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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (11/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Martes 11 de octubre de 2022 El Peruano / carácter general, aprobado por del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, siendo innecesaria la pre publicación por cuanto la propuesta normativa tiene como fi nalidad salvaguardar y garantizar los derechos de los ciudadanos, así como mejorar los servicios brindados por los locales y establecimientos comerciales dentro de la jurisdicción del Distrito de Villa El Salvador; Que, con Informe N° 241-2022-OAJ/MVES la O fi cina de Asesoría Jurídica, teniendo en consideración los lineamientos técnicos y legales establecidos, en el literal e) de la Nota Complementaria del Anexo N° 3 de la Ordenanza N°933-MML, Ordenanza que aprueba el reajuste integral de la zoni fi cación de los usos del suelo de una parte del distrito de Villa El Salvador conformante del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana y el Segundo Párrafo de la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 1568-MML, Ordenanza que establece el nuevo Régimen Municipal que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas, alcohol metílico y bebidas adulteradas; emite opinión legal precisando que resulta procedente la aprobación del proyecto de “Ordenanza que regula el horario de Establecimientos Comerciales y otros establecimientos en el distrito de Villa El Salvador”, por lo que concluye que deberá ponerse en consideración del Concejo Municipal para su aprobación, al amparo de lo establecido en el numeral 8) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Memorando N° 855-2022-GM/MVES la Gerencia Municipal remite a la O fi cina de Secretaría General, los actuados administrativos respecto al proyecto de “Ordenanza que regula el horario de Establecimientos Comerciales y otros establecimientos en el Distrito de Villa El Salvador”, a fi n de ponerlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación, de conformidad con lo establecido en el numeral 14.20) del artículo 14° de la Ordenanza N° 441-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, que establece como función administrativa y ejecutora de la Gerencia Municipal, entre otras la de: “Proponer al/la alcalde/sa, aquellos temas que requieran ser incluidos en la agenda de las sesiones del Concejo Municipal”; Estando a los informes técnicos y legales señalados en los considerandos precedentes y al Dictamen N° 001-2022-CDEyE-MVES de la Comisión de Desarrollo Económico y Empresarial, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Pleno de Concejo Municipal aprobó por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL HORARIO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y OTROS ESTABLECIMIENTOS EN EL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR DISPOSICIONES GENERALES Artículo Primero.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza será de aplicación en la jurisdicción del distrito de Villa El Salvador, siendo de estricto cumplimiento para las Personas Naturales y Jurídicas, sean públicas o privadas, que realicen actividades en establecimientos y locales comerciales. Artículo Segundo.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como objetivo la regulación del Horario de funcionamiento de los establecimientos y locales comerciales autorizados dentro del Distrito de Villa El Salvador, el cual aplicará para las Licencias de Funcionamiento y Certi fi cados de Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones (ITSE) autorizadas, como las que se emitan a partir de la vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- HORARIO DE FUNCIONAMIENTO GIROS NOMENCLATURA HORARIOS Mercado de Abasto (Excepción días festivos o eventos con autorización) Horario Ordinario Lunes a Domingo06:00-21:00 horas Bodegas, Panaderías, Pastelerías u otros a fi nes de naturaleza a temperatura temprana06:00-23:00 horas Establecimientos de Comida Rápida o Comida al Paso, Fuente de Soda y A fi nes.08:00-23:00 horas Avícolas (Bene fi cio de Aves) de acuerdo a la zoni fi cación Horario Ordinario Lunes a Domingo 21:00 - 10:00 horas Galerías Comerciales, Centros Comerciales, Zapaterías, Bazares, Cabinas de Internet, Supermercados, Minimarket.Horario Ordinario Lunes a Domingo 08:00-22:00 horas Ferreterías Horario Ordinario Lunes a Domingo 08:00-20:00 horas Gimnasio y Canchas Deportivas (s/venta de bebidas alcohólicas)Horario Ordinario Lunes a Domingo 05:00-23:00 horas Licorerías (solo para venta de bebidas alcohólicas, sin consumo)Horario Ordinario Lunes a Domingo 10:00-23:00 horas Ofi cinas Administrativas y A fi nes Horario Ordinario Lunes a Sábado08:00-18:00 horas Prestación de Servicios profesionales en general (Consultorio Médico, Odontológico) u otros.08:00-21:00 horas Restaurantes con Venta de bebidas alcohólicas / complemento de comidas y/o Establecimiento con Venta de Comida en general: Chifas, Pollerías; Entre otros.Horario Ordinario Lunes a Domingo 08:00-24:00 horas Restaurant - Chicharronería Horario Ordinario Lunes a Domingo 06:00-21:00 horas Cevicherías Horario Ordinario Lunes a Domingo 10:00-21:00 horasServicios de Car-Wash (Lavado de Autos) Horario Ordinario Lunes a Domingo 08:00-18:00 horas Discotecas, Videos-Pubs, Pubs-Karaokes, Salón de Recepciones y Bailes (Espectáculos de carácter Recreativo c/expendio de venta de licor)Horario Extendido Lunes a Domingo 19:00-03:00 horas Establecimientos orientados al mantenimiento y reparación de vehículos automotores, carpinterías, imprentas y reparaciones en generalHorario LimitadoLunes a Viernes08:00 - 18:00horas 08:00 -16:00 horas Sábado