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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (15/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Martes 15 de noviembre de 2022 El Peruano / Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.3 del artículo 1 de la referida Ley, durante el Año Fiscal 2022, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modi fi car el Anexo B sin exceder el monto total por pliego señalado en dicho Anexo, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, lo que no comprende la inclusión de cuotas adicionales a las contempladas en el referido Anexo; Que, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el pago de las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo B: Cuotas internacionales, serán autorizadas mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, el Pliego Instituto Geográ fi co Nacional – IGN ha sustentado la necesidad de cumplir con el pago total de cuotas internacionales a favor del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, en la medida que se encuentra contemplado dicho concepto en el Anexo B de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, por la suma de S/ 11,278.00; sin embargo, el monto de la cuota para el Año Fiscal 2022 asciende a US$ 6,794.00 dólares americanos, equivalente a S/ 26,156.90 (VEINTISÉIS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS Y 90/100 SOLES), precisando que dicho monto se fi nanciará con cargo al presupuesto institucional del Pliego 332: Instituto Geográ fi co Nacional – IGN, fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, en ese sentido, corresponde emitir el Decreto Supremo que modi fi que el Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2022 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados del Pliego 332: Instituto Geográ fi co Nacional; a fi n de atender el pago de la cuota anual a favor del Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH); De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y, en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2022 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Pliego 332: Instituto Geográ fi co Nacional, respecto al siguiente organismo internacional: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA DEFENSA 332: Instituto Geográ fi co NacionalSoles S/ 26,156.90Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH) Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto Supremo se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 332: Instituto Geográ fi co Nacional. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores DANIEL HUGO BARRAGÁN COLOMA Ministro de Defensa 2125069-6