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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (08/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 8 de setiembre de 2022 El Peruano / parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O ficial El Peruano. 2.3. Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 2.1 del presente artículo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.3 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi ficaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para la Modi ficación Presupuestarias” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. 2.5 Los recursos de la Transferencia de Partidas a los que hace referencia el numeral 2.1 del presente artículo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de setiembre del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República KURT BURNEO FARFÁN Ministro de Economía y Finanzas 2103348-1 ENERGIA Y MINAS Designan Viceministro de Minas RESOLUCIÓN SUPREMA N° 015-2022-EM Lima, 7 de setiembre de 2022CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 30705, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, donde se determina y regula el ámbito de competencia, las funciones y la estructura básica del Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 10 de la referida Ley establece que la estructura básica del Ministerio de Energía y Minas está compuesta, entre otros, por el Viceministro de Electricidad, el Viceministro de Hidrocarburos y el Viceministro de Minas; Que, el Viceministro de Minas, formula, coordina, ejecuta y supervisa la política de desarrollo sostenible en materia de minería, de conformidad con la respectiva política nacional; Que, se encuentra vacante el puesto de Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas; Que, en consecuencia es necesario designar a la persona que desempeñe dicho puesto; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Jaime César Chávez Riva Gálvez, en el puesto de Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de confi anza. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2103348-4 INTERIOR Designan miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 139-2022-IN Lima, 7 de setiembre de 2022CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1130, crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, como un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; Que, el artículo 8 del citado Decreto Legislativo establece que el Consejo Directivo es el órgano máximo de MIGRACIONES, responsable de establecer las políticas institucionales y la dirección de esta, integrado por cuatro (4) miembros designados por Resolución Suprema; dos (2) de ellos propuestos por el Sector Interior, uno de los cuales será el Superintendente Nacional, quien lo presidirá, un (1) representante del Sector Comercio Exterior y Turismo y un (1) representante del Sector Relaciones Exteriores; Que, mediante Resolución Suprema N° 062-2022-IN se designa al señor CLEVER HELI VIDAL VÁSQUEZ, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES en representación del Sector Interior; Que, estando a la propuesta del Ministerio del Interior, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación a que hace referencia el considerando precedente y designar al representante del Sector Interior ante el citado Consejo Directivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Legislativo N° 1130, Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;