NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (18/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 99
99 NORMAS LEGALES Domingo 18 de setiembre de 2022 El Peruano / Desarrollo Urbano y Rural, solicita a la Gerencia de Secretaría General, de acuerdo al Artículo 55º numeral 55.5 del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, la publicación en el Panel de la Municipalidad Provincial de Cañete lo relacionado a la propuesta de Planeamiento Integral, el mismo que fue remitido a la Sub Gerencia de Imagen Institucional, siendo atendido con Informe Nº 283-2021-SGII-GSG-MPC, de fecha 01 de setiembre de 2021, señalando el cumplimiento de la difusión del Planeamiento Integral en el panel principal de la Municipalidad Provincial de Cañete, desde el 03 de mayo hasta el 20 de junio de 2021, asimismo, con Memorándum Nº 041-2021-FIAG-GODUR-MPC, de fecha 27 de abril de 2021, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, solicita a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Tecnologías de la Información, la publicación del planeamiento integral en la página web de la comuna provincial, acorde al numeral 55.5 del Artículo 55º del Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, el mismo que fue publicado y puesto de conocimiento mediante Informe Nº 107-2021/SGTIRE-MPC, de fecha 04 de junio de 2021, por la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, Racionalización y Estadística; Que, mediante O fi cio Nº 96-2021-GODUR-MPC de fecha 27 de abril de 2021, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, solicita a la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Mala, la difusión y opinión técnica de propuesta del Planeamiento Integral; el mismo que fue atendido mediante O fi cio Nº 018-2021-GDU-MDM, de fecha 04 de junio de 2021 y O fi cio Nº 026-2021-GDU-MDM, de fecha 13 de agosto de 2021; Que, mediante O fi cio Circular Nº 017-2021-GODUR- MPC de fecha 06 de setiembre de 2021 (a fs. 149 a 166), el Gerente de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, invita a participar en la exposición técnica del contenido de Planeamiento Integral, a las diversas autoridades y pobladores de la Jurisdicción de Cañete, a realizarse el día 15 de setiembre de 2021, a horas 10:00 am., llevándose a cabo en la fecha y quedando registrado en el “Acta Notarial de Planeamiento Integral Audiencia Pública realizada en el Auditorio Municipal ubicado en Calle Coronel Castillo en el Distrito de Mala”; Que, con Memorándum Nº 103-2021-FIAG- GODUR-MPC de fecha 10 de noviembre de 2021, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, solicita a la Gerencia de Secretaría General, informe sobre la existencia de alguna Oposición, Observación y/o Recomendación sobre el Planeamiento Integral propuesto, siendo derivado mediante Proveído Nº 965-2021-GSG-MPC, de fecha 10 de noviembre de 2021, a la Sub Gerencia de Gestión Documentario, para el trámite correspondiente, el mismo que fue atendido con Informe Nº 061-2021-KOH-S.G.G.D-GSG-MPC, de fecha 15 de noviembre de 2021, señalando que “(…) no se ha encontrado algún escrito o asunto que expresa el término OPOSICIÓN/OBSERVACIÓN O RECOMENDACIÓN (…)”, contra el procedimiento del Planeamiento Integral propuesto; Que, el administrado realiza la liquidación del pago por concepto de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zoni fi cación y con Recibo Único de Pago de Tributos Nº 0120804, de fecha 15 de diciembre de 2021, conforme al Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA, de la Municipalidad Provincial de Cañete, cancela las tasas por derecho a la aprobación de Planeamiento Integral, Anexión al Área Urbana y Asignación de Zoni fi cación por un monto de S/545.72 soles; Que, mediante Informe Nº 036-SGOP-GODUR- MPC-2022 de fecha 25 de enero de 2022, la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Provincial de Cañete, remite a la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, el informe técnico de Planeamiento Integral, el cual concluye: “Que, esta Sub Gerencia otorga la conformidad TECNICA DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL, solicitado por los administrados: Sociedad Conyugal conformada por Siles Janeiro Renso y Acosta de Souza Ruth, solicitan la aprobación de Planeamiento Integral, para el predio inscrito en los Registros Públicos de Cañete con partida Nº 17024858, del predio denominado: Predio Rural San Cayetano 3 sector Escala Baja código catastral 8_3208600_018664 Proyecto Predios de Mala Valle Mala, jurisdicción Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, con un área de 0.2255 HA, de actual USO AGRICOLA a COMERCIO VECINAL (C.V.); Que, con Opinión Nº 010-2022-VALA-GODUR-MPC de fecha 04 de febrero de 2022, el Asesor Legal de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, señala que se ha cumplido con los requisitos y procedimientos señalados en la normativa; Que, con Informe Nº 166-2022-FIAG-GODUR-MPC de fecha 08 de febrero de 2022, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica, el informe técnico de Planeamiento Integral propuesto mediante el cual concluye otorgando “(…) la conformidad TECNICA DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL solicitado por Sr. Renso Siles Janeiro con DNI Nº 07691430, referente al predio denominado Predio Rural San Cayetano 3 sector Escala Baja código catastral 8_3208600_018664 Proyecto Predios de Mala Valle Mala, debidamente inscrito en la Partida Nº P17024858, jurisdicción del Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, con un área de 0.2255 Ha. de actual USO AGRICOLA (U.A.) a COMERCIO VECINAL (C.V.); Que, mediante Proveído Nº 050-2022-GAJ-MPC de fecha 07 de marzo de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica, remite a la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, en atención al Informe Nº 166-2022-FIAG-GODUR-MPC, señalando subsanar las observaciones indicadas; Que, mediante Carta Nº 45-2022-SGOP-GODUR- MPC de fecha 15 de marzo de 2022, la Sub Gerencia de Obras Privadas, solicita al recurrente subsane las observaciones, y mediante Informe Nº 209-2022-SGOP-GODUR-MPC, de fecha 31 de marzo de 2022, la Sub Gerencia de Obras Privadas, señala que se ha cumplido con realizar el levantamiento de las observaciones realizadas; Que, con Informe Nº 630-2022-FIAG-GODUR-MPC de fecha 30 de marzo de 2022, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, señala “Que, mediante Informe Nº 209-2022-SGOP-GODUR-MPC, de fecha 31-03-2022, el Arquitecto Richard Oscar Luyo Paucar y a la vez Sub- Gerente de Obras Privadas comunica que el administrado ha cumplido con realizar el levantamiento de observación indicada por la Gerencia de Asesoría Jurídica”; Que, mediante Informe Legal Nº 198-2022-GAJ-MPC de fecha 27 de abril de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete, concluye: “3.1 Que, es factible, a través de la Gerencia Municipal elevar al Pleno del Concejo la propuesta de Planeamiento Integral para su aprobación mediante Ordenanza Municipal del predio de propiedad de RENSO SILES JANEIRO Y ACOSTA DE SOUZA RUTH denominado: PREDIO RURAL SAN CAYETANO 3, SECTOR ESCALA BAJA CODIGO CATASTRAL 8_3208600_018664 PROYECTO PREDIO DE MALA VALLE MALA, DISTRITO DE MALA, PROVINCIA DE CAÑETE, debidamente inscrito en la Partida Nº P17024858, jurisdicción del Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, con un área de 0.2255 Ha. De conformidad a lo preceptuado en el numeral 4 del inciso 55.5 del artículo 55º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano y Sostenible aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA (…)”; Que, con Informe Nº 146-2022-GM-MPC de fecha 16 de mayo de 2022, la Gerencia Municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete, remite el Planeamiento Integral propuesto con los antecedentes a Despacho de Alcaldía, para conocimiento y continuación del trámite correspondiente, donde previamente sugiere se remita a la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural para el dictamen correspondiente y elevación al Pleno de Concejo; Que, mediante Informe Nº 433-2022-SGOP-GODUR- MPC de fecha 22 de junio de 2022, la Sub Gerencia de Obras Privadas, señala “Que, ha cumplido con el