NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 196
TEXTO PAGINA: 191
191 NORMAS LEGALES Viernes 23 de setiembre de 2022 El Peruano / RECORRIDO DE IDA: Calle Ica, Calle Ancash, Calle Manuel Ubalde, Calle Puno, Prolongación Mariano Lino Urquieta, Calle el Siglo, Prolongación El Siglo, Calle 8 de Setiembre, Av. Andrés A. Cáceres, Ovalo Cementerio, Av. Circunvalación, Av. Simón Bolívar, Av. 25 de Noviembre, Calle Providencia, Calle Amazonas, Av. Balta, Prolongación Ancash, Ovalo de la Integración, Vía Interconexión de la Av. Ejército. RECORRIDO DE RETORNO:Vía Interconexión de la Av. Ejército, Av. Ejército, Av. Manuel C. de la Torre, Rotonda, Av. Manuel C. de la torre, Av. Ejército, Av. La Paz, Ovalo Mariátegui, Calle Piura. SERVICIO DIURNO:5:30 a 21:00 horasSERVICIO NOCTURNO:21:01 A 5:29 horas.PARADERO INICIAL:Calle Ica.PARADERO FINAL:Vía Interconexión de la Av. Ejército.Artículo Segundo.- MODIFICAR, el “Plan de Rutas del Servicio de Transporte Público Urbano de la Ciudad de Moquegua 2021 – 2023; aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 024-2021-MPMN, 25 de Octubre de 2021, publicada el 19 de noviembre del 2021, para incluir la Ruta aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial a través de la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, el cumplimiento y la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Ambiental y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, para que realice las gestiones correspondientes, para la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “EL PERUANO” y, a la O fi cina de Secretaria General en coordinación con la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación y Estadística la publicación del integro de este documento en el Portal Web de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto: https://www.munimoquegua.gob.pe/. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO Alcalde 2108672-2 Ordenanza que declara nuevas Zonas Rígidas en el Centro Poblado de Chen Chen ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2022-MPMN Moquegua, 1 de agosto de 2022EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”VISTO, en “Sesión Ordinaria” de fecha 27-07-2022, el Dictamen Nº 018-2022-CDUAAT-MPMN de Registro Nº 2219368 de fecha 14-06-2022, Informe Legal Nº 650-2022-GAJ/GM/MPMN de Registro Nº 2216522 de fecha 20-05-2022 sobre la PROPUESTA DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE DECLARA NUEVAS ZONAS RÍGIDAS EN EL CENTRO POBLADO DE CHEN CHEN, y; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194ºde la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el artículo 81º inciso 1 numeral 1.3, establece como funciones especí ficas exclusivas de las municipalidades provinciales en materia de tránsito, vialidad y transporte público lo siguiente: “Normar, regular, organizar y mantener los sistemas de señalización y semáforos y regular el tránsito urbano de peatones y vehículos”; Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, prescribe que la acción estatal en materia de Transporte y Tránsito Terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; asimismo, en el numeral 17.1, de su artículo 17º establece que, las Municipalidades Provinciales en su respectiva jurisdicción y de conformidad a las leyes y reglamentos nacionales tienen las competencias exclusivas en materia de tránsito y transporte en emitir normas y disposiciones, así como realizar actos necesarios para aplicar los reglamentos nacionales dentro de su ámbito territorial; Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº016-2009-MTC, en su artículo 2º define como Zona Rígida al “Área de la vía en la que se prohíbe el estacionamiento de vehículos las 24 horas del día”; en ese sentido, en su artículo 123º contempla como funciones de la autoridad competente: “e) Establecer regulaciones en el uso de la vía pública o en parte de ella”; y en su artículo 239º señala que “la autoridad competente, cuando la situación lo justi fique, puede prohibir o restringir la circulación o estacionamiento de vehículos en determinadas vías públicas o áreas urbanas”; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 023-2019- MPMN, aprobada en Sesión Ordinaria de fecha 14 de noviembre del 2019, se modi ficó la Estructura Orgánica, y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, estableciendo en el numeral 6, de su artículo 116, como función normativa y reguladora de la Sub Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, la de formular, proponer e implementar y/o gestionar normas complementarias de los reglamentos nacionales, (ordenanzas, acuerdos, resoluciones de alcaldía, etc.) que redunden en bene ficio de mejorar los sistemas de tránsito del transporte de la provincia y en materia de seguridad vial; Que, mediante O ficio Nº 020-2022-A/MCPCHCH, de fecha de registro 17 de febrero de 2022, el Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado de Chen Chen, solicita se declara como zona rígida a las Calles 1 y 2 de la Asociación Leoncio Prado Mz. C, y la Calle 7 de la Asociación Villa Chen Chen Mz. B del Centro Poblado de Chen Chen, en merito a la ubicación del local institucional del Puesto de Auxilio Rápido (PAR) y SUAT-PNP; así como la instalación prevista de un local de la Compañía de Bomberos de Chen Chen en dicha vía; Que, mediante Informe Nº 566-2022-SGTSV- GDUAAT/GM/MPMN, de fecha 27 de abril de 2022,