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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (13/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Jueves 13 de octubre de 2022 El Peruano / “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana de las Funciones Sectoriales Incluidas en los Planes Anuales de Transferencia” aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 032-2007-PCM-SD, modi fi cada por la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 399-2011-PCM-SD; la Directiva Nº 003-2008-PCM-SD, “Directiva para la Culminación e Implementación de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales”, aprobada por Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 044-2008-PCM-SD; la Directiva Nº 004-2009-PCM-SD, “Directiva para la Transferencia de Fondos, Programas, Proyectos, Empresas, Infraestructura y Otros Instrumentos Asociados a las Funciones Transferidas a los Gobiernos Regionales y Locales, y la Utilización de la Delegación de Competencias entre Niveles de Gobierno, en el Marco del Proceso de Descentralización”, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 059-2009-PCM-SD; y todas aquellas normas vinculadas a la transferencia de fondos, programas, proyectos, empresas, infraestructuras y otros instrumentos asociados a las funciones transferidas a los gobiernos regionales y locales, así como las que emita la Secretaría de Descentralización a efecto de culminar las acciones mencionadas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de octubre del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros WILBERT GABRIEL ROZAS BELTRÁN Ministro del Ambiente ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO Ministra de Cultura DANIEL HUGO BARRAGÁN COLOMA Ministro de Defensa JENNY PATRICIA OCAMPO ESCALANTE Ministra de Desarrollo Agrario y Riego DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas WILLY ARTURO HUERTA OLIVAS Ministro del Interior CLAUDIA LILIANA DÁVILA MOSCOSO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo RICHARD WASHINGTON TINEO QUISPE Ministro de Transportes y Comunicaciones CÉSAR PANIAGUA CHACÓN Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2115082-1Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en algunos distritos de varias provincias del departamento de Piura, por impacto de daños a consecuencia de déficit hídrico DECRETO SUPREMO Nº 122-2022-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 6.4 del artículo 6 y el numeral 9.1 del artículo 9 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD”, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), con la debida sustentación; Que, mediante los O fi cios Nºs 158, 184 y 278-2022/ GRP-100000, de fechas 27 de junio, 27 de julio y 27 de setiembre de 2022, respectivamente, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Piura solicita al INDECI, la declaratoria del Estado de Emergencia en algunos distritos de varias provincias del departamento de Piura, por impacto de daños a consecuencia de dé fi cit hídrico; Que, el numeral 68.2 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que el INDECI opina sobre la procedencia de la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia, para cuyo fi n emite el informe técnico respectivo; Que, mediante el O fi cio Nº D001172-2022-INDECI- SEC GRAL, de fecha 10 de octubre de 2022, el Secretario General del INDECI remite y hace suyo el Informe Técnico Nº D000066-2022-INDECI-DIRES, de fecha 10 de octubre de 2022, emitido por el Director de Respuesta de dicha Entidad, en el que opina sobre la procedencia de la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia presentada por el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Piura, señalando que, a consecuencia del dé fi cit hídrico presentado en algunos distritos de varias provincias del departamento de Piura, se vienen registrando daños a los medios de vida de la población (ganadería y cultivos); por lo que, resulta necesaria la participación de las entidades del nivel nacional; Que, para la elaboración del Informe Técnico Nº D000066-2022-INDECI-DIRES, el INDECI ha tenido en consideración el sustento contenido en: (i) el Informe Técnico Nº 03-2022/GRP-100043-ING.MCFG, de fecha 27 de junio de 2022, de la O fi cina Regional de Seguridad y Defensa Nacional del Gobierno Regional de Piura; (ii) el Memorándum Nº 1403-2022/GRP-410000, de fecha 27 de junio de 2022, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Piura; (iii) los O fi cios Nºs 114 y 138-2022-MIDAGRI-SG/ODNGRD, de fecha 12 de agosto y 4 de octubre de 2022, respectivamente, de la O fi cina de Defensa Nacional y Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; (iv) el Informe Nº 0045-2022-ANA-AAA.JZ-ALA.APH, de fecha 11 de julio de 2022, de la Administración Local de Agua Alto Piura de la Autoridad Nacional del Agua; (v) el Informe Técnico Nº 0119-2022-ANA-AAA.JZ-ALA.CH/AYM, de fecha 20 de julio de 2022, de la Administración Local de Agua Chira de la Autoridad Nacional del Agua; (vi) el Informe Técnico Nº 0044-2022-ANA-DCERH/SEFS, de fecha 11 de agosto de 2022, de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua; y, (vii) el Informe de Emergencia Nº 1526-7/10/2022/COEN-INDECI/04:00 Horas (Informe Nº