NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 196
TEXTO PAGINA: 187
187 NORMAS LEGALES Viernes 23 de setiembre de 2022 El Peruano / EL ALCALDE DEL DISTRITO INDEPENDENCIA: POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA:VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 31 de agosto del 2022, el Informe Nº 000024-2022-GGA-MDI de la Gerencia Gestión Ambiental, mediante el cual propone la aprobación del Proyecto de ORDENANZA QUE APRUEBA EL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL-(SLGA) DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 2, inciso 22, consagra el derecho fundamental de la persona a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el inciso 7 del artículo 192 de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos regionales son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a ley; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 10, numeral 10.1, precisa que la normatividad que aprueben los distintos niveles de gobierno en el marco de sus atribuciones y competencias exclusivas, son de cumplimiento obligatorio en sus respectivas jurisdicciones; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el numeral 3.1., numeral 3 del artículo 73 establece como competencia municipal en materia de protección y conservación del ambiente, la de “3.1. Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales”; Que, el numeral 3 del artículo 73 de la Ley Orgánica de Municipalidades, se establece como competencia de las municipalidades el de coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional, la correcta aplicación local de los instrumentos de planeamiento y de gestión ambiental, en el marco del sistema nacional y regional de gestión ambiental; Que, el artículo 8 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, se establece que las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí; Que, la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en su numeral 24.1 del artículo 24 establece que los Gobiernos Locales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las políticas, normas y planes nacionales, sectoriales y regionales, en el marco de los principios de la gestión ambiental; Que, el artículo 45 del Reglamento de la Ley Nº 28245, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM establece que el Sistema Local de Gestión Ambiental tiene como fi nalidad desarrollar, implementar, revisar y corregir la política ambiental local y las normas que regulan su organización y funciones, en el marco político institucional nacional y regional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 131-2021-MINAM, el Ministerio del Ambiente aprobó la “Guía para el Funcionamiento del Sistema Local de Gestión Ambiental (SGLA)”, la cual tiene como objetivo establecer las directrices que orienten el funcionamiento de los SLGA de nivel provincial o distrital. Su alcance es a nivel nacional, para su aplicación por los Gobiernos Locales (GL) de nivel provincial o distrital; Que, la Política Nacional del Ambiente al 2030 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2021-MINAM, establece objetivos prioritarios, y que se encuentran vinculados a la implementación y desarrollo del Sistema Nacional de Gestión Ambiental;Que, existe la necesidad de contar con un Sistema Local de Gestión Ambiental, que establezca las decisiones respecto a la gestión de la calidad ambiental y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en el ámbito local del Distrito Independencia, acorde con la realidad social, económica y ambiental vigente, y en armonía con el actual marco normativo ambiental nacional; Que, es necesario, precisar que la propuesta ha sido elaborada en coordinación con la Comisión Ambiental Municipal, como instancia de coordinación y concertación de la política ambiental y climática local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado, actuando en coordinación con el gobierno local para la implementación del SLGA; Que, con O fi cio Nº 00838-2021-MINAM/VMGA/ DGPIGA, del 25 de noviembre del 2021, el Ministerio del Ambiente emite la opinión favorable a la versión fi nal del Sistema Local de Gestión Ambiental del Distrito Independencia, en el marco de lo establecido en la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y su Reglamento; con el propósito de que continúe los trámites correspondientes para su aprobación ante el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Independencia; Que, con Informe Nº 000079-2022-GPPM-MDI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, concluye que la propuesta de Ordenanza que Aprueba el Sistema Local de Gestión Ambiental-(SLGA) del Distrito de Independencia, que la implementación del SLGA, no irrogará en gastos adicionales, toda vez que se encuentra inmerso en las competencias funcionales inherentes de la entidad, así como alineados a los objetivos, acciones y actividades operativas contemplados en los instrumentos de plani fi cación en materia de gestión ambiental. Que, con Informe Legal Nº 000203-2022-GAJ-MDI, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable respecto de la Ordenanza que Aprueba el Sistema Local de Gestión Ambiental-(SLGA) del Distrito de Independencia. Que, estando a lo acordado y aprobado por voto unánime, en Sesión Ordinaria Nº 16 de fecha 31 de agosto del 2022, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Independencia, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL - SLGA DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA Artículo Primero.- APROBAR LA ORDENANZA QUE APRUEBA EL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL - (SLGA) DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA, que consta de (43) Artículos y (02) Disposiciones Complementarias Finales, que en Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Gestión Ambiental y demás áreas orgánicas competentes, el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Infraestructura Tecnológica la publicación de la Ordenanza y su Anexo en el Portal Institucional www.muniindependencia.gob.pe. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO, cualquier otra disposición que se oponga al cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.YURI JOSE PANDO FERNANDEZ Alcalde 2107833-1