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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (18/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Domingo 18 de setiembre de 2022 El Peruano / la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas; Que, los artículos I y IX del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias, establecen que los gobiernos locales son canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, y que el sistema de plani fi cación local tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, entre otros; Que, los artículos 112º, 121º y 148º de la citada Ley, señalan que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la gestión, para tal fi n deberá garantizarse el acceso de todos los vecinos a la información, y que ejercen el derecho de control, a través de la demanda de rendición de cuentas, así como que los gobiernos locales están sujetos a las normas de transparencia y a otras conexas en su manejo de los recursos públicos; y que dichas normas constituyen un elemento fundamental para la generación de con fi anza de la ciudadanía en el accionar del Estado, así como para alcanzar un manejo e fi ciente de los recursos públicos; Que, asimismo, los artículos 20º, numeral 36, y 119- A de la misma Ley, modi fi cados por la Ley Nº 31433, establecen que es atribución del alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales, conforme a la circunscripción de gobierno local; y, que las audiencias públicas municipales constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, así como que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal; Que, a su vez, los artículos 39° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades señalan que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de Gobierno, mediante Decretos de Alcaldía, los que resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, al respecto, por Decreto de Alcaldía Nº 013-2022- ALC/MSI, publicado el 26 de mayo de 2022, se convocó a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil de San Isidro, y vecinos en general, a la Audiencia Pública del distrito de San Isidro, a llevarse a cabo el 30 de mayo de 2022; Que, en este contexto, de acuerdo con las funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria, mediante los documentos del visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, y la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, remiten propuesta de Decreto de Alcaldía que convoca a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil de San Isidro, y vecinos en general, a la segunda Audiencia Pública del distrito de San Isidro en el ejercicio 2022, a llevarse a cabo en cada uno de sus cinco sectores distritales en el mes de setiembre de 2022, así como aprueba el cronograma respectivo, y la conformación y funciones de su Equipo Técnico; Que, por tales consideraciones, de conformidad con la facultad del Alcalde de convocar a audiencias públicas distritales, previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde aprobar, mediante Decreto de Alcaldía, la convocatoria a la segunda Audiencia Pública del distrito de San Isidro en el ejercicio 2022, a llevarse a cabo en el mes de setiembre de 2022; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 198-2022-0400-GAJ/MSI y el Informe N° 077-2022-0500-GPPDC/MSI; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil del distrito de San Isidro, y vecinos en general, a la II AUDIENCIA PÚBLICA 2022 del distrito de San Isidro, según el siguiente cronograma: AUDIENCIA PÚBLICA Lugar FECHA Y HORA Convocatoria Pública y difusión Diario o fi cial, portal institucional, redes sociales, etc.Previo a los eventos AUDIENCIA PÚBLICA CENTRALCentro Cultural PUCP Av. Camino Real 107520 de Setiembre de 2022 16:30 horas Audiencia Pública Sector 1Parque Alfonso Ugarte Av. Javier Prado Oeste 1722 de setiembre de 2022 16:30 horas Audiencia Pública Sector 2Parque Benemérita Guardia Civil Av. Gral. Salaverry 360023 de setiembre de 2022 16.30 horas Audiencia Pública Sector 3Casa de la Cultura y Palacio Municipal Av. Los Incas 270 26 de setiembre de 2022 16:30 horas Audiencia Pública Sector 4Parque José Luis Bustamante Av. Del Parque 30027 de setiembre de 2022 16:30 horas Audiencia Pública Sector 5Ovalo José Quiñonez Av. Guardia Civil S/N28 de setiembre de 2022 16:30 horas Artículo Segundo.- APROBAR la conformación del “Equipo Técnico de la II Audiencia Pública 2022 del distrito de San Isidro”, el que estará presidido por el Alcalde como Titular de la Entidad e integrado por: - Gerente Municipal. - Gerente de Participación Vecinal. - Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional. - Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo. - Gerente de Desarrollo Urbano y Económico.- Gerente de Inversiones Públicas y Mantenimiento Urbano. - Gerente de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Gestión del Riesgo de Desastres. - Gerente de Educación, Cultura y Turismo. - Gerente de Desarrollo Ambiental Sostenible.- Gerente de Salud y Bienestar Social.- Gerente de Rentas. - Gerente de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. - Gerente de Administración y Finanzas.- Gerente de Gestión de Personas.- Gerencia de Fiscalización Administrativa. El titular y los integrantes del Equipo Técnico asumen las siguientes funciones: Alcalde o su representante: - Presidir la Audiencia Pública. Gerencia Municipal: - Aprobar la agenda de realización de la Audiencia Pública. - Liderar la difusión de la convocatoria a la Audiencia Pública. - Disponer la participación de los funcionarios de la entidad en la Audiencia Pública e instalar la Mesa directiva. Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Desarrollo Corporativo: - Proponer la convocatoria y agenda de la Audiencia Pública. - Coordinar y recabar la información para la elaboración de la exposición de la Audiencia Pública. - Sistematizar la información para la exposición de la Audiencia Pública. - Elaboración del Acta de la Audiencia Pública. Gerencia de Participación Vecinal: - Promover la participación ciudadana. - Procurar la participación de las organizaciones e instituciones. - Conducir, organizar y dirigir la Audiencia Vecinal.