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19 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de octubre de 2022 El Peruano / quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Jorge Renato Reyes Tagle 5,254.11 500.00 6+2 4,000.00 Elizabeth Rocío Flores Díaz 3,006.51 500.00 8+2 5,000.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, se ha adicionado dos (2) días de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días hábiles, contados desde la culminación de la comisión de servicios, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera que sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2118276-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0631-2022-RE Lima, 21 de octubre de 2022VISTOS:El Memorándum (DGM) N° DGM01381/2022 de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 10 de octubre de 2022; la Hoja de Trámite (GAC) N° 3705 del Despacho Viceministerial, de 10 de octubre 2022; el Memorándum (OPP) N° OPP02104/2022 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 12 de octubre de 2022, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y el Memorándum (OAP) N° OAP02200/2022 de la O fi cina de Administración de Personal, de 12 de octubre de 2022; CONSIDERANDO:Que, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD-OEA) ha convocado al Septuagésimo Segundo Periodo Ordinario de Sesiones de la CICAD, a realizarse en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 8 al 11 de noviembre de 2022; Que, la CICAD es el órgano consultivo y asesor de la Organización de los Estados Americanos (OEA) sobre el tema de drogas y sirve como un foro para que los Estados Miembros de la OEA discutan y encuentren soluciones al problema de las drogas, además de brindar asistencia técnica para aumentar su capacidad para contrarrestar dicho problema; Que, el referido periodo de sesiones tiene especial importancia para el Perú, en tanto, se presentará el informe de la presidencia peruana del Grupo de Expertos sobre Narcotrá fi co Marítimo, cuya reunión anual se llevó a cabo en Lima del 20 al 22 de setiembre de 2022; se elegirá a las autoridades del Grupo de Expertos sobre Desarrollo Alternativo para el periodo 2022-2023, para cuya Presidencia el Perú ha presentado su candidatura y será el primer periodo de sesiones post pandemia con participación presencial de las delegaciones;Que, la temática de la lucha contra el trá fi co ilícito de drogas es de alta importancia y sensibilidad en la relación bilateral Perú-Estados Unidos de América; Que, se considera importante la participación del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Alexis Paul Aquino Albengrin, Director de Control de Drogas, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, en el Septuagésimo Segundo Periodo Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD-OEA); así como en las reuniones bilaterales con las autoridades de la administración estadounidense involucradas con la temática de drogas; Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, será del 7 al 12 de noviembre de 2022; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Alexis Paul Aquino Albengrin, Director de Control de Drogas, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 7 al 12 de noviembre de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, y Código POI: AOI00004500255 Gestión de Asuntos en Materia de Control de Drogas, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje Aéreo Clase Económica US$Viáticos Por día US$Número de díasTotal viáticos US$ Paul Alexis Aquino Albengrin2,132.99 440.00 4+1 2,200.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2118280-1