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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (18/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Domingo 18 de setiembre de 2022 El Peruano / levantamiento de observaciones, sin embargo, se deriva el expediente Nº 5867-2020 (…)”; Que, mediante Informe Nº 1317-2022-FIAG-GODUR- MPC de fecha 05 de julio de 2022, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, señala que habiéndose subsanado las observaciones se recomienda se continúe con el trámite correspondiente; Que, mediante Dictamen Nº 13-2022-CODUYR-MPC de fecha 06 de junio de 2022, de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, concluye: “Que, resultaría factible que el Pleno de Concejo Municipal Provincial de Cañete, previo debate, pueda aprobar, la propuesta de Planeamiento Integral mediante Ordenanza Municipal del predio de propiedad de Renso Siles Janeiro y Acosta de Souza Ruth denominado: Predio Rural San Cayetano 3, Sector Escala Baja Código Catastral 8_3208600_018664 Proyecto Predios de Mala Valle Mala, Distrito de Mala, Provincia de Cañete, debidamente inscrito en la Partida Nº P17024858, jurisdicción del Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, con un área de 0.2255 Ha. (…)”; Que, por los fundamentos fácticos y de derecho expuestos en la presente, y al amparo de lo dispuesto en el numeral 5) y 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto MAYORITARIO del Pleno de Concejo y con la dispensa y aprobación de la lectura, se aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL CON FINES DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN Artículo 1º.- APROBAR LA ORDENANZA DE LA PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL por Anexión al Área Urbana y Asignación de Zoni fi cación, solicitado por los administrados RENSO SILES JANEIRO y RUTH ACOSTA DE SOUZA del predio denominado PREDIO RURAL SAN CAYETANO 3 SECTOR ESCALA BAJA CODIGO CATASTRAL 8_3208600_018664 PROYECTO PREDIOS DE MALA VALLE MALA, DISTRITO DE MALA, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA, inscrito en la Partida Nº P17024858, con un área de 0.2255 Ha. de actual USO AGRICOLA (U.A.) a COMERCIO VECINAL (C.V.) cuyos parámetros normativos son los que se indican a continuación: ZONIFICACIONNIVEL DE SERVICIOLOTE MINIMOMAXIMA ALTURA DE EDIFICACIONUSO RESIDENCIAL COMPATIBLE COMERCIO VECINAL CV HASTA 7,500 HAB.SEGÚN PROYECTO1.5 (a+r) RDM/RDB Artículo 2º.- PRECISAR que el Plano Perimétrico – Localización (P-01), Plano Propuesta de Vías (PV-01), Plano Arquitectónico (PA-01), Plano de Uso de Suelos (PUS-01), Plano Propuesta de Zoni fi cación (PZ-01), fi rmado por el Ing. Civil Dante Javier Yaya Chumpitaz, con Registro CIP Nº 65875, forman parte de la zoni fi cación aprobada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- DISPONER que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación al área urbana del Distrito de Mala, aprobada en el Artículo 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- PRECISAR que el Planeamiento Integral (PI) tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza, de conformidad con lo previsto por el Artículo 62º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como, noti fi car a las áreas correspondientes, para su conocimiento y fi nes pertinentes; además, a la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática de la Municipalidad Provincial de Cañete, para la publicación de la misma en el portal de la entidad: www.municanete.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SEGUNDO CONSTANTINO DIAZ DE LA CRUZ Alcalde Provincial 2106666-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES