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42 NORMAS LEGALES Martes 11 de octubre de 2022 El Peruano / que cumplan con el pago de sus multas administrativas, motivo por el cual esta prórroga, cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Asuntos Jurídicos a través de Informe de Visto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º inciso 6 y artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR con e fi cacia anticipada al 01 de setiembre de 2022 el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 636/MDC “Ordenanza que aprueba el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (C.U.I.S.) y Bene fi cios de Descuentos de Multas Administrativas”, las cuales podrán ser canceladas hasta el 31 de octubre de 2022. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Fiscalización y Transporte, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General disponga su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob.pe), y a la Subgerencia de Comunicaciones, la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAÚL DÍAZ PÉREZ Alcalde 2113864-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ordenanza que regula el horario de Establecimientos Comerciales y otros establecimientos en el distrito de Villa El Salvador ORDENANZA Nº 470-MVES Villa El Salvador, 1 de septiembre del 2022POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen N° 001-2022-CDEyE-MVES de la Comisión de Desarrollo Económico y Empresarial, el Memorando Nº 855-2022-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe N° 241-2022-OAJ/MVES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 056-2022- GDEL/MVES de la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias, sobre proyecto de “Ordenanza que regula el horario de Establecimientos Comerciales y otros establecimientos en el distrito de Villa El Salvador”, y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194° modi fi cada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que: “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.”; asimismo, el artículo 36° de la mencionada Ley, señala que: “Los gobiernos locales promueven el desarrollo económico de su circunscripción territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia social.”; Que, el numeral 8) del Artículo 9° de la Ley citada en el considerando precedente, establece como atribuciones del Concejo Municipal, la de: “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; en tanto, el artículo 40º, establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. (…)”; siendo que son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, conforme lo dispone el artículo 46° de la citada norma; Que, mediante Ordenanza N° 933-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba el reajuste integral de los usos de suelo de una parte de Villa El Salvador, conformante del área de tratamiento normativo I de Lima Metropolitana; asimismo, su Anexo N° 3 denominado Índice de usos para la ubicación de actividades urbanas, señala en su literal e) de la Nota Complementaria, lo siguiente: “e) Las Municipalidades Distritales deberán de fi nir las condiciones especí fi cas de funcionamiento de las actividades urbanas como son: requerimiento de estacionamientos, horarios de funcionamiento, parámetros máximos de ruidos, condiciones de seguridad física, características y acabados mínimos de las instalaciones u otra que se consideren necesarias”; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima con Ordenanza N° 1568-MML, Ordenanza que establece el nuevo régimen municipal que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas, alcohol metílico y bebidas adulteradas, señala en su Segundo párrafo de la Cuarta Disposición Transitoria y Final: “(…) Las Municipalidades Distritales de Lima Metropolitana adecuarán de manera progresiva sus normas a lo previsto en la presente ordenanza, a fi n de lograr una regularización uniforme sobre las disposiciones referidas a la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas, en un plazo que no excederá los tres años”; Que, mediante Informe N° 056-2022-GDEL/MVES, la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias, sustenta la necesidad de aprobar una Ordenanza, que regule el horario de funcionamiento de los Establecimientos y Locales Comerciales autorizados dentro del Distrito de Villa El Salvador; es por ello que, teniendo en consideración las opiniones de las diferentes Unidades Orgánicas como son la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, la Subgerencia de Serenazgo, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoría Coactiva, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa y de la Subgerencia de Limpieza Pública, Parques y Evaluación Ambiental; así como lo facultado con la Ordenanza N° 933-MML en el sentido que la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, pueda de fi nir los horarios de funcionamiento de los Establecimientos Comerciales y otros establecimientos del distrito; y conforme lo dispone la Ordenanza N° 1568-MML; presenta proyecto de Ordenanza denominado “Ordenanza que regula el horario de Establecimientos Comerciales y otros establecimientos en el Distrito de Villa El Salvador”, la misma que establecería horarios diferenciados de funcionamiento a los Establecimientos Comerciales y otros establecimientos del distrito; asimismo, re fi ere que el proyecto de Ordenanza, se encuentran dentro de las excepciones establecidas en el subnumeral 3.2) del numeral 3) del artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de