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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (15/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Martes 15 de noviembre de 2022 El Peruano / predio inscrito en la Partida Electrónica N° 02085323 del Registro de Propiedad Inmueble de la O fi cina Registral de Jaen, de la Zona Registral N° II – Sede Chiclayo, de propiedad de los señores Luciano Troyes Rivera y Marleni Domínguez Sánchez; Que, a través del Informe N° 728-2022-SERNANP- DDE, la Dirección de Desarrollo Estratégico del SERNANP informa que la solicitud de renovación cumple con los requisitos solicitados en la Resolución Presidencial N° 162-2021-SERNANP, que establece las “Disposiciones Complementarias para el reconocimiento de las Áreas de Conservación Privada”; asimismo, se ha veri fi cado el cumplimiento de los compromisos de conservación durante la supervisión asumido por los titulares del Área de Conservación Privada “Gotas de Agua II”, y que los titulares han cumplido con presentar la Ficha Técnica correspondiente, por ello recomienda renovar su reconocimiento; Que, de conformidad con el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, la autoridad puede disponer en el mismo acto administrativo, que este tenga e fi cacia anticipada a su emisión, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo; Que, por lo expuesto, resulta procedente emitir la presente Resolución Ministerial que renueva el reconocimiento del Área de Conservación Privada “Gotas de Agua II”, con e fi cacia al 06 de octubre de 2022, conforme a la propuesta efectuada por el SERNANP; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por la Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM; y, las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación Privada, aprobadas por Resolución Presidencial N° 162-2021-SERNANP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Renovar por un periodo de diez (10) años, con e fi cacia al 06 de octubre de 2022, el reconocimiento del Área de Conservación Privada “Gotas de Agua II” efectuada mediante Resolución Ministerial N° 268-2012-MINAM, sobre una super fi cie de 7,50 hectáreas, del predio inscrito en la Partida Electrónica N° 02085323 del Registro de Propiedad Inmueble de la O fi cina Registral de Jaén, de la Zona Registral N° II – Sede Chiclayo, de propiedad de los señores Luciano Troyes Rivera y Marleni Domínguez Sánchez, ubicado en el distrito de Jaén, provincia de Jaén y departamento de Cajamarca; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Establecer como objetivo general del Área de Conservación Privada “Gotas de Agua II”, la conservación y protección de los Bosques Tropicales estacionalmente secos del Marañón – Chinchipe, de acuerdo a lo consignado en su Ficha Técnica. Artículo 3.- Las obligaciones que se derivan del reconocimiento de la citada Área de Conservación Privada son inherentes a la super fi cie reconocida como tal y el reconocimiento del área determina la aceptación por parte del propietario de las condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que, durante la vigencia del reconocimiento del Área de Conservación Privada, sean titulares o les sea otorgado algún derecho real sobre el mismo. Artículo 4.- Disponer que el SERNANP inscriba ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, las cargas de condiciones especiales de uso del Área de Conservación Privada “Gotas de Agua II”, reconocida por el periodo de diez (10) años, según el siguiente detalle: 1. Usar el predio para los fi nes de conservación por los cuales ha sido reconocido. 2. Brindar al representante del SERNANP, las facilidades que estén a su alcance para la supervisión del Área de Conservación Privada. 3. Cumplir con su Ficha Técnica (Plan Maestro), la misma que tiene una vigencia de 5 años renovables. 4. Presentar al SERNANP un informe anual respecto al cumplimiento de los compromisos establecidos en la Ficha Técnica (Plan Maestro). 5. Comunicar por escrito al SERNANP en caso de: a) cambio de domicilio legal del propietario o del representante legal en un periodo máximo de un mes; y, b) cambio de representante legal y/o transferencia de propiedad, en un periodo máximo de tres (3) meses de efectuada la operación, adjuntando la copia simple del contrato de compra venta, o testamento, adelanto de herencia, entre otros, así como los datos de los nuevos propietarios (nombre y apellido completo, DNI, dirección legal, correo electrónico, número telefónico o celular). 6. Cumplir con las demás obligaciones establecidas en la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 038-2001-AG, así como los compromisos asumidos ante el SERNANP y demás normas que se emitan al respecto. Artículo 5.- Lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no implica la convalidación de derecho real alguno sobre el área reconocida, así como tampoco constituye medio de prueba para algún trámite que pretenda la formalización de la propiedad ante la autoridad competente. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILBERT GABRIEL ROZAS BELTRÁN Ministro del Ambiente 2124576-1 DEFENSA Designan Jefe de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Estadística RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1506-2022-DE Lima, 14 de noviembre de 2022VISTOS: El O fi cio N° 04833-2022-MINDEF/SG de la Secretaría General; el O fi cio N° 04166-2022-MINDEF/VRD- DGRRHH de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe N° 00308-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC de la Dirección de Personal Civil; y, el Informe Legal N° 01852-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación en cargos de con fi anza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada norma, se efectúa mediante resolución ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente;