Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (15/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Martes 15 de noviembre de 2022 El Peruano / Resolución Suprema que tiene por objeto habilitar a favor de la organización y realización del IX Congreso Internacional de la Lengua Española, a desarrollarse en la ciudad de Arequipa en marzo de 2023 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 153-2022-RE Lima, 14 de noviembre de 2022 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 037-2022-RE, se declara de interés nacional la organización y realización del IX Congreso Internacional de la Lengua Española, a desarrollarse en la ciudad de Arequipa, en marzo de 2023, así como la realización de actividades y eventos previos y conexos, encargándose al Ministerio de Relaciones Exteriores la Coordinación General, del precitado evento; Que, conforme lo dispone el artículo 1 de la Ley N° 30154 -Ley que regula un procedimiento especial de contratación para la realización en el Perú de transmisiones del mando supremo y de cumbres internacionales declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de estado, jefes de gobierno, altos dignatarios y comisionados-, las contrataciones que efectúe el Ministerio de Relaciones Exteriores para atender la realización en el Perú de las trasmisiones de mando supremo, así como de cumbres internacionales y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de Estado, jefes de Gobierno, altos dignatarios y comisionados, declaradas previamente de interés nacional, mediante Resolución Suprema, se rigen por el procedimiento establecido en la citada Ley; Que, el literal c) del artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, dispone como uno de los supuestos excluidos del ámbito de aplicación de esa ley, las contrataciones que efectúe el Ministerio de Relaciones Exteriores para atender la realización en el Perú, de la transmisión del mando supremo y de cumbres internacionales previamente declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de Estado, jefes de Gobierno, así como de altos dignatarios y comisionados, siempre que tales contrataciones se encuentren por debajo de los umbrales establecidos en los tratados u otros compromisos internacionales que incluyan disposiciones en materia de contratación pública, de los que el Perú es parte; Que, en ese contexto y en su condición de país anfi trión, concierne al Perú llevar adelante la plani fi cación y ejecución de las tareas que se requieran para la organización y realización de las diversas actividades y eventos comprendidos en el marco del IX Congreso Internacional de la Lengua Española; razón por la cual, mediante Resolución Suprema, corresponde precisar que por la declaración de interés nacional de la organización y realización del IX Congreso Internacional de la Lengua Española, resulta de aplicación lo dispuesto en la Ley N° 30154, Ley que regula un procedimiento especial de contratación para la realización en el Perú de transmisiones del mando supremo y de cumbres internacionales declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de estado, jefes de gobierno, altos dignatarios y comisionados; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 30154, Ley que regula el procedimiento especial de contratación para la realización en el Perú de transmisiones de mando supremo y cumbres internacionales declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de estado, jefes de gobierno, altos dignatarios y comisionados; en la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE;SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto La presente Resolución Suprema tiene por objeto habilitar a favor de la organización y realización del IX Congreso Internacional de la Lengua Española, a desarrollarse en la ciudad de Arequipa en marzo de 2023, declaradas de interés nacional por Decreto Supremo N° 037-2022-RE, lo dispuesto en la Ley N° 30154, Ley que regula un procedimiento especial de contratación para la realización en el Perú de transmisiones del mando supremo y de cumbres internacionales declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de estado, jefes de gobierno, altos dignatarios y comisionados. Artículo 2.- Procedimiento especial de contratación En virtud de lo dispuesto en la Ley N° 30154, la declaración de interés nacional de la organización y realización del IX Congreso Internacional de la Lengua Española, a desarrollarse en la ciudad de Arequipa, en marzo de 2023, así como la realización de actividades y eventos previos y conexos, implica la aplicación del procedimiento especial de contratación establecido en dicha ley. Artículo 3.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrenda por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2125069-8 SALUD Aprueban versión actualizada del Documento Técnico: Plan de preparación y respuesta frente a la viruela del mono RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 909-2022/MINSA Lima, 11 de noviembre del 2022 Visto, el Expediente N° DIGERD20220000188, que contiene el Memorándum N° D000357-2022-DIGERD-MINSA, las Notas Informativas N° D000280-2022-DIGERD-MINSA y N° D000129-2022-DIGERD-UGRDS-MINSA, y los Informes N° D000001-2022-DIGERD-UGRDS-LOA-MINSA, N° D000002-2022-DIGERD-UGRDS-LOA-MINSA y N° D000009-2022-DIGERD-UGRDS-LOA-MINSA de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud; el Memorándum N° D000355-2022-OGPPM-MINSA y el Informe N° D000028-2022-OGPPM-OPEE-MINSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° D000229-2022-OGAJ-MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por lo tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, los numerales 1) y 3) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establecen que el Ministerio de