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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (08/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Jueves 8 de setiembre de 2022 El Peruano / componentes de software, cuya adecuación les demanda mayor tiempo; ii) se encontrarían en coordinaciones con el RENIEC para realizar las validaciones requeridas; y iii) se encontrarían inmersos en la ejecución de diversos proyectos normativos emitidos; Que, es de considerar que, efectivamente, la exigencia de la contraseña única como medida de seguridad adicional para nuevas contrataciones, cambio de titularidad y reposición de SIM card, requiere de la adecuación de los sistemas y plataformas comerciales y de atención de las empresas operadoras. Asimismo, debe tenerse en cuenta que la ampliación de plazo para el uso obligatorio de la contraseña única, permitirá que, a la fecha de su entrada en vigencia, exista una mayor cantidad de abonados que cuenten con la contraseña única, toda vez que, desde el 12 de junio de 2022, su entrega es obligatoria; Que, en virtud de lo expuesto, se considera razonable atender la solicitud de prórroga del plazo presentada y ampliar en cuatro (4) meses la vigencia de algunas de las disposiciones de la Resolución de Consejo Directivo N° 072-2022-CD/OSIPTEL, en tanto, tal y como se sustenta en el Informe N° 00061-DAPU/2022, y en el Informe de VISTOS, algunas obligaciones ya se encuentran implementadas; Que, considerando que las disposiciones previstas en la Resolución de Consejo Directivo N° 072-2022-CD/OSIPTEL buscan brindar mayor seguridad en la contratación del servicio y/o reposición de SIM card, resulta viable que las empresas operadoras que tengan implementadas tales medidas pueden aplicarlas previo a su entrada en vigencia; En aplicación de las funciones previstas en el literal b) del artículo 25 del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, y sus modi fi catorias, así como del literal b) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 885/22 de fecha 24 de agosto de 2022; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modi fi car la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución de Consejo Directivo N° 072-2022-CD/OSIPTEL, de acuerdo con el siguiente texto: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Vigencia La única disposición complementaria transitoria entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Los artículos 11, tercer párrafo del artículo 11-A, numeral 2, 3 y 5 del artículo 67-B, 71, 75-B, 121-B y tercer y noveno párrafo del artículo 128, así como el artículo tercero de la presente norma entran en vigencia en el plazo de dos (2) meses desde la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. El artículo 11-A salvo el tercer párrafo, los numerales 6 y 7 del artículo 67-B, la única disposición complementaria derogatoria salvo lo referido a la contratación a través del canal telefónico y la tercera disposición complementaria transitoria de la presente norma entran en vigencia en el plazo de cinco (5) meses desde la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Las demás disposiciones de la presente norma entran en vigencia en el plazo de nueve (9) meses desde la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” Las empresas operadoras pueden aplicar las disposiciones establecidas en la presente norma previo a su entrada en vigencia. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del OSIPTEL disponer las acciones necesarias para la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”.Asimismo, se encarga a la Gerencia General del OSIPTEL, disponer las acciones necesarias para que la presente Resolución, así como el Informe de VISTOS, sean publicados en el Portal Institucional (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Regístrese y publíquese,RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente Ejecutivo 2102667-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Designan Director 3 de la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0237-2022-ANA San Isidro, 7 de septiembre de 2022VISTOS: El Informe N° 0913-2022-ANA-OA-URH de fecha 07 de septiembre de 2022 emitido por la Unidad de Recursos Humanos, y el Informe Legal N° 0745-2022-ANA-OAJ de fecha 07 de septiembre de 2022 emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 0144-2022-ANA de fecha 16 de mayo de 2022, se designó al señor Juan Carlos Montero Chirito, en el cargo de Director de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, quien ha presentado su renuncia, la cual resulta pertinente aceptar, así como designar al profesional que desempeñe el referido cargo; Que, la Unidad de Recursos Humanos, mediante Informe de Vistos, indica que el profesional propuesto señor Manuel Elías Collas Chávez, cumple con el per fi l establecido en el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 0026-2022-ANA-GG, para ostentar el cargo de Empleado Con fi anza como Director 3 de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua; y opinando por su viabilidad legal la O fi cina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal de Vistos; Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, la Ofi cina de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptación de renuncia Aceptar la renuncia presentada por el señor Juan Carlos Montero Chirito, al cargo de Director de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, conferido mediante Resolución Jefatural N° 0144-2022-ANA, dándosele las gracias por los servicios prestados.