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37 NORMAS LEGALES Martes 11 de octubre de 2022 El Peruano / Convocan a ciudadano para que asuma temporalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Moche, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 3960-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022091698 MOCHE - TRUJILLO - LA LIBERTADLICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, cinco de octubre de dos mil veintidósVISTO : el O fi cio Nº 028-2022-SG-MDM, presentado el 2 de setiembre de 2022, por don Edwin Oswaldo Tapia Chinchay, secretario general de la Municipalidad Distrital de Moche (en adelante, señor recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a doña Gladiz Iselda Reyes Arana, regidora de la citada municipalidad (en adelante, señora regidora), con motivo de las Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados de la provincia de Trujillo. ANTECEDENTES1.1. A través del o fi cio del visto, el señor recurrente informó de la licencia sin goce de haber concedida a la señora regidora con motivo de su participación como candidata en las Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. 1.2. Mediante escrito s/n, del 10 de agosto de 2022, la señora regidora, solicita licencia por 30 días calendarios, la misma que pide se haga efectiva desde el 6 de octubre hasta el 6 de noviembre del 2022, a fi n de que participe en el proceso electoral de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados del 2022. 1.3. Con Acuerdo de Concejo Nº 038-2022-MDM, del 26 de agosto de 2022, se formalizó la decisión de aprobar por unanimidad la referida licencia sin goce de haber. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El artículo 2 re fi ere: Artículo 2.- Tipos de municipalidades Las municipalidades son provinciales o distritales. Están sujetas a régimen especial las municipalidades de frontera y la Municipalidad Metropolitana de Lima. Las municipalidades de centros poblados son creadas conforme a la presente ley. 1.3. El artículo 24 determina que en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, y a los regidores lo reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Reglamento Marco para las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de 2022. 1.4. El artículo 1 establece que, sobre la base del presente reglamento, las municipalidades provinciales deben elaborar y aprobar mediante ordenanza municipal los reglamentos respectivos sobre la materia. En la Resolución de Alcaldía Nº 300-2022-MPT1.5. A través de esta resolución de alcaldía, el Concejo Provincial de Trujillo convoca a Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados de la provincia de Trujillo, para el periodo 2023-2026. En la Ordenanza Municipal Nº 030-2016-MPT, que aprueba el Reglamento de Elecciones para autoridades de Centros Poblados de la Provincia de Trujillo. 1.6. El literal c del artículo 32 señala: Artículo 32.- Impedimentos para ser candidato […]c) Trabajadores, funcionarios y autoridades de la Municipalidad del Centro poblado al que postula, salvo la presentación de licencia o renuncia aceptada, antes de su respectiva inscripción. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 1 (en adelante, Reglamento sobre la Casilla Electrónica) 1.7. El artículo 16 contempla: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, con el O fi cio Nº 028-2022-SG-MDM, el señor recurrente informa que el 10 de agosto de 2022 la señora regidora presentó ante el Concejo Distrital de Moche su solicitud de licencia sin goce de haber desde el 6 de octubre hasta el 6 de noviembre de 2022, debido a su intención de participar como candidata en las Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados de la provincia de Trujillo 2022. 2.2. Dicha solicitud de licencia sin goce de haber fue concedida por los miembros del Concejo Distrital de Moche en la sesión ordinaria del 26 de agosto de 2022, formalizada luego mediante el Acuerdo de Concejo Nº 038-2022-MDM, por el periodo de 30 días calendario, comprendido desde el 6 de octubre hasta el 6 de noviembre de 2022. 2.3. Sobre el particular, en atención a lo señalado en la Ordenanza Municipal Nº 014-2022-MPV (ver SN 1.6.), el periodo de licencia que deben solicitar los trabajadores y funcionarios de la municipalidad es de treinta (30) días calendarios antes del día de la elección, por lo que la licencia deberá abarcar desde el 7 de octubre al 6 de noviembre de 2022 (ver SN 1.5.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del mencionado concejo distrital y de acuerdo con lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.), corresponde que este órgano electoral convoque a don Jesyse Jayro Rodríguez Castro, identi fi cado con DNI Nº 70029751, candidato no proclamado de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma temporalmente el cargo de regidor de dicho concejo distrital.