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27 NORMAS LEGALES Viernes 18 de noviembre de 2022 El Peruano / Aprueban séptima modificación de concesión otorgada a ENTELIN PERÚ S.A.C., con la finalidad de reducir de la zona N° 1 el área donde se ubica la localidad de Santa Rosa de Tioyacu, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0129-2022-MINEM/DGE Lima, 21 de julio de 2022VISTOS: El Expediente Nº 65347514 sobre concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el proyecto “Distribución de Energía Eléctrica mediante Sistemas Fotovoltaicos Domiciliarios en el Departamento de San Martín”, cuyo titular es ENTELIN PERÚ S.A.C., la solicitud de modi fi cación (reducción) de concesión presentada por dicha empresa; y, el Informe Nº 350-2022-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección de Concesiones Eléctricas del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 282-2014- MEM/DGE, se otorga a favor de ENTELIN Perú S.A.C. (en adelante, el CONCESIONARIO) concesión eléctrica rural (en adelante, CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante un conjunto de fuentes no convencionales de suministro (en adelante, la CONCESIÓN), suscribiéndose el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 042-2014 (en adelante, el CONTRATO). Que, mediante la Resolución Directoral Nº 290-2015- MEM/DGE, se aprueba a favor del CONCESIONARIO la primera modi fi cación al CONTRATO, incorporando el numeral 7.2.6 en la Cláusula Séptima, la Cláusula Décimo Octava, y el Anexo Nº 4, suscribiéndose la Primera Modi fi cación al CONTRATO. Que, mediante la Resolución Directoral Nº 330-2015- MEM/DGE, se aprueba a favor del CONCESIONARIO la segunda modi fi cación al CONTRATO, en lo referido a modi fi car la Cláusula Décimo Octava, y el Anexo Nº 4, suscribiéndose la Segunda Modi fi cación al CONTRATO. Que, mediante la Resolución Directoral Nº 097-2020- MEM/DGE, se cali fi ca como fuerza mayor las razones presentadas por ENTELIN, así como se aprueba la tercera modi fi cación al CONTRATO en lo referido a modi fi car el Calendario de Ejecución de Obras consignado en el Anexo Nº 4, suscribiéndose la Adenda Nº 03 al CONTRATO. Que, mediante la Resolución Directoral Nº 155-2021-MINEM/DGE, se aprueba a favor del CONCESIONARIO la cuarta modi fi cación al CONTRATO, en lo referido a modi fi car el Calendario de Ejecución de Obras consignado en el Anexo Nº 4, suscribiéndose la Adenda Nº 04 al CONTRATO. Que, mediante la Resolución Directoral Nº 166-2021-MINEM/DGE, se aprueba a favor del CONCESIONARIO la quinta modi fi cación de la CONCESIÓN, con la fi nalidad de reducir de la zona Nº 5 el área donde se ubica la localidad Flor de Selva, suscribiéndose la Adenda Nº 05 al CONTRATO. Que, mediante la Resolución Directoral Nº 198-2021-MINEM/DGE, se aprueba la sexta modi fi cación de la CONCESIÓN, con la fi nalidad de reducir de la zona Nº 12 las áreas de diecisiete (17) localidades que se ubican en el distrito de Bajo Biavo, suscribiéndose la Adenda Nº 06 al CONTRATO. Que, mediante documento con registro Nº 3195283, de fecha 12 de agosto de 2021, el CONCESIONARIO presenta a la Dirección General de Electricidad (en adelante, DGE), la solicitud de la séptima modi fi cación del CONTRATO, con la fi nalidad de excluir de la zona Nº 1 de su CONCESIÓN, el área donde se ubica la localidad de Santa Rosa de Tioyacu, distrito de Caynarachi, provincia de Lamas, departamento de San Martín, para que estas localidades se bene fi cien de la energía eléctrica proveniente de un proyecto de redes para que esta localidad se bene fi cie de la energía eléctrica proveniente de un proyecto de redes eléctricas convencionales cuya implementación a cargo de la Dirección Regional de Energía y Minas de la Región San Martín. Que, teniendo en cuenta lo señalado en el informe de Vistos, se veri fi ca que la solicitud de séptima modi fi cación de la CONCESIÓN, presentada por el CONCESIONARIO cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, por lo que procede aprobarla; y, en consecuencia, aprobar y autorizar la suscripción de la Adenda Nº 07 al CONTRATO, en los términos y condiciones que se describen en la Minuta correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; y, lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la séptima modi fi cación de la CONCESIÓN, con la fi nalidad de reducir de la zona Nº 1 el área donde se ubica la localidad de Santa Rosa de Tioyacu, así como aprobar la Adenda Nº 07 al CONTRATO, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, la Minuta de la Adenda Nº 07 mencionada, y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en concordancia con la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM. Artículo 3.- Disponer que el texto de la presente Resolución Directoral se inserte en la Escritura Pública a que dé origen la Adenda Nº 7 al CONTRATO, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en concordancia con la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM. Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución Directoral al CONCESIONARIO dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el diario o fi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, en concordancia con la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN AGUILAR MOLINA Director GeneralDirección General de Electricidad 2100981-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Director II de la Oficina de Tecnologías de la Información del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº D000153-2022-CONADIS-PRE Lima, 17 de noviembre del 2022