TEXTO PAGINA: 12
12 NORMAS LEGALES Sábado 8 de octubre de 2022 El Peruano / Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001831-2022/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Circular con referencia Nº 1/EDRM/FCS/ PCB/AG2022, de fecha 15 de julio de 2022, la Secretaría General de la Organización Internacional de Policía Criminal - INTERPOL, extiende invitación a los países miembros de la citada Organización, para que participen en la “90ª Reunión de la Asamblea General de INTERPOL”, a llevarse a cabo de 18 al 21 de octubre de 2022, a la ciudad de Nueva Delhi de la República de la India; Que, con Informe Nº 385-2022-COMASGEN CO PNP- DIRASINT-PNP/INTERPOL-LDEPICJE, de fecha 29 de agosto de 2022, la O fi cina Central Nacional del INTERPOL - Lima de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú sustenta la importancia y viabilidad de la participación del General de Policía Raúl Enrique Alfaro Alvarado y de los Coroneles de la Policía Nacional del Perú Anthony William Cortijo Salinas y Julio Oscar Mariño Ripa, en el referido evento internacional; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 279-2022-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 24 de setiembre de 2022, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía Raúl Enrique Alfaro Alvarado y de los Coroneles de la Policía Nacional del Perú Anthony William Cortijo Salinas y Julio Oscar Mariño Ripa, del 15 al 22 de octubre de 2022, a la ciudad de Nueva Delhi de la República de la India, para que participen en la “90ª Reunión de la Asamblea General de INTERPOL”, considerando que es importante la participación de la Policía Nacional del Perú en actividades y coordinaciones con sus similares de instituciones policiales extranjeras, al ser una reunión productiva por el intercambio de experiencias y técnicas entre los representantes de los países miembros; del mismo modo, se busca fortalecer la cooperación internacional en materia de seguridad, prevención y lucha contra la delincuencia organizada transnacional; Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)” ; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002- 2004-DE/SG (…)” ; Que, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)” ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento” ; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)” ; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía Raúl Enrique Alfaro Alvarado y de los Coroneles de la Policía Nacional del Perú Anthony William Cortijo Salinas y Julio Oscar Mariño Ripa, del 15 al 22 de octubre de 2022, a la ciudad de Nueva Delhi de la República de la India; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía Raúl Enrique Alfaro Alvarado y de los Coroneles de la Policía Nacional del Perú Anthony William Cortijo Salinas y Julio Oscar Mariño Ripa, del 15 al 22 de octubre de 2022, a la ciudad de Nueva Delhi de la República de la India, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Moneda Importe Días Personas Total Viáticos US$ 500,00 43 6 000,00 Pasajes Aéreos US$ 5 160,00 3 15 480,00 Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILLY ARTURO HUERTA OLIVAS Ministro del Interior 2113524-1