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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (25/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Viernes 25 de noviembre de 2022 El Peruano / VMCS/PNSU/4.2 de su Unidad de Gestión Territorial, solicita gestionar la Transferencia Financiera a favor la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Moquegua Sociedad Anónima (EPS MOQUEGUA S.A.), hasta por la suma de S/ 176 840,00 (CIENTO SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para la continuación de la supervisión de obra del proyecto de inversión con Código Único de Inversión (CUI): N° 2338414: “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Sistema de Disposición de Excretas en las Juntas Vecinales de: Santa Rosa, Omo y La Rinconada del Valle de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto - Moquegua”; Que, con el Memorándum N° 1391-2022-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remite el Informe N° 505-2022-VIVIENDA/OGPP-OP de su O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 176 840,00 (CIENTO SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS MOQUEGUA S.A., con la fi nalidad de fi nanciar la continuidad de la supervisión de obra del proyecto con CUI N° 2338414; Que, mediante el Informe N° 740-2022-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto por el literal d) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, resulta legalmente viable se expida la Resolución Ministerial que autorice la Transferencia Financiera a favor de la EPS MOQUEGUA S.A.; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 176 840,00 (CIENTO SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS MOQUEGUA S.A., para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS MOQUEGUA S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de S/ 176 840,00 (CIENTO SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Moquegua Sociedad Anónima - EPS MOQUEGUA S.A., destinada a fi nanciar la continuación de la supervisión de obra del proyecto de inversión con Código Único de Inversión N° 2338414: “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Sistema de Disposición de Excretas en las Juntas Vecinales de: Santa Rosa, Omo y La Rinconada del Valle de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto - Moquegua”. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2022 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital y Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos, conforme a lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se trans fi eren los recursos, en el marco de lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR PANIAGUA CHACÓN Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2128920-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, para que ejecute servicios de control concurrente en gastos de inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 336-2022-VIVIENDA Lima, 24 de noviembre de 2022 VISTOS:El Memorándum N° 1403-2022-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 742-2022-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante la Resolución Ministerial N° 395-2021-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 031 890 339,00 (TRES MIL TREINTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, conforme a la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y modi fi catoria, la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los Pliegos del Gobierno Nacional, entre otros, bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, sea objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, según lo dispuesto en los numerales 1.2 y 1.3 del artículo 1 de la citada Ley N° 31358, el control concurrente