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59 NORMAS LEGALES Viernes 25 de noviembre de 2022 El Peruano / existan variaciones en las funciones y/o requisitos de los perfi les de puestos contenidos en el MPP, debiendo ser sustentado por el órgano o unidad orgánica y refrendado por la o fi cina de recursos humanos” . Así también, en el literal b) del citado artículo 19, se señala que: “no se requiere opinión favorable por parte de SERVIR cuando se trata de la modi fi cación de funciones del per fi l que no afectan los requisitos del puesto” ; Que, con fecha 15 de febrero de 2022, se publica en el diario o fi cial El Peruano la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la Función Pública de Funcionarios y Directivos de Libre Designación y Remoción, la cual tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, publicado el 18 de mayo de 2022, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 31419, norma que establece las disposiciones para la adecuada aplicación de la referida Ley; Que, mediante el Informe Nº 00071-2022-OSINFOR/05.2.1, la Unidad de Recursos Humanos en aplicación de la Ley Nº 31419 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°053-2022-PCM, evaluó los puestos del MPP, identi fi cándolos para ser adecuados conforme a los requisitos establecidos en las normas acotadas, en atención a que ocupan cargos o puestos que realizan funciones de planeación, dirección, organización y evaluación, indistintamente de la denominación del cargo o puesto, y que lideran: Órgano de segundo nivel organizacional y unidad orgánica del tercer nivel organizacional; Que, a través del Informe N° 00049-2022-OSINFOR/04.1.1, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, emitió opinión técnica favorable respecto a la propuesta de modi fi cación; Que, mediante O fi cio Nº D00100-2022-OSINFOR/01.2, la Gerencia General solicitó a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se sirva evaluar y emitir opinión favorable sobre la modi fi cación de veintiún (21) per fi les de puestos del MPP del OSINFOR; Que, mediante O fi cio N° 698-2022-SERVIR-PE, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR remite el Informe Técnico 000191-2022-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, en la que evaluó el proyecto de modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos de los servidores civiles del OSINFOR, brindando su opinión favorable; Que, de conformidad con el literal b) del artículo 19, en concordancia con el literal e) del artículo 16 de la Directiva, la modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos - MPP debe ser aprobada por resolución del titular de la entidad, correspondiendo la publicación de la resolución que aprueba el MPP o sus modi fi catorias en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la entidad en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles después de su aprobación, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la referida Directiva; Que, el literal m) del artículo 5 de la Directiva señala que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2017-PCM, señala que la Gerencia General, es la máxima autoridad administrativa del OSINFOR, correspondiéndole emitir el acto resolutivo que aprueba la Modi fi cación del Manual de Per fi l de Puestos de la entidad; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos, Ofi cina de Administración, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR-PE que formalizó la aprobación de la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GPGSC “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos - MPP”; y, el Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2017-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el Manual de Per fi les de Puestos del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, aprobado con Resolución de Gerencia General Nº 028-2019-OSINFOR, en atención a la Ley N° 31419 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, en el extremo de veintiún (21) per fi les de puestos, de acuerdo a los formatos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución a la Unidad de Recursos Humanos del OSINFOR, a fi n de continuar con el desarrollo de las acciones conducentes al tránsito del nuevo régimen del servicio civil. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar (PTE) y en el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (www.gob.pe/osinfor), en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese,ALEJANDRO ALBERTO ROJAS SARAPURA Gerente GeneralOrganismo de Supervisión de los Recursos Forestalesy de Fauna Silvestre – OSINFOR 2128619-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Transferencia Financiera del Seguro Integral de Salud a favor de unidades ejecutoras, para el financiamiento de prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000220-2022-SIS/J La Victoria, 24 de noviembre del 2022VISTOS: El Informe N° 037-2022-SIS/GNF-SGF/ VHSN, los Memorandos N° 797 y N° 802-2022-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe 000025-2022-SIS/OGPPDO-DDZ y el Memorando N° 000993-2022-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, el Informe Legal N° 000531-2022-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Seguro Integral de Salud - SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, constituido en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad; Que, de conformidad con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, la transferencia de fondos o pagos que efectúe el SIS requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres