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17 NORMAS LEGALES Sábado 8 de octubre de 2022 El Peruano / que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la Ofi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, dicho dispositivo legal señala que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriendo el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; indicando además que, la resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 237- 2021-CG, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Locales, universidades, proyectos/programas y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a favor de la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, en ese sentido, con el O fi cio Nº 000756-2021- CG/GAD de fecha 17 de diciembre de 2021, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República solicita al IMARPE efectuar la transferencia fi nanciera por los periodos 2021 y 2022, para el pago del derecho de designación y presentación de información, a efectos de que la Contraloría General de la República, efectúe el Concurso Público de Méritos que corresponde, requiriéndose para ello de la transferencia de la suma de S/ 137,748.00 (Ciento Treinta y Siete Mil Setecientos Cuarenta y Ocho con 00/100 Soles); Que, mediante Memorándum Nº 160-2022-IMARPE/ AFC de fecha 8 de agosto de 2022, el Área Funcional de Contabilidad, señala que debe gestionarse la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por el monto de S/ 137,748.00 (Ciento Treinta y Siete Mil Setecientos Cuarenta y Ocho con 00/100 Soles), para lo cual solicita opinión presupuestal favorable para ejecutar dicho requerimiento; Que, con Memorándum Nº 208-2022-IMARPE/OGPP de fecha 10 de agosto de 2022, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la transferencia fi nanciera para la designación de la Sociedad de Auditoría correspondiente, para los períodos 2021 y 2022, a efectos de que la Contraloría General de la República, efectúe el Concurso Público de Méritos que corresponde, requiriéndose para ello de la transferencia de la suma de S/ 137,748.00 (Ciento Treinta y Siete Mil Setecientos Cuarenta y Ocho con 00/100 Soles), correspondiente a la Meta Presupuestal 0033550 Administración de Recursos Humanos Financieros y Logísticos; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 223-2022-IMARPE/OGAJ de fecha 16 de agosto de 2022, opina que resulta jurídicamente viable aprobar la transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para la designación de la Sociedad de Auditoría correspondiente, para los períodos 2021 y 2022, a efectos de que la Contraloría General de la República, efectúe el Concurso Público de Méritos que corresponde, toda vez que cumple con lo establecido en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la transferencia a favor de la Contraloría General de la República, para la designación de la Sociedad de Auditoría correspondiente, para los períodos 2021 y 2022, a efectos de que la Contraloría General de la República, efectúe el Concurso Público de Méritos que corresponde, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, por lo que corresponde emitir la presente Resolución; Con el visado de la Gerencia General y de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Administración y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú - IMARPE hasta por la suma de S/ 137,748.00 (Ciento Treinta y Siete Mil Setecientos Cuarenta y Ocho con 00/100 Soles) a favor de la Contraloría General de la República, para la designación de la Sociedad de Auditoría correspondiente, para los períodos 2021 y 2022. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- La O fi cina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para las cuales se autoriza la presente transferencia fi nanciera. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano“ y en el portal web de la entidad: http://www.imarpe.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENATO GUEVARA CARRASCO Director Ejecutivo Cientí fi co 2113522-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionarios a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0589-2022-RE Lima, 6 de octubre de 2022VISTOS: La Memoranda (DSL) N° DSL01135/2022 y DSL01143/2022 de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 26 y 27 de setiembre de 2022, respectivamente; la Hoja de Trámite (GAC) N° 3501 del Despacho Viceministerial, de 27 de setiembre de 2022; el Memorándum (OPP) N° OPP02009/2022 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 3 de octubre de 2022, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum (OAP) N° OAP02140/2022 de la O fi cina de Administración de Personal, de 3 de octubre de 2022; CONSIDERANDO:Que, en cumplimiento del comunicado conjunto suscrito el 13 de agosto de 1999 y del Acuerdo de Canje de notas de 17 de octubre de 2000 entre el Perú y el Ecuador, se creó la Comisión Mixta Permanente de Fronteras Perú - Ecuador (COMPEFEP), instancia de nivel político cuya fi nalidad es inspeccionar la línea de frontera, realizar labores de reparación, reposición y densi fi cación