TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Viernes 25 de noviembre de 2022 El Peruano / De conformidad con lo establecido por la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simpli fi cación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1. Designar al/a la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Secretaria General, como Funcionario/a de Enlace, responsable de la coordinación y atención de los requerimientos de información del Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión (EESI) del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2. Noti fi car la presente Resolución Ministerial al Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión (EESI) del Ministerio de Economía y Finanzas y a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, para los fi nes pertinentes. Artículo 3. Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2128516-1 Aprueban diversas Normas Técnicas Peruana sobre aceite de castaña amazónica, análisis sensorial, microbiología de alimentos y productos de alimentación animal, vehículos de carretera, gas natural y otros RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 018-2022-INACAL/DN Lima, 22 de noviembre de 2022 VISTO: El acta de fecha 15 de noviembre de 2022 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes; Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y Textos Afi nes a las Actividades de Normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Productos agroindustriales de exportación, b) Métodos de ensayo para alimentos, c) Gas natural seco, d) Tecnología para el cuidado de la salud, e) Envase y embalaje, proponen aprobar 12 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y dejar sin efecto 08 Normas Técnicas Peruanas; sustentando ello en los informes que fi guran en los expedientes correspondientes; Que, mediante el Informe N°10-2022-INACAL/ DN.PN de fecha 09 de noviembre de 2022, la Dirección de Normalización señaló que los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, descritos en el considerando precedente han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224; Que, con base en los informes de los Comités Técnicos de Normalización y el informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización conformado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°088-2019-INACAL/PE y renovado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 37-2021-INACAL/PE; en sesión de fecha 15 de noviembre del año 2022, acordó por unanimidad aprobar 12 Normas Técnicas Peruanas, y dejar sin efecto 08 Normas Técnicas Peruanas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas, por los fundamentos de la presente resolución, conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 30224: NTP 012.302:2022 ACEITE DE CASTAÑA AMAZÓNICA. Requisitos. 1ª Edición NTP-ISO 5495:2022 Análisis sensorial. Metodología. Prueba de comparación por parejas. 2ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 5495:2010NTP-ISO 10399:2022 Análisis sensorial. Metodología. Prueba de dúo-trío. 2ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 10399:2010NTP-ISO 21527-2:2022 Microbiología de alimentos y productos de alimentación animal. Método horizontal para la enumeración de mohos y levaduras. Parte 2: Técnica de recuento de colonias en productos con actividad de agua inferior o igual a 0,95. 1ª Edición NTP-ISO 12614-1:2022 Vehículos de carretera. Componentes del sistema de combustible de gas natural licuado (GNL). Parte 1: Defi niciones y requisitos generales. 2ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 12614- 1:2019