Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (13/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Jueves 13 de octubre de 2022 El Peruano / la actividad profesional en ámbitos públicos y privados dentro de la Región Puno, por la necesidad de actualizar diferentes aspectos de dicha Ordenanza Regional. 2.- APROBAR una nueva Ordenanza Regional para el ejercicio profesional en el ámbito público y privado dentro de la Región Puno en merito a la solicitud de los Colegios Profesionales conforme a la parte considerativa dl Dictamen. Que, el Consejo Regional de acuerdo al artículo 113º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Puno, los dictámenes de las Comisiones Ordinarias, luego de sus trabajos pueden concluir en a) Aprobar en los términos de la propuesta; b) Aprobar la propuesta con las modi fi caciones propuestas por el pleno del Consejo Regional y/o Secretaría Técnica; c) No aprobar la propuesta, en este caso la propuesta se enviará al archivo de Consejo Regional. El presidente de la Comisión dictaminadora remite a secretaria técnica la documentación completa del dictamen. Que, el Pleno del Consejo Regional, conforme a la documentación, el sustento y la adhesión de los Consejeros Regionales conforme obra en audio y video, se procede a realizar la votación entre sus miembros siendo aprobado con diecisiete votos a favor; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias Ley Nº 29053, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926 y la Ley 28961. El Pleno del Consejo Regional, por mayoría legal; ORDENA: Artículo Primero.- ESTABLECER como requisito obligatorio para el ejercicio profesional en la Administración Pública y privada del Ámbito de la Región de Puno, la Acreditación de su inscripción y habilidad profesional vigente en el Colegio Profesional respectivo. Artículo Segundo.- DISPONER que los Colegios Profesionales realicen la implementación en su Página Web Institucional, la visualización del registro de la habilitación profesional vigente de sus agremiados a efectos de que las entidades públicas y/o privadas puedan efectuar la consulta respectiva del agremiado hábil e inhábil. Artículo Tercero.- DISPONER a la O fi cina de Recursos Humanos del Gobierno Regional de Puno y demás entidades públicas del ámbito regional la obligatoriedad de la presentación de la habilidad profesional vigente para que ejerzan funciones o realicen servicios según corresponda, cuyo cargo estructural o prestación contractual implique el ejercicio de su profesión, así como establecer como requisito necesario para ocupar cargos de con fi anza y/o directivos. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional de Puno realice la modi fi cación y/o actualización en los Instrumentos de Gestión de la entidad, estableciendo como requisito indispensable la habilitación profesional vigente para desempeñar cargos que implique el ejercicio de su profesión en el Gobierno Regional de Puno. Artículo Quinto.- DISPONER, la obligatoriedad de incluir en los sellos profesionales la siguiente información: la profesión, el nombre del profesional, el cargo que desempeña y el número del Colegiatura del Colegio Profesional al que pertenecen. Artículo Sexto.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional la difusión de la presente Ordenanza Regional en las entidades públicas y privadas, así como en los Colegios Profesionales del Departamento de Puno. Artículo Sétimo.- RECOMENDAR a los Colegios Profesionales la inducción a sus nuevos agremiados sobre los alcances de la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional Nº 006-2009 y demás disposiciones que se opongan a la presente. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la misma que entra en vigencia al día siguiente de su aprobación y publicación en el Portal Web del Gobierno Regional Puno, bajo responsabilidad.POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.Comuníquese al señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno, a los 9 días del mes de setiembre del año dos mil 2022. FREDDY EFRAÍN RIVERA CUTIPA Presidente del Consejo Regional Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los 19 días del mes de setiembre del año dos mil veintidós. GERMAN ALEJO APAZA Gobernador Regional 2114786-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban modificación del Acuerdo Regional N° 014-2022-GRSM-CR ACUERDO REGIONAL Nº 020-2022-GRSM/CR Moyobamba, 9 de agosto de 2022 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia; Que, mediante Acuerdo Regional Nº Acuerdo Regional Nº 014-2022-GRSM-CR, de fecha 21 de Junio de 2022, se acordó aprobar la donación al Gobierno Regional San Martín del terreno privado inscrito en la Partida Nº 111105, para uso “Puesto de Salud Alto Palmeras”, conforme al numeral 8.4 del Artículo 8 de la Directiva Nº 0002-2021-EF/54.01, y a la parte considerativa del presente acuerdo regional. Que, sin embargo, según lo informado por la O fi cina Regional de Administración y la O fi cina de Control Patrimonial del Gobierno Regional San Martín, existen errores materiales advertidos en el artículo primero del Acuerdo Regional Nº 014-2022-GRSM/CR dice: APROBAR la donación al Gobierno Regional San Martín del terreno privado inscrito en la Partida Nº 111105, para uso “Puesto de Salud Alto Palmeras”, (…) y debe decir: ACEPTAR la donación para el Gobierno Regional San Martín del terreno privado inscrito en la Partida Nº 11115905, para uso “Puesto de Salud Alto Palmeras”, (…). Así también, que en los considerandos 7º, 8º, 9º y 10º y artículo primero del antes citado Acuerdo Regional en relación al número de la partida electrónica dice: Partida Nº 111105 y debe decir: Partida Nº 11115905.