NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 196
TEXTO PAGINA: 181
181 NORMAS LEGALES Viernes 23 de setiembre de 2022 El Peruano / disolución de la Coopac CREDIPERUBANK, la Coopac CREDISICUANI y la Coopac SANTA ASUNCIÓN resulta necesario designar a quienes actuarán como representantes de esta Superintendencia, en reemplazo de los designados previamente; Con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas y de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley General y la Ley N° 30822; RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación de la señora Elida Saire Yáñez, identi fi cada con DNI N° 43816482, como administradora temporal alterna de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Crediperubank Limitada; así como dejar sin efecto la designación de los señores Jorge Carlos Solórzano Aróstegui, identi fi cado con DNI N° 17878531, y Marco Antonio Misari Argandoña, identi fi cado con DNI N° 41695413, como administradores temporales principales de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Credisicuani Limitada y Finanzas Solidarias para la Exportación Santa Asunción Ltda., respectivamente. Artículo Segundo.- Designar a los nuevos administradores temporales de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Crediperubank Limitada, Credisicuani Limitada y Finanzas Solidarias para la Exportación Santa Asunción Ltda., para que, en representación de esta Superintendencia, realicen los actos necesarios para llevar adelante la disolución de las mismas, otorgándoseles las facultades detalladas en el artículo tercero de las Resoluciones SBS N° 00141-2022, N° 00142-2022 y N° 00143-2022, respectivamente, de acuerdo al siguiente detalle: Cooperativa de Ahorro y Crédito no autorizada a captar recursos del público (COOPAC)NUEVO ADMINISTRADOR TEMPORAL PRINCIPALNUEVO ADMINISTRADOR TEMPORAL ALTERNO Crediperubank Limitada-Evellyn Llajaruna Ponce DNI N° 44721337 Credisicuani LimitadaRicardo Manuel Reyna Velásquez DNI N° 10880139- Finanzas Solidarias para la Exportación Santa Asunción Ltda.Rosario Isabel Tapia Casas DNI N° 43296657- Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción. MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2108455-1 Designan nuevos administradores temporales de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Flor de Retama, Manos Unidas, Caja Continental, Chokequirao, Francisco I Ltda., Señor de Ccoyllorritty, Trabajadores de la Cía. de Petróleo Shell del Perú Ltda., Transportistas del Sur - Ayacucho, Nuevo Triunfo, Cosemusa Limitada, Esmeralda, Señor de Illanya - Abancay, Andinos Perú, Valle Andino de Huanta, La Nueva Generación de Mercados de Ayacucho y la Cooperativa de Usuarios de Ahorro y Crédito Soroban RESOLUCIÓN SBS N° 02902-2022 Lima, 21 de septiembre de 2022LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:Que, mediante Resoluciones SBS Nº 3256-2020, N° 3257- 2020, N° 3259-2020, N° 3260-2020, N° 3271-2020 noti fi cadas el 12.03.2021; así como mediante Resoluciones N° 00656-2021, N° 00664-2021, N° 00668-2021, N° 00669-2021, N° 00670-2021, N° 00672-2021 noti fi cadas el 09.04.2021; y mediante Resolución N° 2018-2021 noti fi cada el 30.07.2021; esta Superintendencia declaró la disolución de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Flor de Retama, Manos Unidas, Valle Andino de Huanta, La Nueva Generación de Mercados de Ayacucho, Caja Continental, Chokequirao, Francisco I Ltda., Señor de Ccoyllorritty, Trabajadores de la Cía. de Petróleo Shell del Perú Ltda., Transportistas del Sur - Ayacucho, Nuevo Triunfo y Cosemusa Limitada por encontrarse incursas en la causal de conclusión del objeto especí fi co para el que fueron constituidas, prevista en el numeral 3 del artículo 53 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas, aprobado por Decreto Supremo N° 074-90-TR (TUO LGC); Que, mediante Resoluciones SBS N° 3267-2020 y N° 657- 2021 noti fi cadas el 12.03.2021 y 09.04.2021, respectivamente, esta Superintendencia declaró la disolución de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Señor de Illanya - Abancay y Esmeralda por encontrarse incursas en la causal de pérdida total del capital social y la reserva cooperativa, prevista en el numeral 2 del artículo 53 del TUO LGC; Que, mediante Resoluciones SBS N° 2303-2020 y N° 3268 - 2020 noti fi cadas el 28.09.2020 y 12.03.2021, respectivamente, esta Superintendencia declaró la disolución de la Cooperativa de Usuarios de Ahorro y Crédito Soroban y de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Andinos Perú por encontrarse incursas en las causales de pérdida total del capital social y la reserva cooperativa, y por conclusión del objeto especí fi co para el que fueron constituidas, previstas en los numerales 2 y 3 del artículo 53 del TUO LGC; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la parte resolutiva de las Resoluciones N° 3267-2020, N° 3268-2020, N° 3271-2020, N° 00656-2021, N° 00664-2021, N° 00670-2021, se designó al señor Wilson Adolfo Aguilar Robles, identi fi cado con DNI N° 06775473, como administrador temporal principal de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Señor de Illanya - Abancay, Andinos Perú, Caja Continental, Chokequirao, Francisco I Ltda. y Transportistas del Sur - Ayacucho, respectivamente; y mediante Resolución SBS N° 2303-2020 se designó al señor Aguilar Robles como administrador temporal alterno de la Cooperativa de Usuarios de Ahorro y Crédito Soroban; para que, en representación de esta Superintendencia, realice los actos necesarios para llevar adelante la disolución de las mismas, conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero, del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modi fi catorias (Ley General) y demás normas aplicables; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la parte resolutiva de las Resoluciones N° 3256-2020, N° 3257-2020, N° 657-2021, N° 668-2021, se designó a la señora Mariela Cespedes Castro, identi fi cada con DNI N° 45713243, como administradora temporal principal de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Flor de Retama, Manos Unidas, Esmeralda y Señor de Ccoyllorritty, respectivamente; y mediante Resoluciones SBS N° 3259-2020 y N° 3260-2020 se designó a la señora Cespedes Castro como administradora temporal alterna de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Valle Andino de Huanta y La Nueva Generación de Mercados de Ayacucho, respectivamente; para que, en representación de esta Superintendencia, realice los actos necesarios para llevar adelante la disolución de las mismas, conforme a lo establecido en la Ley General y demás normas aplicables;