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13 NORMAS LEGALES Sábado 8 de octubre de 2022 El Peruano / Designan Director General de la Dirección General de Seguridad Democrática RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1452-2022-IN Lima, 6 de octubre de 2022CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a General de la Dirección General de Seguridad Democrática del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Con el visado del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JUAN ESTEBAN ASMAT BUCALO, en el cargo de Director General de la Dirección General de Seguridad Democrática del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILLY ARTURO HUERTA OLIVAS Ministro del Interior 2113529-1 Designan Director de la Dirección de Prevención y Gestión de Conflictos Sociales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1453-2022-IN Lima, 6 de octubre de 2022 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Prevención y Gestión de Con fl ictos Sociales de la Dirección General de Orden Público del Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Con el visado del Despacho Viceministerial de Orden Interno, de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor WIBER JOSSEF VEGA MENDOZA, en el cargo de Director de la Dirección de Prevención y Gestión de Con fl ictos Sociales de la Dirección General de Orden Público del Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILLY ARTURO HUERTA OLIVAS Ministro del Interior 2113531-1 PRODUCE Establecen límite máximo total de captura del recurso perico, aplicable a la temporada de pesca 2022 - 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00334-2022-PRODUCE Lima, 6 de octubre de 2022VISTOS: El O fi cio N° 001019-2022-IMARPE/PCD del Instituto del Mar del Perú – IMARPE; el Informe N° 00000435-2022-PRODUCE/DPO de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; y, el Informe N° 00001179-2022-PRODUCE-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca en su artículo 2 establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación y que, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9 de la misma Ley señala que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias cientí fi cas disponibles y de factores socioeconómicos determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos, y que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio; Que, el artículo 5 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, prevé que el ordenamiento pesquero se aprueba mediante reglamentos que tienen como fi nalidad establecer los principios, las normas y medidas regulatorias aplicables a los recursos hidrobiológicos que deban ser administrados como unidades diferenciadas; Que, con Resolución Ministerial N° 245-2014-PRODUCE se establece la temporada pesca del recurso perico o dorado ( Coryphaena hippurus) a nivel nacional, en el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de abril de cada año, quedado prohibido realizar actividades extractivas del citado recurso desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre de cada año; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2021-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Perico (Coryphaena hippurus) , en adelante el ROP de Perico, que tiene como uno de sus objetivos adoptar medidas para la conservación del recurso perico y el desarrollo sostenible de la actividad pesquera en armonía con el ambiente; Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del ROP de Perico señala que el Ministerio de la Producción, sobre la base de información cientí fi ca disponible que proporciona el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, establece para cada temporada de pesca el Límite Máximo Total de Captura (LMTC) del recurso perico;