TEXTO PAGINA: 19
19 NORMAS LEGALES Sábado 8 de octubre de 2022 El Peruano / la creación de nuevos Santuarios, y el reconocimiento y apoyo a las declaraciones de áreas de protección o fi cial para los cetáceos; Que, por cuestiones de itinerario, la Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Alejandra Ximena Paz Ramos, Jefa del Departamento de Organismos Marítimos Especializados, de la Dirección de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, viajará a la ciudad de Portorož, República de Eslovenia, del 14 al 24 de octubre de 2022; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Alejandra Ximena Paz Ramos, Jefa del Departamento de Organismos Marítimos Especializados, de la Dirección de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a la ciudad de Portorož, República de Eslovenia, del 14 al 24 de octubre de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior y Código POI: AOI00004500230 Preservación y Defensa de la Soberanía Marítima, así como Resguardo de los Intereses del Perú vinculados a Aguas Internacionales Transfronterizas, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Alejandra Ximena Paz Ramos2,727.51 540.00 5+2 3,780.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje previsto, se han adicionado dos (2) días de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios, posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2113218-1SALUD Autorizan viaje de profesional del CENSOPAS a Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 792-2022/MINSA Lima, 6 de octubre de 2022 Visto, el Expediente 2022-0046709 que contiene el Ofi cio N° 2324-2022-JEF-OPE/INS del Instituto Nacional de Salud, el Informe N° 172-2022-DG-OGA/INS de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud y la Nota Informativa N° D000248-2022-OGAJ-MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio N° 1945-2022-JUS/PGE-PPES, de fecha 26 de setiembre de 2022, la Procuraduría Pública Especializada Supranacional de la Procuraduría General del Estado solicita al Ministerio de Salud que el señor Jonh Maximiliano Astete Cornejo, profesional del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente para la Salud – CENSOPAS del Instituto Nacional de Salud, asista como declarante a la audiencia pública sobre el Caso CDH-34-2021 – Comunidad de La Oroya vs Perú, en trámite ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a llevarse a cabo del 12 al 13 de octubre de 2022, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay; Que, la concurrencia de dicho profesional a la citada audiencia tiene como objetivo expresar las fuentes de exposición a metales pesados que existen (naturales y antropogénicas) en La Oroya, la evolución de los resultados de los dosajes a las presuntas víctimas y la forma en que se realiza el manejo y la interpretación de datos destinados a exámenes o evaluaciones médicas, lo cual coadyuvará en la posición que sostiene el Estado peruano frente a la Corte IDH; Que, a través del O fi cio N° 2324-2022-JEF-OPE/ INS se solicita la autorización de viaje al exterior del señor Jonh Maximiliano Astete Cornejo, profesional del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente para la Salud – CENSOPAS del Instituto Nacional de Salud, a fi n que asista a la audiencia antes mencionada; Que, con Informe N° 172-2022-DG-OGA/INS la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud señala que los gastos que irroga dicho viaje al exterior, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 131: Instituto Nacional de Salud, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000003083; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autoriza conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y su Reglamento;