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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (13/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Jueves 13 de octubre de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor así como el Auxiliar Coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos y que en ambos casos ingresan como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercen su cargo a tiempo completo; Que, se encuentra vacante el cargo Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de San Miguel, por lo que es necesario designar al funcionario, que ejerza dicho cargo, a fi n de continuar con el normal desenvolvimiento del servicio municipal; Que, mediante documentos vistos, la Unidad de Recursos Humanos señala que, en el concurso público de empleo, Convocatoria CAS Nº 060-2022, se declaró como ganadora a la señorita Betsy del Rosario Mejía Sánchez en el puesto de Auxiliar Coactivo de la O fi cina de Ejecución Coactiva; Estando a lo expuesto y en uso a las facultades conferidas al alcalde por el artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DESIGNAR, con e fi cacia anticipada a partir del 20 de setiembre de 2022, a la Srta. BETSY DEL ROSARIO MEJÍA SÁNCHEZ, como AUXILIAR COACTIVO, perteneciente a la O fi cina de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de San Miguel, bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicio – CAS, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley especí fi ca de la materia. Artículo 2º.- ENCARGAR a la O fi cina de Ejecución Coactiva, a la O fi cina de Administración y Finanzas, a la Unidad de Recursos Humanos y demás unidades orgánicas que resulten competentes, el fi el cumplimiento de la presente resolución. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde 2114783-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 537-2022/MDSR, que estableció beneficio de amnistía de deuda tributaria y no tributaria en la jurisdicción del distrito de Santa Rosa para el ejercicio 2022 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2022-A/MDSR Santa Rosa, 3 de octubre del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA EL ALCALDE DISTRITAL DE SANTA ROSA;VISTO: El Informe Nº 096-2022-GAT-MDSR, de fecha 30 de setiembre de 2022, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; el Memorándum Nº 333-2022-GM/MDSR, de fecha 30 de setiembre de 2022, emitido por la Gerencia Municipal; y, el Informe Legal Nº 052-2022-GAJ/MDSR, de fecha 30 de septiembre de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 537-2022-MDSR; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades precisa que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 537-2022/ MDSR, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 14 de setiembre de 2022, se estableció bene fi cio de amnistía de deuda tributaria y no tributaria en la jurisdicción del distrito de Santa Rosa para el ejercicio 2022, señalándose como fecha de término de la misma, el 30 de setiembre de 2022; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final y Transitoria de la Ordenanza Municipal Nº 537-2022/MDSR, faculta al Alcalde para que dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación, así como para disponer su prórroga; Que, mediante Informe Nº 096-2022-GAT-MDSR, la Gerencia de Administración Tributaria señala que es necesario realizar acciones respecto al tratamiento de los tributos municipales; toda vez que, como unidad orgánica encargada de la gestión de la recaudación tributaria de la Municipalidad, debe promover y sumar esfuerzos a fi n de brindar la asistencia tributaria necesaria a los contribuyentes; asimismo, re fi ere que resulta necesario promover mecanismos que faciliten el pago de obligaciones tributarias y no tributarias a través de incentivos que permitan la captación de recursos para el mejoramiento de la prestación de los servicios a la comunidad, a fi n de poder contrarrestar los estragos de la actual coyuntura social y económica que afronta el distrito a consecuencia del COVID-19, por lo que propone prorrogar los bene fi cios señalados en la Ordenanza Municipal Nº 537-2022/MDSR, hasta el 31 de octubre de 2022; Que, mediante el Memorándum Nº 333-2022-GM/ MDSR, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica, a fi n de que emita el informe legal correspondiente, en el cual se absuelva la viabilidad de la prórroga solicitada; Que, mediante Informe Legal Nº 052-2022-GAJ/ MDSR, la Gerencia de Asesoría Jurídica opinó favorablemente respecto a la prórroga de la vigencia del bene fi cio contenido en la Ordenanza Municipal Nº 537- 2022/MDSR, por encontrarse conforme a ley; por lo que precede a remitir los actuados a la Secretaría General para la emisión del Decreto correspondiente; Estando a lo informado, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; y con el Visto Bueno de la Gerencia de Administración Tributaria, de la Gerencia Municipal y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de octubre de 2022, la vigencia de la Ordenanza Municipal