NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (18/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 90
90 NORMAS LEGALES Domingo 18 de setiembre de 2022 El Peruano / Las organizaciones que recuperan alimentos en la Empresa Municipal de Mercados S.A - EMMSA, debe tener un convenio vigente. Artículo 7. Capacitación. Realícese la capacitación y motivación en metodologías y mecanismos de recuperación de alimentos y en la implementación de compostaje a las y los integrantes de las brigadas de recuperación de las organizaciones sociales y de base. Artículo 8. Reconocimiento. Reconózcase la labor de quienes posibilitan la recuperación de alimentos (comerciantes de los mercados, voluntarios de las brigadas) mediante incentivos no monetarios que destaquen el valor social y ambiental de esta función. Artículo 9. Responsable. La implementación de la presente Ordenanza estará a cargo de la Gerencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad Metropolitana de Lima. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Lineamientos. Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, Gerencia de Participación Vecinal, Subgerencia de Desarrollo Productivo y a la Empresa Municipal de Mercados S.A. - EMMSA, en coordinación con el Consejo del Sistema Alimentario de Lima Metropolitana (CONSIAL) la elaboración de lineamientos que incluya las acciones especí fi cas de recuperación y rescate de alimentos, en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles de publicada la presente Ordenanza, a ser aprobados por Decreto de Alcaldía. Segunda. Reglamentación. Facúltese al Alcalde Metropolitano de Lima, para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas reglamentarias y complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Tercera. Publicación. Encárguese a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el referido Diario O fi cial. Cuarta. Vigencia. La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de la publicación del Decreto de Alcaldía que aprueba los lineamientos a que re fi ere la Primera Disposición Complementaria Final, en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2106753-1 COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente: El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu.com.pe . 1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones O fi ciales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El o fi cio podrá ser fi rmado digitalmente o con sello y fi rma manual del funcionario autorizado. b) El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF. (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga.editoraperu.com. pe/ddjj-plantilla.xlt 2) El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación. 3) En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O fi cio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 4) Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 5) La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio. 6) Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm. 7) Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES