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14 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2022 El Peruano / cumplimiento de los objetivos para la participación en la referida feria; así como reuniones de coordinación con la O fi cina Comercial del Perú en el Exterior, con sede en San Pablo, a fi n de evaluar los resultados de la feria; Que, es importante la participación de PROMPERÚ en esta feria, debido el alto grado de especialización y por concentrar a la mayor cantidad de importadores pesqueros de todos los países latinoamericanos, lo que permitirá un encuentro de actualización y negocios entre productores, proveedores, mataderos, minoristas, mayoristas, food service, distribuidores, importadores, exportadores y fabricantes de maquinaria auxiliar; Que, por tal razón, la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ ha solicitado se autorice la comisión de servicios al exterior de la señora Jhoselyn Cilenne Guevara Rojas, quien labora en la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de PROMPERÚ realice acciones para la promoción de las exportaciones en la Feria antes señalada; Que, la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a los recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Jhoselyn Cilenne Guevara Rojas, a la ciudad de San Pablo, República Federativa de Brasil, del 15 al 20 de octubre de 2022, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la feria que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución, realizando acciones de promoción de las exportaciones. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ fi caViáticos día US$Nro. díasTotal Viáticos US$ Jhoselyn Cilenne Guevara Rojas1 550,31América del Sur370,00 6 2 220,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará al Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2112776-1CUL TURA Delegan facultad en el/la Director/a de la Oficina General de Administración y la incorporan en la Resolución Ministerial N° 000380-2021-DM/MC RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000315-2022-DM/MC San Borja, 5 de octubre del 2022VISTO; el Informe N° 000843-2022-OGAJ/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 000380- 2021-DM/MC, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 000049-2022-DM/MC, N° 000060-2022-DM/MC, N° 000184-2022-DM/MC y N° 000294-2022-DM/MC, se delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio, durante el Ejercicio Fiscal 2022; Que, el numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31367, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2022 dispone transferir a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, el total de los derechos y acciones de las cuentas por pagar que distintas entidades del Estado mantienen frente a la Empresa Nacional de Edifi caciones en Liquidación - ENACE, derivadas de los procesos judiciales por concepto de pago de alícuotas a que se re fi ere el artículo 13 del Decreto Ley 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley 19990; y el numeral 16.3 del referido artículo señala que ENACE suscribe con las entidades del Estado deudoras a que se re fi ere el numeral 16.1, las respectivas Actas de Conciliación en las que se determinarán los montos adeudados; Que, de acuerdo al artículo 35 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, la Oficina General de Administración es el órgano de administración interna encargado de gestionar los recursos financieros y de logística para asegurar una eficiente y eficaz gestión institucional del Ministerio de Cultura, incluyendo a sus órganos, unidades orgánicas, órganos desconcentrados y programas y proyectos adscritos. Tiene a su cargo organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la correcta aplicación de los Sistemas Administrativos de Personal, Abastecimiento, Tesorería y Contabilidad, del Control Patrimonial; de la infraestructura y mantenimiento y la ejecución coactiva; Que, en atención a las competencias de la O fi cina General de Administración, se considera pertinente que el Titular de la Entidad delegue en el/la Director/a de la Ofi cina General de Administración, la facultad de suscribir el Acta de Conciliación establecida en el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 31367, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, en tal sentido, resulta necesario incorporar el literal d) en el numeral 4.6 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 000380-2021-DM/MC y modi fi catorias;