Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (26/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de octubre de 2022 El Peruano / Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora CECILIA GUADALUPE BARBIERI QUINO, Viceministra de la Mujer, y de la señora SILVIA CONCEPCION CAMARENA ARESTEGUI, Directora General de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 6 al 11 de noviembre de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, debiendo rendirse cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle: Señora CECILIA GUADALUPE BARBIERI QUINO, Viceministra de la Mujer: Pasajes aéreos : US $ 1 350.00Viáticos (6 días) : US $ 2 220.00 Señora SILVIA CONCEPCION CAMARENA ARESTEGUI, Directora General de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación: Pasajes aéreos : US $ 1 440.40Viáticos (6 días) : US $ 2 220.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a la realización del viaje, la funcionaria y servidora autorizadas por la presente Resolución Ministerial presentan ante la Titular de la Entidad los informes detallados de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas conforme a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Encargar al señor MARIO GILBERTO RIOS ESPINOZA, Viceministro de Poblaciones Vulnerables, las funciones del Despacho Viceministerial de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en adición a sus funciones, a partir del 6 de noviembre de 2022 y en tanto dure la ausencia de la titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA DÁVILA MOSCOSO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2118797-1 PRODUCE Aprueban transferencias financieras de recursos del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE y de la Ley N° 31365 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00348-2022-PRODUCE Lima, 24 de octubre de 2022VISTO: El O fi cio N° 438-2022-PRODUCE/ PROINNÓVATE.DE y el Informe N° 127-2022-PRODUCE/PROINNÓVATE.UPP del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE; el Memorando N° 00000946-2022-PRODUCE/OGPPM y el Informe N° 00000313-2022-PRODUCE/OP de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando N° 00001247-2022-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe N° 0001248-2022--PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 240-2016-EF publicado en el diario o fi cial El Peruano el 18 de agosto de 2016, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; Que, con fecha 22 de agosto del 2016, se suscribe el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en el cual se establecen los términos para la ejecución del préstamo para el proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; Que, el artículo 69 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que con la fi nalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación, se autoriza, durante el Año Fiscal 2022, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación (PROINNOVATE), entre otros, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales; señalando además, que las transferencias fi nancieras antes mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, siendo que dicha resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021-EF-50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF-50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar el registro, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, en una actividad y en la partida de gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital; Que, mediante el O fi cio N° 438-2022-PRODUCE/ PROINNÓVATE.DE y el Informe N° 127-2022-PRODUCE/PROINNÓVATE.UPP, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE comunica y sustenta la necesidad de aprobar las transferencias fi nancieras a favor de cinco (5) entidades públicas vinculadas a los Sectores de Educación y Gobiernos Regionales, con cargo al presupuesto institucional 2022, de la Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de S/ 4 310 200,00 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, 2. Recursos Directamente Recaudados y 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, destinados a co fi nanciar los desembolsos de diversos proyectos, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los niveles de Innovación Productiva a nivel Nacional”, respecto de los cuales, el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE suscribió los Convenios y Contratos de Adjudicación de Recursos No Reembolsables, con las cinco (5) entidades públicas vinculadas a los Sectores de Educación y Gobiernos Regionales; Que, mediante el Memorando N° 0001247-2022-PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho