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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (30/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Domingo 30 de octubre de 2022 El Peruano / Que, el Perú, en su calidad de país megadiverso y altamente vulnerable a los efectos adversos del cambio climático, debe continuar demostrando su compromiso con la lucha contra el cambio climático participando activamente en la COP27, y reuniones paralelas, con la presencia efectiva de altas autoridades y de funcionarios especialistas en las reuniones pertinentes; Que, por lo expuesto, se estima conveniente la participación de la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Yesica Noemí Fonseca Martínez, Subdirectora de Asuntos Ambientales Regionales y Bilaterales, de la Dirección de Medio Ambiente, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, en las reuniones de la COP27, considerando las reuniones preparatorias del G77 más China (3 y 4 de noviembre de 2022); Que, por razones de itinerario, el viaje de la citada funcionaria diplomática a la ciudad de Sharm el-Sheikh, República Árabe de Egipto, será del 1 al 21 de noviembre de 2022; Que, la Asociación Independiente de América Latina y el Caribe (AILAC), costeará el pasaje aéreo de ida y vuelta, otorgará un pago único por el transporte en el aeropuerto en los viajes de ida y de vuelta por la suma de US$ 99.00 dólares. Además, la citada institución fi nanciará parcialmente el hospedaje y la alimentación de la mencionada funcionaria diplomática; Que, en virtud de lo señalado en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, sobre la base de la referida Escala de Viáticos, las Entidades del Sector Público deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos tomando en consideración, entre otros, las facilidades proporcionadas en el lugar de destino y la existencia de fi nanciamiento parcial. En ese sentido, la AILAC fi nanciará parcialmente dicha participación, otorgando US$ 156.00 de viáticos por día, y a solicitud de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, la O fi cina de Servicios y Bienestar del Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Memorándum OSB02110/2022 de 25 de octubre de 2022 y su proveído de 28 de octubre de 2022, ha previsto que se otorgue US$ 318.50 de viáticos por día; contándose asimismo con la certi fi cación de crédito presupuestario otorgado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Memorándum OPP02225/2022, de 25 de octubre de 2022 y su proveído de 28 de octubre de 2022; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135- 2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Yesica Noemí Fonseca Martínez, Subdirectora de Asuntos Ambientales Regionales y Bilaterales, de la Dirección de Medio Ambiente, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Sharm el-Sheikh, República Árabe de Egipto, del 1 al 21 de noviembre de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- La Asociación Independiente de América Latina y el Caribe (AILAC), costeará el pasaje aéreo de ida y vuelta, otorgará un pago único por el transporte en el aeropuerto en los viajes de ida y de vuelta por la suma de US$ 99.00 dólares. Además, la citada institución fi nanciará parcialmente el hospedaje y la alimentación de la mencionada funcionaria diplomática. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales; y, Código POI AOI00004500251 Gestión de Asuntos en Materia de Medio Ambiente; debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Yesica Noemí Fonseca Martínez 318.50 18 5,733.00 Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendarios, posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2120502-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban transferencia financiera del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 286-2022-TR Lima, 28 de octubre de 2022 VISTOS: el O fi cio N° 2334-2022-MTPE/3/24.1 de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”; el Memorando N° 1238-2022-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Memorando N° 0754-2022-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 0897-2022-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 004-2012-TR, N° 006-2017-TR, N° 004-2020-TR, y la Ley N° 31153, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” (en adelante, el Programa “Trabaja Perú”) con el objetivo de generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, de acuerdo a la información que proporcione el organismo competente, y a las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 002- 2022-TR, Decreto Supremo que aprueba el cambio de denominación de Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” por el de Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” y modi fi ca el Decreto Supremo N° 004-2020-TR, modi fi ca la denominación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” por la de Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, en adelante el Programa;