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76 NORMAS LEGALES Jueves 13 de octubre de 2022 El Peruano / a la compra de insumos y/o materiales de salud y ser entregados a las personas con más necesidades que viven en estado de vulnerabilidad en la región San Martín. Que, mediante informe legal Nº 252-2022-GRSM/ ORAL opina favorablemente por la procedencia de la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe la donación dineraria proveniente de la empresa Cementos Selva S.A.C, consignando su fi nalidad, remitiéndose al Consejo Regional de San Martín para la emisión del Acuerdo Regional de ser el caso. Que, mediante Memorando Nº 550-2022-GRSM/GGR, el Gerente General Regional remite al Consejo Regional el Informe Legal de la O fi cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín opina favorablemente por la procedencia de la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe la donación dineraria proveniente de la empresa Cementos Selva S.A.C, conforme a los argumentos y a las disposiciones legales señaladas en el presente informe, en ese sentido, estando este despacho conforme, se remite lo actuado para que a través del Consejo Regional de San Martín se prosiga con el trámite en la forma y plazo de Ley. Que, de conformidad con lo establecido con el referido Reglamento Interno del Consejo Regional, en su artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modi fi cada por las Leyes Nº 27902 y Nº 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos de interés público, ciudadano o institucional. Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24º del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria realizada el día 09 de agosto del 2022, desarrollada de manera presencial y utilizando las tecnologías de la información en las instalaciones del Auditorio del proyecto Especial Huallaga Central Bajo Mayo, se aprobó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR la donación dineraria proveniente de la empresa Cementos Selva S.A.C.”, por la suma de S/4000.00 (Cuatro mil con 00/100 soles), el mismo que será destinado a la compra de insumos y/o materiales de salud para ser entregados a las personas con más necesidades que viven en estado de vulnerabilidad. Artículo Segundo.- REALIZAR los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal Web del Gobierno Regional de San Martín y en el diario o fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.AUREA LUZ VARGAS TUANAMA Consejero DelegadoConsejo Regional 2114363-1Aprueban transferencia de Infraestructura y otros componentes del Proyecto de Inversión: “Mejoramiento del sistema de alcantarillado en las localidades de Sauce y 08 de Julio” en beneficio de la Municipalidad Distrital de Sauce ACUERDO REGIONAL Nº 022-2022-GRSM/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN Moyobamba, 9 de agosto de 2022 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley N° 27902 y Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el artículo 192º en su numeral 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto. Que, mediante Carta N° 170-2022-GRSM/GRI, de fecha 22 de marzo de 2022, el Gerente Regional de Infraestructura remitió al Econ. Orlando Walter Ampudia Matos, en su condición de Presidente de la Comisión de Transferencia de Infraestructura y otros componentes de proyectos de inversión publica del Gobierno Regional de San Martín, el expediente de transferencia de Proyecto de Inversión Publica “Mejoramiento del sistema de alcantarillado en las localidades de Sauce y 08 de Julio”, con SNIP 11282 Que, mediante Acta de fecha 26 de mayo de 2022, los miembros de la “Comisión de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública” – U.E. 001-0921- Región San Martín Sede Central, otorgan opinión favorable para la continuidad de la transferencia de Infraestructura “Mejoramiento del sistema de alcantarillado en las localidades de Sauce y 08 de Julio”, con SNIP 11282. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1332-2012-GRSM/PGR de fecha 19 de diciembre de 2012, se aprobó la Directiva N° 002-2012-GRSM/GRI “Normas para Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública Ejecutados y/o Financiados por el Gobierno Regional San Martín”. (en adelante la directiva). Que, el literal B del artículo V de la directiva, establece que todas las transferencias de infraestructura y otros componentes de Proyectos de Inversión Pública ejecutados y/o fi nanciados por el pliego 459 GORESAM, que se realicen a otros pliegos Presupuestales deben ser aprobados por el Consejo Regional mediante Acuerdo del Consejo Regional respectivo y la posterior promulgación mediante Resolución Ejecutiva Regional. Que, en cuanto al procedimiento para transferencia del pliego Gobierno Regional San Martín a otros Pliegos, el numeral 1 del literal F del artículo IX de la Directiva establece que: Las comisiones de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública de todas las Unidades Ejecutoras, tramitaran el expediente de transferencia por intermedio de la Gerencia General Regional para la expedición del Acuerdo del Consejo Regional que apruebe las transferencias solicitadas a otros Pliegos. Logrado el