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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (26/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de octubre de 2022 El Peruano / Humanos concluye, entre otros, lo siguiente: (i) Que para la propuesta de Modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos se ha seguido el procedimiento establecido en la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les De Puestos – MPP, que regula entre otras acciones la modi fi cación del MPP; (ii) Que se está modi fi cando veintisiete (27) puestos de un total de doscientos siete (207) contenidos en la Resolución N° 00051-2022-GG-OSITRAN; y (iii) Que SERVIR, mediante Ofi cio N° 000603-2022-SERVIR-PE, de fecha 14 de octubre de 2022, ha remitido la opinión favorable a la propuesta de Manual de Per fi les de Puestos – MPP del Ositrán; Que, con el Memorando N° 01018-2022-GA- OSITRAN, la Gerencia de Administración señaló que se encuentra conforme con lo expuesto por la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos mediante Informe Nº 00345-2022-JGRH-GA-OSITRAN, por lo que, solicita a la Gerencia General, la aprobación de la propuesta de la modi fi cación del Manual de Per fi l de Puestos del Ositrán; Que, asimismo, mediante el Memorando N° 00465-2022-GAJ-OSITRAN, la Gerencia de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, considera jurídicamente viable la aprobación de la propuesta de modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos del Ositrán, formulado por la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos; Que, conforme al literal e) del artículo 16 de la directiva antes indicada, el Manual de Per fi les de Puestos debe ser aprobado por resolución del titular de la entidad o por la autoridad competente de acuerdo con su normatividad en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la noti fi cación del pronunciamiento de opinión favorable al proyecto de Manual de Per fi les de Puestos emitida por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR; Que, de acuerdo con el numeral 14 del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y modi fi catorias, el Consejo Directivo tiene como función aprobar el Manual de Per fi les de Puestos. Ahora bien, el Consejo Directivo del Ositrán, en la Sesión Ordinaria N° 762-2022-CD-OSITRAN, en ejercicio de sus funciones atribuidas en el ROF, adoptó el Acuerdo N° 2422-762-22-CD-OSITRAN de 6 de abril de 2022, delegando en el Gerente General las atribuciones para aprobar el Manual de Per fi les de Puestos en el marco del tránsito al nuevo régimen del servicio civil, durante el año 2022; De conformidad con la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y modi fi catorias; la Directiva N° 004-2017-SERVIR/ GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfi les de Puestos”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE; la Guía Metodológica para la elaboración del Manual de Per fi les de Puestos – MPP, aplicable al régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 313-2017-SERVIR/PE; el Reglamento de Organización y Funciones del Ositrán, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y modi fi catorias; y, el Acuerdo N° 2422-762-22-CD- OSITRAN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Manual de Per fi les de Puestos – MPP modi fi cado, del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – Ositrán, contenido en el anexo 1 que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Aprobar el anexo de plazas ocupadas del régimen regulado por el Decreto Legislativo N° 728 del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – Ositrán, contenido en el anexo 2 que forma parte de la presente resolución. Artículo 3.- Encargar a la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos de la Gerencia de Administración que comunique la presente resolución a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. Artículo 4.- Encargar a la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos de la Gerencia de Administración, las coordinaciones correspondientes para la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano; y la resolución y los anexos 1 y 2 en el portal institucional (www.gob.pe/ositran), en el portal de transparencia del Ositrán y en la intranet. Regístrese, comuníquese y archívese.JUAN CARLOS MEJÍA CORNEJO Gerente General 2118411-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 215-2022-ATU/PE Lima, 25 de octubre de 2022 VISTOS: El O fi cio N° 000628-2022-CG/SGE de la Secretaría General de la Contraloría General de la República, el Memorando Múltiple N° D-000232-2022-ATU/GG de la Gerencia General, el Memorando N° D-002219-2022-ATU/DI de la Dirección de Infraestructura, el Informe N° D-000150-2022-ATU/GG-OPP-UP de la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto – OPP, el Memorando N° D-000696-2022-ATU/GG-OPP de la OPP y el Informe N° D-000548-2022- ATU/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, como organismo técnico especializado, estableciéndose como su objetivo organizar, implementar y gestionar el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao - SIT, en el marco de los lineamientos de política que aprueba el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, adicionalmente, la citada ley dispone que la ATU es competente para plani fi car, regular, gestionar, supervisar, fi scalizar y promover la e fi ciente operatividad del SIT, para lograr una red integrada de servicios de transporte terrestre urbano masivo de pasajeros de elevada calidad y amplia cobertura, tecnológicamente moderno, ambientalmente limpio, técnicamente e fi ciente y económicamente sustentable, ejerciendo dichas atribuciones en la integridad del territorio conformado por la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao y sobre el servicio público de transporte terrestre de personas que se prestan dentro de aquel; Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y su modi fi catoria, señala que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras