Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (30/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Domingo 30 de octubre de 2022 El Peruano / Proceso de Elecciones 2022, de los miembros del Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y Responsables de las Ofi cinas Descentralizadas de la Derrama Magisterial (en adelante, el Procedimiento); así como el Cronograma del Primer Proceso de Elecciones 2022; Que, con Resolución Ministerial Nº 375-2022-MINEDU, se modi fi caron diversos artículos del Procedimiento y su respectivo cronograma; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 450-2022-MINEDU, se delega en el/la Viceministro/a de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación la facultad de modi fi car el cronograma del Primer Proceso de Elecciones 2022, de los miembros del Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y Responsables de las O fi cinas Descentralizadas de la Derrama Magisterial; Que, a través del Informe Nº 1241-2022-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DITEN, precisado con el O fi cio N° 01602-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación sustenta la necesidad modi fi car el cronograma del Primer Proceso de Elecciones 2022 antes referido; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo Nº 021-88-ED, que aprueba el Estatuto de la Derrama Magisterial, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 009-2022-MINEDU; y, la Resolución Ministerial Nº 450-2022-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el Cronograma del Primer Proceso de Elecciones 2022, de los miembros del Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y Responsables de las O fi cinas Descentralizadas de la Derrama Magisterial, aprobado con Resolución Ministerial N° 356-2022-MINEDU, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA Viceministro de Gestión Pedagógica 2120492-1 INTERIOR Designan Director de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1529-2022-IN Lima, 28 de octubre de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir del 1 de noviembre de 2022, al señor DAVID FERNANDO CABALLERO LLANOS en el cargo de Director de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILLY ARTURO HUERTA OLIVAS Ministro del Interior 2120479-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1534-2022-IN Lima, 28 de octubre de 2022VISTOS, el O fi cio Nº 001173-2022-CG/GAD de la Contraloría General de la República, el Memorando N° 000818-2022/IN/OGAF/OCO de la O fi cina de Contabilidad de la O fi cina General de Administración y Finanzas, el Informe N° 000776-2022/IN/OGPP/OP de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 001855- 2022/IN/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 002083 - 2022/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, demás antecedentes; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 31365, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: Ministerio del Interior; asimismo, a través de la Resolución Ministerial N° 1305-2021-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 007: Ministerio del Interior, por la suma de S/ 10 682 663 255,00 (DIEZ MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las sociedades de auditoría son las personas jurídicas cali fi cadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; agrega que, las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; se precisa que, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe