento de bienes inmuebles por parte de los ministerios, organismos públicos, programas y proyectos especiales”, y dicta otra disposición RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0004-2022-EF/54.01 Lima, 28 de octubre de 2022CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento, y tiene entre sus funciones ejercer la máxima autoridad técnico–normativa de dicho Sistema; aprobar la normatividad y los procedimientos que lo regulan; así como, programar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la gestión de las actividades que lo componen; Que, asimismo, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1439 establece que el Sistema Nacional de Abastecimiento comprende los siguientes componentes: (i) Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras; (ii) Gestión de Adquisiciones; y, (iii) Administración de Bienes, siendo que este último componente incluye a los bienes inmuebles y bienes muebles; Que, en dicho contexto, mediante Resolución Directoral N° 0009-2021-EF/54.01, se aprueba la Directiva N° 0002-2021-EF/54.01, “Directiva que regula los Actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles”, que tiene por objeto regular los actos de adquisición de predios y bienes inmuebles privados; así como, la disposición fi nal de bienes inmuebles de titularidad del Estado o de las entidades públicas para su adecuada gestión en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento; Que, mediante Resolución Directoral N° 0010- 2021-EF/54.01, se aprueba la Directiva N° 0003-2021-EF/54.01, “Disposiciones previas al arrendamiento de bienes inmuebles por parte de los ministerios, organismos públicos, programas y proyectos especiales”, que tiene por objeto establecer disposiciones previas al arrendamiento