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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (06/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 166

166 NORMAS LEGALES Jueves 6 de octubre de 2022 El Peruano / deben permitir supervisar su efectiva aplicación, en los tres niveles de gobierno; Que, en su oportunidad, mediante Ordenanza Nº 249- MSI, se aprobaron Instrumentos de Gestión Ambiental local del distrito de San Isidro, entre ellos el Plan de Acción Ambiental Local 2009-2019; Que, por su parte, mediante Resolución de Alcaldía N° 157, de fecha 04 de agosto de 2020, se designa a los integrantes de la Comisión Ambiental Municipal del distrito de San Isidro - CAM de San Isidro, la cual estará conformada por los siguientes miembros: Municipalidad de San Isidro, PETROPERU S.A., Inversiones Centenario S.A.A, POCH PERU S.A (actualmente WSP Perú Consultoría S.A.), Supermercados Peruanos S.A., El Paci fi co Peruano Suiza CIA Seguros y Reaseguros S.A., y los representantes de los Sectores Vecinales 1, 2, 3, 4 y 5; Que, conforme se indica en el Informe Nº 083- 2022-EVJ de la Subgerencia de Gestión Ambiental, con fecha 12 de noviembre de 2020, ocho (08) de los once (11) integrantes de la CAM de San Isidro, se reunieron virtualmente con el propósito de participar, concertar y brindar aportes correspondientes acerca de la propuesta del Plan de Acción Ambiental Local de la Municipalidad de San Isidro, quienes a través de votación virtual validaron y aceptaron por mayoría el mencionado Plan, tal como consta en el Acta Virtual de dicha reunión de la misma fecha; Que, mediante Memorándum Nº 443-2022-1600- GDAS/MSI, de fecha 19 de agosto de 2022, la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible remite la propuesta de Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Ambiental Local de la Municipalidad de San Isidro 2022-2025, elaborado por la Subgerencia de Gestión Ambiental, que se encuentra de conformidad con el Plan validado y aceptado por la CAM de San Isidro; Que, el Plan de Acción Ambiental Local, es un instrumento de plani fi cación local de largo plazo, el cual se establece para guiar la gestión de la calidad ambiental, el aprovechamiento sostenible y conservación de los recursos naturales y el mayor bienestar de la población y de esa forma aportar con la mejora de la calidad de vida de los habitantes, a través de más y mejores condiciones de cuidado al ambiente en el ámbito local; Que, dentro de la importancia de la aprobación del Plan de Acción Ambiental Local de la Municipalidad de San Isidro 2022-2025 se tiene que el mismo, como instrumento de gestión, permitirá articular estrategias orientadas a mejorar la calidad ambiental del distrito, las cuales están establecidas en la Política de Sostenibilidad, aprobada con la Ordenanza N° 431-MSI, y la Política Ambiental Local, así como permitirá establecer metas a corto plazo que serán plasmadas en la Agenda de Acción Ambiental; Que, entre los efectos de la aprobación del Plan de Acción Ambiental Local de la Municipalidad de San Isidro 2022-2025 se tiene que, por el mismo, se podrá generar un instrumento de plani fi cación ambiental local a largo plazo, y la forma de cómo la municipalidad y la sociedad civil van a trabajar para solucionar sus principales problemas ambientales, y fortalecer la gestión ambiental del distrito, contribuyendo a la protección del ambiente y a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en la jurisdicción, mejorando la calidad de vida, a través de la promoción de un ambiente sano; Que, en este contexto, teniendo en cuenta que el Plan de Acción Ambiental Local 2009-2019, aprobado mediante Ordenanza Nº 249-MSI no se encuentra vigente, conforme a las atribuciones y competencias establecidas en los artículos 9°, numeral 7, y 73°, numeral 3, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal la aprobación mediante Ordenanza del Plan de Acción Ambiental Local de la Municipalidad de San Isidro 2022-2025, el cual cuenta con la aceptación de la CAM de San Isidro; Que, contado con la opiniones favorables emitidas por la Subgerencia de Gestión Ambiental, la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y la Gerencia de Asesoría Jurídica, según los documentos de los vistos, y; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los numerales 7 y 8 del artículo 9°, y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por mayoría y con la dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN AMBIENTAL LOCAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO 2022-2025 Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE ACCIÓN AMBIENTAL LOCAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO 2022-2025, el mismo que se encuentra contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible y a la Subgerencia de Gestión Ambiental, la implementación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General disponga la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión y publicación de la norma y su Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munisanisidro.gob.pe). Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.Dado en San Isidro a los 23 días del mes de septiembre de 2022. AUGUSTO CÁCERES VIÑAS Alcalde 2112482-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYABACA Aprueban la suspensión del Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ayabaca (Se publica el Acuerdo de la referencia, a solicitud de la Municipalidad Provincial de Ayabaca, mediante O fi cio N° 007-2022-MPA-SG, recibido el 5 de octubre de 2022) ACUERDO DE CONCEJO Nº 084-2021-MPA-“C” Ayabaca, 8 de noviembre del 2021EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYABACA VISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 025 de fecha 08 de noviembre del 2021, la suspensión en el cargo de Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ayabaca del señor Baldomero Marchena Tacure, por mandato de prisión preventiva; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º prescribe: Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los